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Derechos Reales


Enviado por   •  22 de Julio de 2011  •  944 Palabras (4 Páginas)  •  3.082 Visitas

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Derechos Reales

Los derechos reales (concepto derivado de las actiones in rem) son derechos oponibles a cualquier tercero, que facultan a su titular para que saque provecho de una cosa, sea en la forma máxima que permite el derecho - en cuyo caso hablamos del derecho de propiedad – o en una forma reducida, como sucede con los diversos desmembramientos de la propiedad (en cuyo caso se habla de los iura in re aliena, como por ejemplo, el derecho de hipoteca o el usufructo)

El término de “derechos reales” se deriva de la palabra “res”, que significa “cosa”.

Las Cosas

Las cosas son elementos, corpóreos o incorpóreos, del mundo exterior que puede producir una satisfacción al hombre. Pueden estar dentro del comercio (res in commercium) –en cuyo caso pueden ser objetos de apropiación privada-, o fuera del comercio (res extra commercium).

Una cosa puede estar fuera del comercio por razones físicas, como el sol, o por razones jurídicas. A su vez, estas razones jurídicas pueden ser de derecho humano o de derecho divino.

Por razones de derecho humano están fuera del comercio:

1. Las res comunes omnium iure naturali, que pertenecen a todos por derecho natural, como la costa del mar. (El Estado puede reglamentar su uso)

2. Las res publicae que deben estar a disposición del público en general (carreteras por ejemplo).

3. Las res universitatum, sustraídas al comercio por estar reservadas al uso de una corporación pública inferior al Estado (municipio, por ejemplo).

Por razones del derecho divino, están fuera del comercio:

1. Las res sacrae, destinadas al culto de los dioses públicos (como templos)

2. Las res religiosae, destinadas al culto de los dioses domésticos, (como tumbas)

3. Las res sanctae, límites de los campos o de la ciudad (con sus murallas y puertas), colocados originalmente bajo la protección del espeluznante dios Terminus, de origen etrusco oriental.

Las cosas dentro del comercio:

Las res in commercium puede dividirse de acuerdo con varios criterios. El más castizamente romano y antiguo, es el que lleva la distinción de res mancipi y res nec mancipi.

1. La res mancipi incluye los terrenos y casas propiedad de los ciudadanos romanos, situados en suelo itálico, a las servidumbres de paso o de acueducto constituidas en estos terrenos, así como a los esclavos y a los animales de tiro y carga. Esto significa las cosas más valiosas para los romanos de los primeros tiempos; su transmisión debía ser mediante modo solemne del derecho civil, como la mancipatio; las demás cosas eran res nec mancipi y su transmisión se hacia mediante la traditio o simple

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