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Desaduanamiento

Lynkha10 de Julio de 2014

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INTRODUCCIÓN

Los Regímenes Aduaneros Especiales son un conjunto de normas, trámites, procedimientos administrativos, controles, derechos y obligaciones aplicables a mercancías que son introducidas o extraídas del territorio aduanero de manera temporal o con mucha frecuencia de un territorio a otro, y gravarlas generaría una restricción a este tipo de actividades, por la presión excesiva de la carga tributaria que se causaría, doble en algunos casos, y múltiple en otros.

La tramitación aduanera comprende los diferentes aspectos relacionados con los trámites a realizar antes y después de los procesos de importación, exportación y tránsito, aplicando en todos los casos el marco teórico – legal correspondiente.

El trámite aduanero, es fundamental para lograr un fin determinado en la introducción, salida y tránsito de mercancías a través del Territorio Nacional. Pues, desde el mismo momento en que nace la idea de comprar o vender en otros países mercancías extranjeras se recurre al tramite no necesariamente aduanero al comienzo, en el universo arancelario existen mercancías sujetas a ciertos requerimientos legales como permisos, cupos, licencias, franquicias, exoneraciones, etc. Documentos que se deben tener antes del despacho de las mismas, luego las palabras “Importar” o “Exportar” representan un sentido Técnico-Legal, por lo que es necesario que ese hecho se completa con una variedad de trámites ante las aduanas, que sólo la determinación del consumo de la mercancía puede obligar al comprador a cumplir, con la obligación tributaria.

En el presente trabajo de Investigación se definirán aspectos relevantes acerca de la Llegada de las Mercancías, Declaración, Confrontación, Reconocimiento, Liquidación, Pago, Levante, Despacho, Resguardo Aduanero con su respectiva definición de cada una de ellas, documentación pertinente, deberes del auxiliar correspondiente y lapsos de ejecución de cada actividad.

PROCEDIMIENTOS DE DESADUANAMIENTO DE MERCANCÍA

El control que ejecuta la Aduana para determinar el régimen jurídico a que está sometida la mercancía y aplicar los tributos, requiere de un proceso, para que quien acredite la propiedad, pueda disponer a ella. A este proceso es a lo que se le denomina “desaduanamiento”.

Este proceso se cumple cuando se han finalizado y cumplido los trámites y procedimientos legalmente establecidos para disponer de las mercancías, independientemente de la perfección del proceso.

No todos los regímenes aduaneros tienen los mismos trámites y procedimientos, por consiguiente, cada proceso de desaduanamiento debe ser examinado por separado.

ACTIVIDADES ADUANERAS

Las actividades aduaneras son un conjunto de procesos que realiza el agente de aduana bajo la autorización del consignatario con el fin de desaduanar una mercancía. Las actividades aduaneras son: LLEGADA DE LA MERCANCÍA, DECLARACIÓN, CONFRONTACIÓN, RECONOCIMIENTO, LIQUIDACIÓN O PAGO, Y DESPACHO O RETIRO.

LLEGADA DE LAS MERCANCÍAS

IMPORTACIÓN

Es el acto de introducir al territorio nacional por las vías habilitadas (marítimas, aéreas, terrestres), mercancías procedentes del exterior, previo cumplimiento de los registros formales pautados en la Ley de Aduanas.

Objetivos:

1- El interesado debe solicitar ante la Dirección General Sectorial de Comercio, el formulario "Solicitud de Licencia de Importación".

2- Llenar los datos requeridos en el formulario y anexar los requisitos exigidos:

• Copia de la Cédula de Identidad.

• Copia del Registro Mercantil, Acta Constitutiva y sus modificaciones (persona jurídica).

• Copia del Registro de Información Fiscal (RIF).

• Declaración de Aduanas.

• Factura Comercial.

• Conocimiento de embarque, guía aérea, o guía de encomienda según sea el caso.

• Certificado Sanitario (fitosanitario, zoosanitario, etc.)

Documentos Pertinentes

Artículo 98 (REGLAMENTO LOA). - La documentación exigible a los fines de la declaración de las mercancías, será la siguiente:

a) Para la importación:

1. La Declaración de Aduana;

2. La factura comercial definitiva;

3. El original del conocimiento de embarque, de la guía aérea, o de la guía de encomienda, según el caso;

4. Los exigibles legalmente a dichos fines, según el tipo de mercancía de que se trate.

b) Para la exportación:

1. Declaración de Aduana.

2. Los documentos mencionados en los números 2 y 4 de la letra a) de este artículo.

3. Copia del conocimiento de embarque, de la guía aérea, o de la guía de encomienda según el caso.

Parágrafo Único: Cuando se trate de productos nacionales que gocen de cualquier beneficio por su exportación, el declarante que no sea productor, deberá anexar a la documentación mencionada la factura de compra en el mercado nacional, y la del transporte hasta el sitio de embarque, y las de los demás gastos para su despacho al exterior.

Intervienen

Deberes del Auxiliar Correspondiente

Artículo 24 (LOA) Una vez recibidas las mercancías, el responsable procederá a elaborar una relación detallada de los bienes efectivamente entregados, con indicación precisa de los elementos de identificación cualitativa y cuantitativa y del número y fecha del documento de transporte, dicha relación deberá estar concluida y notificada a la aduana a más tardar el segundo día hábil de recibidas las mercancías.

Lapso de Ejecución (Tiempo)

Artículo 99. (REGLAMENTO LOA) - A los fines de la aceptación o declaración de las mercancías ingresadas, en las zonas de almacenamiento, el consignatario aceptante, o el exportador o sus representantes legales, deberán presentar a la oficina aduanera correspondiente, los documentos mencionados en el artículo 98 de este Reglamento, dentro del plazo establecido en el artículo 24 de la Ley.

DECLARACIÓN DE LA MERCANCÍA

Objetivos:

La Declaración Única Aduanera tiene como objeto uniformizar la presentación de la declaración de mercancías, ser un instrumento para la aplicación armonizada de los procedimientos aduaneros, estandarizar el uso del sistema de codificación y racionalizar la exigencia de información a los operadores de comercio exterior.

La declaración de mercancías objeto de operación aduanera se inicia el proceso de desaduanamiento. La declaración es un trámite que debe cumplir el contribuyente, mediante los documentos legalmente establecidos para cada operación.

Intervienen

Deberes del Auxiliar Correspondiente

a) El Importador recibe del Proveedor la Factura Comercial y del Porteador o Embarcador el Conocimiento de Embarque o Guía Aérea, según sea el caso.

b) Luego éste informa a su Agente de Aduana que le llegó un embarque de mercancías. Le entrega la Factura de Compra y el Documento de Embarque.

c) El Agente de Aduanas antes de elaborar la Declaración de Aduanas, debe verificar toda la información relativa al embarque, específicamente:

• Fecha de llegada.

• Identificación del vehículo porteador.

• Ubicación de la carga.

• Cantidad y condiciones de la mercancía

d) La elaboración de la Declaración de Aduanas debe estar compuesta por:

• Declaración Andina del Valor (formas 87 DAV y 87 DAV-A).

• Manifiesto de Importación y Declaración de Valor (Forma B).

• Determinación de Derechos de Importación, Impuesto al Valor Agregado y Pago (Forma C80).

• Pago 50% Tasas Aduaneras (Forma 84).

e) Elaborada la Declaración de Aduanas, el Agente de Aduanas hace las determinaciones técnicas como: clasificación arancelaria, y valoración de la mercancía, y anexa a la Declaración de Aduanas:

• Factura Comercial definitiva (copias).

• Conocimiento de Embarque o Guía Aérea (original).

• Documentos exigibles según en Arancel de Aduanas (originales).

• Una copia o fotocopia del Poder Notariado o Autorización del Consignatario para tramitar en su nombre. El original debe ser entregado previamente, en la división de Tramitaciones.

f) Luego éste informa al Importador sobre el contenido de la Declaración y montos de los derechos a pagar antes de presentarla a la Aduana.

g) El Importador informa a su Agente de Aduanas si está de acuerdo o si tiene alguna observación, corrección o duda; y decide proveer los recursos financieros para sufragar los gastos: derechos aduaneros, transporte, almacenamiento, etc.

h) El Agente de Aduanas presenta en la División de Operaciones de la Aduana de la Jurisdicción respectiva, la Declaración.

Documentos Pertinentes

Documento que ampara la operación de tránsito aduanero. Documento aduanero en el que constan todos los datos e informaciones requeridos para la operación de tránsito aduanero.

Lapso de Ejecución (Tiempo)

Las mercancías objeto de operaciones aduaneras deberán ser declaradas a la aduana por quienes acrediten la cualidad jurídica de consignatario, exportador o remitente, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su ingreso a las zonas de almacenamiento debidamente autorizadas, según el caso, mediante la documentación, términos y condiciones que determine el Reglamento.

Quienes hayan declarado las mercancías se consideran a los efectos de la legislación aduanera como propietarios de aquellas y estarán sujetos a las obligaciones y derechos que se causen con motivo

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