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Desarrollo Sustentable


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2014  •  1.846 Palabras (8 Páginas)  •  230 Visitas

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¿Conservación o uso sustentable?

Uno de los debates que surgen a raíz de los modelos de desarrollo económico que deterioran y destruyen la naturaleza se construye alrededor de la siguiente discusión: ¿creamos más áreas protegidas para conservar muestras de los distintos ecosistemas o implementamos formas de aprovechamiento sustentable de la naturaleza? La creación de áreas protegidas, como por ejemplo los parques nacionales, ha tenido por objeto proteger la "naturaleza" de la acción transformadora, y en muchos casos destructiva, de las personas. Los parques nacionales y otras áreas protegidas en regiones boscosas de la Argentina abarcan una superficie de 2.260.000 hectáreas. El Parque Nacional Los Alerces (Chubut) y el Parque Nacional Los Arrayanes (Neuquén), por ejemplo, conservan parte de los bosques patagónicos. En ciertos casos, esta modalidad ha obligado a desplazar a pueblos ancestrales y ha originado serios conflictos sociales. Tal fue el caso de la comunidad mapuche Ñorquinco en la provincia del Neuquén, que fue desalojada de sus tierras en el año 1949 cuando se conformó el Parque Nacional Lanín.

En la otra línea, el Programa sobre el Hombre y la Biosfera iniciado en 1971 por la Unesco propone la creación de reservas como modelo de sustentabilidad ambiental, centrado en la interacción entre la sociedad y la naturaleza en un proceso que combina la conservación de la biodiversidad y el uso sustentable, y en el que se alienta la participación de las poblaciones locales. Un ejemplo en la Argentina es la Reserva Ñacuñán en Mendoza (1986). La red internacional incluye reservas en Bolivia (Beni), Brasil (Caatinga), Chile (Araucarias) Ecuador (Yasuní), entre muchos otros países del mundo.

EN PROFUNDIDAD

Ley de Bosques

La ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, más conocida como Ley de Bosques, fue promulgada el 28 de noviembre de 2007 por el Congreso Nacional. Esta ley establece normas y también recursos económicos para el manejo sostenible de los bosques nativos. Uno de sus principales objetivos es lograr implementar un Plan de Ordenamiento Territorial participativo, es decir, que tome en cuenta las opiniones de todas las personas, organizaciones e instituciones interesadas. Dicho plan consiste en zonificar las distintas áreas de bosques nativos de cada provincia teniendo en cuenta los servicios ambientales que presta, su estado de conservación, la disponibilidad de recursos forestales, la superficie que ocupa, el valor social y cultural, entre otros aspectos. La zonificación incluye tres categorías:

I: Sectores de muy alto valor de conservación que no deben desmontarse y deben mantenerse como bosque para siempre. Se identifica con el color rojo.

II: Sectores de mediano valor de conservación que pueden aprovecharse de modo sostenible para ganadería silvopastoril (ganado que se alimenta de bosques y pastos naturales), turismo e investigación científica. Se identifica con el color amarillo.

III: Sectores de bajo valor de conservación que pueden desmontarse parcial o totalmente. Se identifica con el color verde.

*La reglamentación de la Ley de Bosques debía efectuarse a los 90 días de sancionada, pero se demoró hasta comienzos del año 2009.

Actividad 6: La reglamentación de una ley establece aquellas pautas que permiten su concreción o puesta en funcionamiento. Por ejemplo, establece funciones, plazos, responsabilidades. etc. ¿Por qué creés que es necesario reglamentar una ley?

Desmontes en la provincia de Salta

Las prácticas extractivas y no sustentables en el uso y manejo de los bosques causan numerosos conflictos ó:ll diversas partes del país y del mundo. Salta es una de las provincias que han sufrido devastadoras talas en ~os últimos años y esta situación ha generado conflictos entre comunidades indígenas y empresas agropecuarias, forestales y de hidrocarburos que alambran y desmontan la zona. A continuación te contamos con mayor profundidad esta problemática.

El conflicto

La comunidad (pobladores, ONGs y otras organizaciones sociales) exige parar los desmontes porque ponen en peligro su fuente de alimentación y la posibilidad de realizar las actividades tradicionales para sobrevivir. Aseguran que se están violando leyes y convenios internacionales como el Convenio 169 de la OIT (doc. 9). Los pueblos indígenas reclaman al Estado el reconocimiento de sus derechos sobre esas tierras.

Las empresas, por su parte, obtuvieron permisos de las autoridades para desmontar estas áreas antes de la aprobación de la Ley de Bosques (doc. 8). Han querido llegar a un acuerdo con los habitantes del lugar ofreciéndoles algunas tierras, pero la población no las acepta porque se encuentran fuera de la zona que usan tradicionalmente y, en algunos casos, son inundables.

El Estado provincial autorizó en el año 2007 el desmonte de casi 130 mil hectáreas tan solo en el Departamento San Martín. Tras diversas gestiones administrativas y judiciales, la comunidad logró que la Corte Suprema de Justicia decretara la suspensión de los desmontes en febrero de 2009. Sin embargo, los lugareños afirman que la actividad no ha cesado. Por este motivo, en abril de 2010, en la Ciudad de Buenos Aires, representantes de comunidades indígenas del norte de la Argentina, Bolivia y Paraguay se reunieron para reclamar ante el presidente de la Corte Suprema por los desmontes y exigir el cumplimiento de las legislaciones nacionales e internacionales que les reconocen el derecho a estas tierras sobre las que avanzan empresas agrícolas, forestales y de hidrocarburos.

Documento 9

El Convenio 169

El Convenio 169 tuvo como objetivo reconocer las aspiraciones de pueblos indígenas y tribales a asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico, ya mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en que viven. Fue adoptado por la Conferencia Internacional de la Organización Internacional del Trabajo en el año 1989 y, luego, aprobado por el Congreso de la Nación Argentina a través de la ley 24.071. A continuación, dos de sus artículos:

Artículo 7.4.- "Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan".

Artículo 14. 1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de

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