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Disposiciones DGEIP


Enviado por   •  8 de Marzo de 2014  •  29.762 Palabras (120 Páginas)  •  445 Visitas

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN INICIAL Y PREESCOLAR

Disposiciones Generales 2010-2011 para la Organización y Funcionamiento

de los Centros Escolares Federalizados Dependientes de la DGEIP

GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

LIC. FIDEL HERRERA BELTRÁN

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

LIC. REYNALDO GAUDENCIO ESCOBAR PÉREZ

SECRETARIO DE GOBIERNO

LIC. SALVADOR SÁNCHEZ ESTRADA

SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ

DR. VICTOR A. ARREDONDO ÁLVAREZ

SECRETARIO

PROFRA. XÓCHITL A. OSORIO MARTÍNEZ

SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA

PSIC. DOMINGO ALBERTO MARTÍNEZ RESÉNDIZ

SUBSECRETARIO DE DESARROLLO EDUCATIVO

LIC. RAFAEL ORTIZ CASTAÑEDA

SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

PROFRA. MARIA. DEL PILAR SAUCEDO PINTA

DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN INICIAL Y PREESCOLAR

PRESENTACIÓN

La educación preescolar constituye el primer nivel obligatorio del tipo básico y tiene como propósito propiciar la formación integral de las niñas y los niños de tres a seis años de edad, considerando sus necesidades básicas de aprendizaje y promoviendo el desarrollo de competencias que les permita el logro de los propósitos fundamentales de este nivel educativo.

Así mismo, la educación inicial, como parte del Sistema Educativo Nacional, favorece el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los menores de cuatro años de edad. Incluyendo orientación a padres de familia o tutores para la educación de sus hijos o pupilos.

Ambos servicios, fundamentales para el desarrollo de las habilidades y competencias necesarias en los infantes.

Es por ello que la Dirección General de Educación Inicial y Preescolar (DGEIP), emite las presentes Disposiciones Generales 2010-2011 para la Organización y Funcionamiento de los Centros Escolares Federalizados Dependientes de la DGEIP, cuyo propósito es regular y orientar la prestación del los servicios de educación inicial y preescolar en sus distintas modalidades, públicos y particulares incorporados al sistema educativo, así como apoyar la labor educativa y facilitar la toma de decisiones en su caso, del personal directivo sobre los procesos educativos que tienen encomendados.

La observancia de las disposiciones contenidas en el presente documento normativo se considera necesaria para garantizar la calidad y eficiencia en la prestación de los servicios educativos de referencia, garantizando la atención de los alumnos con criterios de equidad y pertinencia para todo el estado de Veracruz. Las autoridades educativas, deberán velar por el cumplimiento de las mismas, de ahí que resulte fundamental la colaboración de los Jefes de Sector, Supervisoras y Directoras.

En ningún caso, estas disposiciones deberán interpretarse en un sentido restrictivo del derecho a la educación que tienen los individuos. Adicionalmente, la DGEIP, en colaboración con las instancias que determine la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV), cuenta con la atribución para implementar las específicas que permitan atender necesidades o problemáticas no previstas en este documento, informando oportunamente de dichas medidas a la Subsecretaría de Educación Básica.

Las presentes disposiciones se encuentran organizadas en seis apartados, atendiendo a la estructura organizativa de la Dirección General de Educación Inicial y Preescolar:

En el primer apartado, Disposiciones de aplicación general, se encuentran agrupadas aquellas que pueden resultar aplicables en la generalidad de los planteles dependientes de la DGEIP.

El segundo apartado, Departamento de Operación de Programas Técnico Pedagógicos de Educación Preescolar Federalizada, han quedado contemplados los programas y proyectos institucionales que dan lugar a las acciones educativas, que en materia pedagógica y curricular, se desarrollan en los planteles.

Para la regulación y orientación de los procesos de gestión institucional e interinstitucional se ha organizado el tercer apartado, Departamento de Supervisión Escolar de Educación Preescolar Federalizada.

El cuarto apartado, Oficina de Enlace Administrativo, contiene la información y orientación necesaria para la atención de movimientos al Catalogo de Centros de Trabajo, así como de supervisión a planteles incorporados.

El quinto apartado, Coordinación de Educación Inicial, contempla las disposiciones específicas para este servicio educativo, tanto en materia pedagógica como administrativa y de control escolar.

Coordinación de Centros de Atención Psicopedagógica de Educación Preescolar (CAPEP), conforma el sexto apartado, y considera en su contenido las disposiciones aplicables para su operación.

El presente documento, forma parte de los manuales, instructivos y demás ordenamientos que emite la SEV y debe permanecer en los centros de trabajo para su consulta por parte de la comunidad escolar.

Las sugerencias, aportaciones o comentarios al contenido de este documento, pueden enviarse a:

Dirección

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