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EGLAMENTO DE APRENDIZ SENA


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2015  •  Informes  •  1.278 Palabras (6 Páginas)  •  263 Visitas

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REGLAMENTO DE APRENDIZ SENA

  1. Que se requiere para solicitar un traslado a otro programa de formación?

Se requiere haber adelantado como mínimo el primer trimestre de formación de programa, y la correspondiente autorización este supeditada a la disponibilidad de cupo que exista en el programa para el cual e requiere traslado y debe encontrarse a paz y salvo con el centro de formación.

  1. Que es considerado DESERCIÒN, según el reglamento del aprendiz?

Se considera deserción en el proceso de formación:

  1. Cuando el aprendiz injustificadamente no se presenta por 3 días consecutivos al centro de formación o la empresa en su proceso formativo.
  2. Cuando al terminar el periodo de aplazamiento aprobado por el Sena, el aprendiz no reingresa al programa de formación.
  3. Cuando trascurrido 2 años contados a partir de la fecha de terminación de la etapa lectiva del programa, el aprendiz no ha presentado evidencia de realización de la etapa productiva.

  1. Que motivos debe comprobar el aprendiz para solicitar un aplazamiento de la formación?

Los motivos a comprobar son:

  1. Incapacidad médica.
  2. Licencia de maternidad.
  3. Servicio militar.
  4. Problemas de seguridad.
  5. Calamidades domésticas.

Debidamente demostrados con los debidos soportes legales.

  1. Cuáles son los criterios para calificar un falta del aprendiz?

Según el Cap. VIII, art. 25, las faltas se clasifican en: leve, grave, gravísimas.

Según el Cap. VIII, art. 26, para hacer la clasificación definitiva de alguna de las faltas mencionadas anteriormente, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  1. Daños causados y sus efectos.
  2. Grado de participación del aprendiz.
  3. Antecedentes del aprendiz.
  4. Rendimiento del aprendiz en su proceso de formación.
  5. Confesión de las faltas.
  6. Haber procurado, por iniciativa propia, el bien afectado con la conducta.
  7. Haber devuelto, restituido o reparado, el bien afectado.
  8. Los parámetros de clasificación señalados en este reglamento.

  1. Explique cuáles son las instancias en el conducto regular?

Según Cap. IX, art. 29.

  • Publicidad: todo procedimiento sancionatorio debe ser avisado desde su inicio al aprendiz.
  • Contradicción: el aprendiz tiene derecho a defenderse dentro de las oportunidades previstas para ellos.
  • Presunción de inocencia: todo debe partir de la presunción de inocencia, ya el aporte de las pruebas recaerá sobre el centro de formación responsable.
  • Valoración integral de las pruebas y descargos: se deben valorar todas las pruebas aportadas.
  • Motivación de la decisión: una vez se tenga suficientemente ilustrado los hechos motivo de investigación, se procede a expedir el acto académico correspondiente.
  • Proporcionalidad: deben imponerse medidas sancionatorias proporcionales a la falta cometida.
  • Impugnación: el aprendiz podrá impugnar  la decisión tomada.
  • Oportunidad

  1. Investigue y explique las fases del debido proceso para el Sena.

Según el Cap. X.

Art. 30. Se inicia con el informe o queja presentada, este informe será presentado al coordinador académico o al coordinador de formación, debe contener:

  • Fecha del informe.
  • Descripción detallada de los hechos.
  • Testigos y/o pruebas.
  • Dirección y cuenta del correo del informante.
  • Firma.

Art. 31. Instalación del comité de evaluación y seguimiento para investigar el caso.

Art. 32. Reuniones: el comité de evaluación y seguimiento se reunirá una o más veces dentro del mes.

Art. 33. Comunicación al aprendiz: el coordinador académico dentro de los 3 días hábiles a la fecha del recibido informe, le comunica al aprendiz a través de un oficio radicado con copia al expediente del comité de evaluación y decidir.

Art. 34. Sesión del comité de evaluación y seguimiento: en la fecha y hora de la sesión del comité, se debe verificar si existe quorum para sesionar y decidir.

Art. 35. Acto sancionatorio: una vez recibido el expediente respectivo, si el subdirector de centro lo considera necesario; podrá de oficio solicitarle a los aprendices por escrito dentro de 2 días hábiles siguientes, que amplié sus descargos sobre aspectos puntuales y aporte a las pruebas adicionales que hubiere lugar.

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