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EL COOPERATIVISMO


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2014  •  1.366 Palabras (6 Páginas)  •  168 Visitas

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PRINCIPIOS: Los principios cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores.

 PRIMER PRINCIPIO:

Adhesión Abierta y Voluntaria:

Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la condición de socios, sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.

 SEGUNDO PRINCIPIO:

Control Democrático de los Socios:

Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios, quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa, responden ante los socios.

 TERCER PRINCIPIO:

Participación Económica de los Socios:

Los socios contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que hay, sobre el capital suscripto, como condición de socio.

 CUARTO PRINCIPIO:

Autonomía e independencia:

Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua controladas por sus socios. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan la autonomía de la cooperativa.

 QUINTO PRINCIPIO:

Educación, Entrenamiento e Información:

Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus socios, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas

 SEXTO PRINCIPIO:

Cooperación entre cooperativas:

Las cooperativas sirven a sus socios más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales y hasta internacionales.

 SÉPTIMO PRINCIPIO:

Compromiso con la comunidad:

La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus socios.

CONSIDERACIONES EN TORNO A LAS COOPERATIVAS COMO ENTIDADES DE SERVICIO Se afirma con razón que las cooperativas constituyen entidades de servicio, pues se desempeñan con el objeto de satisfacer las necesidades de sus asociados, sin finalidades de lucro.

A. - El propósito fundamental de las cooperativas consiste, en efecto, en proporcionar determinados servicios: las cooperativas de distribución (consumo y/o provisión) proporcionan a sus asociados servicios de abastecimiento de comestibles, materias primas, créditos, electricidad, vivienda, seguros, etc.; las cooperativas de colocación de la producción proporcionan servicios de venta de la producción agraria, pesquera, artesanal, etc. obtenida por sus asociados; y las cooperativas de trabajo proporcionan servicios de ocupación a los obreros, técnicos o profesionales asociados a ellas. En otras empresas, los socios actúan (habitualmente y como norma general que admite excepciones) en el único o preponderante carácter de empresarios, puesto que son propietarios de la respectiva empresa, dirigen las operaciones por si mismos o a través de las personas por ellos designados v toman a si cargo los riesgos inherentes; mediante tales empresas, los socios prestan determinados servicios a terceros y lo hacen con el objeto de obtener una ganancia o provecho. En cambio en las cooperativas, los socios no sólo actúan en el carácter de empresarios (puesto que son igualmente los titulares de la empresa cooperativa, la dirigen y toman a su cargo los riesgos), sino que también se desempeñan en el carácter de usuarios o destinatarios de los servicios; a través de las cooperativas, los socios se prestan determinados servicios a si mismos y lo hacen sin propósitos de lucro. Por ello se considera que las cooperativas constituyen entidades “de servicio”, mientras que otras empresas se califican como entidades "de lucro”; o bien, dentro del mismo orden de ideas, se afirma que las cooperativas integran una “economía de servicio”, mientras que otras empresas forman parte de una “economía de lucro o provecho”.

B. - Pero, si bien resulta indudable que corresponde atribuir a las cooperativas

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