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EL NUEVO CIUDADANO


Enviado por   •  14 de Octubre de 2014  •  7.756 Palabras (32 Páginas)  •  200 Visitas

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EL NUEVO CIUDADANO

CONCEPTO:

Es una propuesta a la ciudadanía, que le apuesta a construir un nuevo ciudadano con valores y principios éticos suficientes para combatir la indiferencia, la intolerancia y la falta de pertenencia con su hábitat y su actuar cívico.

Apunta a enaltecer y fortalecer su cultura y los lazos históricos con sus antepasados, para que sirvan de puente de prosperidad del país; a construir tejido social e institucionalidad dentro de los cánones democráticos; al respeto por las libertades individuales y las ideas contrarias, pero sobre todo al respeto de la dignidad humana.

Hablar del Nuevo Ciudadano equivale a repensar la construcción de una sociedad más ética y comprometida, generando inclusión de los grupos poblacionales, sectoriales y etéreos, con liderazgos fuertes nacidos como producto de la realidad de país, forjadores de desarrollo, convencidos que las grandes revoluciones y cambios históricos de los pueblos siempre se gestan desde las pequeñas causas, desde lo local y desde lo intelectual con nuevas doctrinas de pensamiento social, político y cultural.

Este es el nuevo ciudadano que proponemos y queremos construir desde lo más apartado y pequeño de la geografía nacional, hasta las grandes urbes. Es el sueño para edificar una nueva sociedad en orden y convivencia.

La Corporación Nuevo Ciudadano, es un medio y herramienta legal, para la convocatoria ciudadana, para que se unan a dichos propósitos de cambio, en una cultura de prosperidad y emprendimiento; de compromiso patriótico, pero esencialmente de crecimiento integral de nuestros conciudadanos.

Es una organización de personas conscientes de una cruda realidad, que intentan ofrecer a una nueva generación alternativas y un trabajo fortalecido por una nación próspera, pero sobre todo en paz.

En resumen, busca el formar el perfil de un nuevo ciudadano que necesita el país. ¨Primero cambiemos nosotros…..¨

Construir una sociedad igualitaria y justa.

Para el período 2013-2019, asumimos el reto de profundizar la Revolución Bolivariana en lo que constituye su esencia: la justicia social. La continuidad de la revolución debe garantizar la irreversibilidad del proceso en lo referente a los avances en los derechos humanos; en las condiciones que imposibiliten volver a la pobreza, en las condiciones que han determinado la profundización en la lucha contra las desigualdades sociales; en lo que ha permitido ir avanzando en la liberación de pueblo; en la participación protagónica del pueblo en las misiones sociales. Llevar adelante el objetivo de construcción de una sociedad justa e igualitaria es avanzar en la ruta hacia el socialismo, significa el futuro pleno de condiciones de vida gratificantes, construidas con el mismo pueblo como sujeto.

En esta nueva fase, seguir construyendo una sociedad igualitaria y justa, requiere el desarrollo de un sistema de prevención, protección y seguridad social que debe adquirir una nueva cualidad política al convertirse en el más poderoso instrumento para el vivir viviendo, como condición de liberación, independencia y soberanía del pueblo venezolano en tránsito hacia el socialismo. Para ello es necesario avanzar extraordinariamente en torno a procesos fundamentales que suponen la transformación social radical, los que constituyen objetivos estratégicos para la revolución.

Objetivos estratégicos y objetivos generales:

2.2.1. Profundizar el impulso a la transformación de las relaciones esenciales del pueblo con la naturaleza, con el Estado, con la sociedad, con el proceso de trabajo y con el pensamiento.

2.2.1.1. Despliegue de relaciones socialistas entre trabajadores y trabajadoras con el proceso de trabajo.

2.2.1.2. Asegurar el desarrollo físico, cognitivo, moral y ambiente seguro y saludable de trabajo, en condiciones de trabajo y de seguridad social gratificantes.

2.2.1.3. Superar las relaciones de trabajo disfrazadas de trabajo asalariado.

2.2.1.4. Asegurar la formación colectiva en los centros de trabajo, asegurando su incorporación al trabajo productivo, solidario y liberador.

2.2.1.5. Asegurar la garantía de prestaciones básicas universales relativas a las contingencias de vejez, sobrevivencia, personas con discapacidad, invalidez, cesantía y desempleo, derivadas de la vinculación con el mercado de trabajo.

2.2.1.6. Promover la armonización de la vida familiar y laboral.

2.2.1.7. Afianzar valores que resguarden la identidad, construyan soberanía y defensa de la Patria, a partir del disfrute físico, espiritual e intelectual, y el reconocimiento de nuestro patrimonio cultural y natural.

2.2.1.8. Incrementar sostenidamente la producción y distribución de bienes culturales a nivel nacional, a través de la producción de 15.000.000 de ejemplares del Sistema Masivo de revistas 2.500.000 por año y con el aumento de la producción de libros en un 200%.

2.2.1.9. Aumentar la infraestructura cultural a disposición del pueblo, con la construcción de 336 Salas de Libros-Lectura, una por municipio que cuente con libros, mesas, sillas y muebles para la lectura.

2.2.1.10. Potenciar las Expresiones Culturales del país.

2.2.1.11. Impulsar las redes de las organizaciones de base comunitarias culturales.

2.2.1.12. Ampliar la Red de Intelectuales y Artistas y multiplicar los convenios de cooperación cultural para la producción de bienes y servicios.

2.2.1.13. Consolidar el protagonismo popular en las manifestaciones culturales y deportivas, centrado en la creación de una conciencia generadora de transformaciones para la construcción del socialismo.

2.2.1.14. Universalizar la seguridad social para artistas, cultores y creadores.

2.2.1.15. Potenciar las Expresiones Culturales Liberadoras.

2.2.1.16. Visibilizar la identidad histórico-comunitaria (Misión Cultura Corazón Adentro).

2.2.1.17. Fomentar convenios interculturales de integración.

2.2.1.18. Ampliación de condiciones que garantizan los derechos de todos y todas, respetando la diversidad social, jurídica, física, etaria y cultural presente en individuos o grupos.

2.2.1.19. Mejorar el Hábitat y la Infraestructura para los pueblos indígenas.

2.2.1.20. Acelerar la demarcación territorial de sus espacios, a través de la entrega de títulos de propiedad de tierras a comunidades indígenas y de dotación de viviendas dignas a cada familia indígena en situación de vulnerabilidad, respetando sus opciones culturales.

2.2.1.21. Impulsar la formación, capacitación y financiamiento para unidades socio-productivas, con el fortalecimiento de 2345 consejos comunales y comunas socialista indígenas mediante financiamiento de proyectos, respetando sus prácticas y formas de organización tradicionales.

2.2.1.22. Ampliar la presencia de las Misiones y Grandes Misiones Socialistas en las comunidades indígenas, reconociendo y respetando su cultura y tradiciones.

2.2.1.23. Consolidar la equidad de género con valores socialistas.

2.2.1.24. Profundizar la participación política y protagónica de las mujeres en el Poder Popular.

2.2.1.25. Incentivar una cultura económica productiva, solidaria, de base socialista, con la inclusión de todos quienes estén en edad productiva, que promuevan la inserción en el sistema productivo nacional.

2.2.1.26. Estimular la ética socialista en los espacios de recreación de los jóvenes, orientados a la paz, prácticas deportivas y convivencia comunal, formando a 900.000 Jóvenes en programas recreativos y deportivos e incorporando la participación de 5.200.000 Jóvenes en programas para el uso del tiempo libre.

2.2.1.27. Promover espacios de formación integral, con voluntariado que atienda a jóvenes en situación de vulnerabilidad, estimando la atención a 4.000.000 de Jóvenes en situación de vulnerabilidad, a través de 400.000 Jóvenes formados para ser prevenir los factores generen vulnerabilidad.

2.2.1.28. Fortalecer la organización y participación protagónica de los jóvenes, al construir 3.000 Consejos del Poder Popular Juvenil.

2.2.1.29. Avanzar en la transformación social del privado de libertad a través de la incorporación de familiares, consejos comunales, organizaciones sociales y cualquier otra forma de organización, a labores pertinentes a la materia penitenciaria.

2.2.1.30. Combatir la impunidad, el retraso procesal de pena y de otros beneficios, en coordinación con el Ministerio Público, Defensa Pública y Poder Judicial.

2.2.1.31. Mejorar y construir infraestructuras para las Comunidades Penitenciarias.

2.2.1.32. Promover Comunidades Penitenciarias de producción socialista.

2.2.1.33. Generar alternativas para cumplimiento de la pena.

2.2.1.34. Crear condiciones para el apoyo post penitenciario: no divulgación de los antecedentes penales e inserción en programas Socio Educativo y Laboral.

2.2.1.35. Profundizar la acción educativa y comunicacional en función de la consolidación de los valores y principios del estado democrático y social de derecho y de justicia, contemplado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como el enriquecimiento de la conciencia de protección ambiental como requisito para preservar la vida planetaria.

2.2.1.36. Desarrollar una política integral de protección y divulgación científica con relación la diversidad biológica de nuestro país, y en específico la que se encuentra en nuestros Parques, así como los reservorios de agua de nuestro país y lo que representan para el planeta.

2.2.1.37. Profundizar condiciones para generar una cultura de recreación y práctica deportiva liberadora, ambientalista e integradora en torno a los valores de la Patria, como vía para la liberación de la conciencia, la paz y la convivencia armónica.

2.2.1.38. Profundizar la masificación deportiva.

2.2.1.39. Conformar el Fondo Nacional del Deporte, Actividad Física y Educación Física para impulsar la masificación del deporte.

2.2.1.40. Ampliar la infraestructura de la Misión Barrio Adentro Deportivo a nivel parroquial y de todos los espacios deportivos.

2.2.1.41. Fortalecer el Deporte de Alto rendimiento, con apoyo integral al atleta de alto rendimiento y héroes del deporte; desarrollo de la medicina y las ciencias aplicadas al deporte de alto rendimiento; desarrollo de Centros de Alto Rendimiento y de la Escuela Nacional de Talentos Deportivos.

2.2.1.42. Contribuir a la práctica sistemática, masiva y diversificada de la actividad física en las comunidades y espacios públicos, a través de la formación de la actividad física en el Sistema.

2.2.1.43. Educativo Bolivariano.

2.2.2. Profundizar las condiciones que aseguren para la familia venezolana, la mayor suma de seguridad social y suprema felicidad, a partir de valores y principios de respeto, igualdad, solidaridad, corresponsabilidad, enmarcada en la justicia social como esencia de la construcción del socialismo.

2.2.2.1. Consolidar la lucha contra los determinantes de las condiciones de desigualdad que requieren ser abatidas para erradicar la pobreza extrema.

2.2.2.2. Erradicar la pobreza extrema, según ingresos (pobreza extrema 0).

2.2.2.3 Continuar disminuyendo la pobreza general.

2.2.2.4. Disminuir el número de personas en situación de vulnerabilidad.

2.2.2.5. Mantener a Venezuela como el aula más grande del mundo a través de la profundización y ampliación de las condiciones de ingreso, prosecución y egreso que garanticen el derecho a la educación básica, para todas y todos, en función de formar las y los ciudadanos que la república necesita.

2.2.2.6. Extender la cobertura de la matrícula escolar a toda la población, con

El nuevo ciudadano venezolano socialista debe enfocarse hacia el nuevo hombre, el de la patria, los valores y tradiciones folclóricas, el nacionalista que cree en un proyecto de país.

El modelo de un nuevo ciudadano debe estar orientado a los principios naturales de conciencia colectiva como nación, a pesar del descontento que existe hacia lo tradicional y a todo lo que representa los valores de la patria. La globalización y el mal uso de los medios de comunicación e Internet, están abocados a debilitar la soberanía nacional.

El nuevo ciudadano venezolano socialista, esta entregado a trabajar por el pueblo en colectivo, siendo lo más humano y sensible posible; bajo estas circunstancias cualquier persona podría apoyar estos valores, ya que hasta el más insensible ser humano debe reconocer que el progreso espiritual del ser humano, es una virtud.

EL FUNDAMENTO DEL NUEVO CIUDADANO:

El Fundamento del venezolano socialista, se justifica en su lucha contra los males sociales, incluso va más allá de la actitud anticapitalista y busca los medios para dar importancia y felicidad al individuo.

Promueve valores como:

• Solidaridad

• Amor

• Igualdad

• Justicia Social

• Bienestar para todos.

Mientras los procesos de cambio en lo económico, político, social toman el rumbo definitivo, la responsabilidad de todo aquel que se expresa de camarada, de compatriota, revolucionario, etc., está en examinar su actitud como persona en lo ético y moral.

El nuevo ciudadano venezolano socialista debe mantener una combinación de lo autóctono, lo tradicional y folclórico, elevando de alguna forma el espíritu nacionalista, ya que teniendo conciencia de nuestro gentilicio venezolano, estamos rescatando de una u otra manera nuestra patria y nuestra soberanía.

CORPORACION NUEVA CIUDADANIA:

¡Nuestra Corporación, la Corporación de todos!

En diciembre de 2010, ante las expectativas generadas con los cambios políticos que se dieron en todo el territorio nacional, nace la CORPORACION NUEVA CIUDADANIA. Preocupados, y con la certeza de que hay que trabajar en la construcción y fortalecimiento del tejido social, un grupo de inquietos ciudadanos asumimos el reto de conformar esta Corporación, con el fin de realizar investigaciones políticas, académicas, culturales, económicas, jurídicas, sociológicas y ambientales que contribuyan al desarrollo integral del pensamiento ciudadano, y al fortalecimiento de liderazgos y de las instituciones democráticas.

A través de NUEVA CIUDADANIA, como su nombre lo indica, hemos trabajado desde hace más de dos años para formar a la ciudadanía en temas políticos, democráticos y de liderazgo, creando y facilitando espacios ciudadanos que han permitidos el análisis y el debate político. Este ejercicio ciudadano lo realizamos con la intención de contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas, mediante el análisis de las problemáticas y potencialidades sociales.

El principal objetivo de la CORPORACION NUEVA CIUDADANIA es el fortalecimiento de la democracia. La observación y el análisis de los procesos electorales en los diversos niveles, tarea que hemos venido realizando desde su conformación, nos han permitido un trabajo juicioso enfocado en el fortalecimiento de liderazgos, y la cualificación en educación política, democrática y de valores.

OBLIGACIONES

La vida en los distintos Grupos Sociales en los que nos desenvolvemos nos lleva a la realización de distintas actividades que nos conllevan a Contraer Derechos que garantizan el respeto a ello (como en el caso de la realización de un trabajo, donde tenemos el derecho a Percibir el Salario correspondiente) mientras que por otro lado tenemos que incurrir en el Cumplimiento de Obligaciones, siendo ello una responsabilidad que asumimos cuando aceptamos y formamos parte de dicho grupo.

Esta dualidad suele estar manifiesta generalmente bajo la forma de Normas Explícitas, siendo aquellas emitidas por una autoridad competente o acordadas mediante la redacción de un Reglamento, donde se asentará en forma expresa y por escrito las distintas Responsabilidades y Garantías.

Por otro lado tenemos aquellas que están ligadas más que nada a la Familia y Grupos Sociales, siendo relacionadas a las acciones que llevamos a cabo en forma voluntaria y como parte de un proceso de Socialización, ocupando dentro de un determinado grupo un Rol en particular y teniendo por ende la necesidad de Cumplir Órdenes para garantizar el bienestar de todos sus miembros, estableciéndose en compensación los Derechos que nos permiten que nuestra libertad o bienestar no se vea amenazada por otros.

Las circunstancias o figuras enunciadas se conocen técnicamente con el nombre de Causas de Extinción de las Obligaciones, en cuanto todas ellas determinan la extinción de la relación obligatoria. De todas ellas, la más importante, y frecuente, es el Cumplimiento o Pago.

LOS DERECHOS HUMANOS:

El Capítulo referido a los Derechos Humanos consagra normas novedosas, y le da a los derechos humanos una importancia que antes no tenían estos derechos, y entre las innovaciones se encuentra el reconocimiento de las instancias internacionales para conocer de casos de violación de derechos humanos cuando los órganos nacionales no le den respuestas oportunas y justas a los casos planteados ante sus instancias.

El derecho a La Libertad que tiene todo venezolano, y siendo esto así, ningún ciudadano puede ser detenido o arrestado sin que el funcionario que lleve a cabo la detención tenga una orden judicial.

Los Derechos Políticos: Son el conjunto de derechos que tienen los ciudadanos para manifestar su opinión con respecto a aspectos de orden político, como las Elecciones, que es una de las formas de participación de la Sociedad.

El Voto sin duda, continua siendo la forma más efectiva de participación, el mismo no es obligatorio pero si es un deber cívico. De hecho, la gran diferencia entre las democracias y las dictaduras en cuanto al voto se refiere, es que en las democracias no hay ningún tipo de sanción para con el ciudadano que no ejerza su derecho al voto, cosa contraria sucede en los regímenes dictatoriales.

Los Derechos Sociales y de Las Familias: Son el conjunto de derechos que tienen por objeto la regulación y protección de las instituciones propias del Derecho de Familia, a saber: La Familia, La Adopción, La Maternidad, El Matrimonio, Los Hijos, así como también todo lo referido a la Seguridad Social, la Salud, El Trabajo, Los Salarios, y todo lo relacionado al desarrollo social de los ciudadanos venezolanos.

Los Derechos Culturales y Educativos: son el conjunto de normas que tienen por objeto la ratificación, garantizaríanacceso y protección de la Cultura, así como también del Sistema Educativo.

Los Derechos Económicos: Son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los lineamientos que garantizan y regulan todo lo referido a la Iniciativa Privada y a la Libertad Empresarial así como la autoridad del Estado para controlar dicha actividad.

Los Derechos de Los Pueblos Indígenas: Son el conjunto de preceptos jurídicos que reconocen y garantizan las diversas formas de manifestaciones de los grupos indígenas venezolanos, así como la protección y la participación en diferentes ámbitos de la vida nacional.

Los Derechos Ambientales: Son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los elementos protectores referidos a la conservación del ambiente, diversidad biológica, fauna y parques nacionales.

LIBERTAD DE UNA CIUDADANÍA:

Es un status jurídico de la persona individual, que significa que todo ciudadano tiene un peculiar conjunto de derechos y libertades que están unidos a deberes y responsabilidades.

La ciudadanía, definida por el derecho del hombre a su libertad, es inseparable de la igualdad y, por tanto, tiene vocación universal. La ciudadanía está unida a la democracia y a la participación política, lo que significa que el individuo y sus derechos son los valores básicos y el fundamento de todo el orden jurídico.

Hablar de ciudadano significa, efectivamente, dar una supremacía al individuo frente a sus grupos de pertenencia, lo que no todos lo aceptan y, en cambio, defienden la superioridad del grupo sobre el individuo, imponiendo los supuestos derechos del pueblo de Euskal Herria, sobre los derechos a la vida.

El concepto de ciudadanía debe contemplarse como un conjunto de derechos, cuya determinación ha ido evolucionando con el paso de los siglos, por lo que no se puede considerar como un hecho natural, siendo más bien una construcción social, que se ha ido enriqueciendo con las ampliaciones de los derechos y elevando el nivel de la igualdad.

La ciudadanía es un status que cabe exhibir tanto dentro como fuera del propio país, ya que cualquier Estado se sabe obligado a defender, con las medidas que estén a su alcance, a sus ciudadanos injustamente tratados en otras naciones.

Ahora bien, una cosa es atribuir la preeminencia al individuo y otra muy distinta creer que sólo el individuo tiene derechos, o que el individuo no puede pedir protección para que se respete aquello que él ama por formar parte de la identidad del grupo en el que ha crecido, en el caso de que por no encontrarse éste entre la mayoría dominante se sienta instado a abandonar sus peculiaridades, si quiere evitar su exclusión.

La convivencia entre los derechos del individuo y los derechos de los grupos, junto a la necesidad de buscar metas comunes que unifiquen en un determinado sentido la acción de los ciudadanos es, probablemente, el reto más complejo ante el que se encuentra la sociedad actual, y en cuya solución es obvio que habrá que considerar la realidad histórico-social

Ser ciudadano se refiere no sólo al mundo de lo jurídico sino también a la relación con el modo como se desarrolla la humana condición social, con la forma como se construye el ámbito de la identidad social y con la manera de orientar la iniciativa individual dentro de la propiedad del país. La ciudadanía tiene como función principal consolidar la convivencia haciendo posibles los derechos iguales en una sociedad de desiguales.

PORQUE SER UN BUEN CIUDADANO

Porque aportamos un granito para construir un mundo mejor; respetando a los demás siendo personas solidarias, amables y somos solidarios cuando ayudamos a alguien que necesite de nosotros por ejemplo ceder un puesto en la buseta a un anciano, a una mujer embarazada o con niños, cuando en el trabajo damos lo mejor de nosotros colaboramos si hay que trabajar más.

También ser un buen ciudadano es colaborar para la conservación de un medio ambiente sano, proteger los recursos culturales y naturales ya que estos son lo mejor que tenemos para el bienestar de todos y esto se logra por ejemplo no arrogando basuras en las calles, no desperdiciando el agua y cosas similares que nos ayuden para cuidar nuestros recursos eso es ser un buen ciudadano.

Educar a los niños de hoy en día los cuales van hacer el futuro de este país. Cumplir con nuestros deberes a cabalidad y hacer valer nuestros derechos y los de los demás.

CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO CIUDADANO

Construcción política ciudadana y desarrollo en Venezuela:

La participación ciudadana se vincula a la promoción del desarrollo endógeno por parte del Estado venezolano, ello se efectúa en medio de reacomodos estructurales para definir un nuevo modelo de organización político-económico surgido de la Constitución Nacional vigente desde 1999 que establece la participación ciudadana como elemento central de la democracia. Este precepto constitucional ha sido desarrollado mediante una serie de leyes, estableciendo, a nuestro juicio, una ciudadanía jurídica de amplio espectro: cambios recientes han establecido sistemas de participación como los Consejos Comunales para la planificación, diseño y ejecución de política pública. Se asume la premisa que la promoción de una economía que valora lo local, requiere la repolitización de la ciudadanía (construcción política), es decir convertir”la ciudadanía jurídica en ciudadanía política”. El objetivo de la investigación es determinar las características que están teniendo la conformación y funcionamiento de los consejos comunales, en particular, en la Costa Oriental del Lago del Estado Zulia. El tipo de investigación es de tipo documental y de campo mediante entrevistas y observación participante. Se observa que los Consejos comunales son estructuras promovidas desde el gobierno central, debilitando su potencial como mecanismos para la construcción ciudadana de espacios públicos que viabilicen el desarrollo endógeno.

Palabras clave: Participación ciudadana, consejos comunales, desarrollo endógeno, ciudadanía jurídica.

La promoción del modelo de desarrollo endógeno implica la participación activa de los ciudadanos tendiente al establecimiento de los objetivos y las estructuras para la acumulación del capital social en función de las aspiraciones de los ciudadanos y potencialidades regionales y locales; la propuesta de este modelo responde a la visión neo-estructuralista del desarrollo, se propone como salida alternativa a la crisis y a los desajustes estructurales producto de la aplicación de programas neoliberales y de los efectos de la globalización.

La propuesta de cambio del modelo de desarrollo económico en Venezuela se realiza en medio de lo que el Gobierno Nacional ha denominado en el último año, “Socialismo del siglo XXI”; desde la formalidad, se señala que la participación protagónica del pueblo es la base de la nueva democracia fundada en el texto constitucional en 1999 y en 2006 se anuncia la etapa de consolidación de ese proyecto político, que de acuerdo al Ejecutivo Nacional ha superado la etapa de transición de ocho años desde 1998 hasta 2006, cuando el presidente Chávez ascendió al poder.

A partir de 2007 y como plan para la consolidación de lo que el Ejecutivo Nacional ha denominado “revolución”, se diseñaron cinco estrategias gubernamentales, que se han dado a conocer como lo “cinco motores”, dentro de los cuales dos apuntan al tema de nuestro interés: la “Nueva Geometría del Poder” y la “Explosión del Poder Comunal”, es decir, estaríamos en presencia del “empoderamiento” de los ciudadanos y el fortalecimiento de lo local como bases del nuevo desarrollo sustentable. Estos dos aspectos fueron centrales en la propuesta de reforma presidencial solicitada por el Presidente de la República, en enero de 2007, el cambio de la división política administrativa y la elevación de los Consejos Comunales como otro nivel de gobierno pero sin origen electoral, es decir que su constitución sería producto de la voluntad asociativa de los ciudadanos, y realizarían múltiples actividades en la administración pública local en detrimento de los Consejos Municipales y Alcaldías.

El tema de la participación ciudadana en Venezuela ha tenido un importante desarrollo, desde lo formal, se recoge en el texto constitucional y se desenvuelve en una gran cantidad de textos legales, conformando desde nuestra óptica lo que podríamos denominar una “ciudadanía jurídica”; se han llevado a cabo cambios al sistema de planificación nacional, cuando se modifica la Ley de Poder Público Local (08 de junio 2005) así como la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública (6 de mayo de 2002), en la cual se establecían los Consejos Comunales como estructuras de articulación entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y ciudadanos que permitieran el ejercicio directo de la gestión, en abril de 2006 se sanciona la Ley de Consejos Comunales (1).

A partir de ello, se debilitan las estructuras locales de participación pre- existentes como las asociaciones de vecinos entre otras, y se colocan a los ciudadanos dentro de una sola estructura superior ejecutiva, conformándose unas especies de estructuras gubernamentales paralelas ejecutoras de la política nacional frente a los gobiernos locales, Alcaldías y Concejos Municipales, es decir, una administración pública paralela. Los Consejos Comunales, formalmente son instancias que potencialmente favorecen la creación de espacios para la deliberación ciudadana y la emanación de agendas sociales tendientes a convertirse en decisiones y políticas concretas por parte del poder público en cualquiera de sus tres niveles, nacional, estatal o municipal. El aspecto que nos interesa desde este trabajo, es conocer, si este proceso de conformación de los consejos comunales ha coadyuvado a la repolitización de la ciudadanía sobre las bases políticas construidas desde la sociedad; como fase política para el desarrollo endógeno. Asimismo, esta reflexión nos lleva al objetivo de determinar las características que están teniendo la conformación y funcionamiento de estas estructuras promovidas desde el gobierno central.

Resulta importante desde esta investigación encontrar aquellos elementos presentes en el objeto de estudio, que permitan confrontar desde la racionalidad critica, el dato empírico extraído de la realidad con la construcción tanto teórica, filosófica e ideológica implícitas en las propuestas y estrategias para alcanzar los equilibrios sociales y políticos de desarrollo y participación ciudadana, es así como la sinergias y/o crisis entre ambos datos entre lo empírico y lo teórico (participación–desarrollo) resultan un elemento central en el que hay que colocar el interés tanto de los que se ocupan del estudio de estos temas urgentes como de la sociedad para empujar desde lo social las correcciones correspondientes a los fines que tales objetivos y estrategias cumplan cabalmente con su intención de lograr más democracia, es decir, una inclusión y repolitización verdadera de la ciudadanía.

Nos hemos propuesto inicialmente el objetivo de realizar las reflexiones y el acercamiento inicial al proceso que ocurre en una zona clave para la economía política del país que nos permita dibujar las primeras líneas de análisis orientadoras de la investigación, de manera de “establecer las características en la formación y funcionamiento de las estructuras para la participación ciudadana en la Costa Oriental del Lago”, mediante el cual se pretende conocer aspectos centrales que definirían si se trata de un proceso que apunta a la repolitización de los ciudadanos, es decir, de una redistribución horizontal del poder.

Hemos seleccionado para realizar las primeras observaciones al Municipio Lagunillas del Estado Zulia, Costa Oriental del Lago Maracaibo (2), localidad en la cual se encuentra instalada la industria petrolera nacional, que representa el 40% de la producción petrolera nacional. La aplicación de observaciones mediante un cronograma de entrevistas a actores clave en la conformación de los Consejos Comunales, como expresión o indicador de participación, representantes del gobierno local y central, así como la revisión documental fueron las pautas seguidas para esta investigación.

La Participación Ciudadana como proceso de Construcción Política

a) La participación ciudadana la abordamos como con un proceso de “construcción política”, es decir, estamos hablando de un tipo de participación con reales posibilidades de llevar a cabo la acción social concertada y autónoma, que pueda hacer presión sobre las agencia gubernamentales de cualquier nivel del poder, para convertir las necesidades socializadas e incluso individuales en políticas tendientes a la satisfacción de las mismas.

Partimos de la siguiente premisa; en la medida en que las organizaciones ciudadanas se encuentren cooptadas o controladas de alguna forma por cualquier organización perteneciente al Estado en cualquiera de sus niveles, pierden autonomía y se convierten en instancias gubernamentales. Desde esta perspectiva, el Estado puede e incluso debe jugar un papel de acompañamiento, más no de ductor del proceso de organización ciudadana.

De tal manera que la autonomía para la participación ciudadana (más allá de la ejecución de políticas y aprovechamiento de recursos) resulta necesaria la construcción de alternativas de desarrollo local, se requiere que el proceso de construcción se sustente en el diálogo de diversos actores con intereses públicos, sectoriales e incluso individuales, contradictorios y hasta excluyentes entre sí, ello implicaría, el reconocimiento del otro versus la exclusión, que se desmitifique el fetichismo del voto como máximo camino para la participación y se viabilicen mecanismos para lograr consenso; lo cual refleja la complejidad social de la cual debe dar cuenta tal proceso político.

La conformación y funcionamiento de estructuras populares de participación, para el diseño y/o ejecución de la política en las localidades, particularmente la que corresponde a los Consejos Comunales como expresión de la participación ciudadana; involucraría la construcción de espacios y esferas públicas no estadales (Bresser Pereira y Cunill, 1998), de deliberación en las cuales, la estandarización de formas y procedimientos emanados de instancias gubernamentales y el control son contrarias a la creatividad social.

b) El desarrollo local refiere a una respuesta original, endógena, con protagonistas explícitos, identificados, ante un entorno de flujos cambiantes, de tendencias exógenas fuertemente condicionantes, de desafíos e incertidumbres crecientes. Refiere a una discrecionalidad (desde el lugar y desde la gente) de los procesos de desarrollo (Madoery, 2001), siendo que es un enfoque que amerita construcción por parte de la gente e implica además compromisos políticos creados en esa construcción. Asimismo, este modelo de desarrollo significa, a nuestro juicio, un concepto de lo local no sólo en el plano geográfico-físico de los indicadores de la racionalidad económica, sino la creación de un espacio social de capacidades y limitaciones para llevar a cabo las tareas del desarrollo y un producto de las capacidades y los compromisos.

En palabras de Madoery (2001) el enfoque dibuja una nueva geografía de responsabilidades públicas para el desarrollo. Surge entonces la necesidad de rediseñar las articulaciones entre diferentes escalas del gobierno y administración que rescate la visión territorial del desarrollo, las dinámicas específicas que se dan a nivel meso, parte de la hipótesis que el territorio no es un mero soporte físico de los objetos, actividades y procesos económicos, sino que es un agente de transformación social.

La revalorización de lo local más allá del plano de espacio físico como sujeto activo (Vázquez Barquero, 1998), es decir, como conjunto de personas consensuadas en un proyecto consciente que amalgama la diversidad, implicaría una eficacia práctica política. En este punto resulta relevante el aporte neo-institucional, ya que ubica los temas de desarrollo alrededor de actores, sus relaciones y los entornos donde actúan (las reglas de juego) representando recursos antes que obstáculos para el desarrollo.

El espacio local de la acción: actores, dinámicas productivas y capacidades de desarrollo

La Costa Oriental del Lago de Maracaibo (COLM), en el Estado Zulia, es una sub-región cuya base de desarrollo económica ha estado signada por la actividad primaria de extracción petrolera, como petroquímica y metalmecánica, además de la actividad extractiva. La COLM posee potencialidad agrícola y agropecuaria, con escaso desarrollo, lo que en su conjunto dibujan una dinámica productiva particular, a partir de estas realidades se ha generado un modelo sui géneris de organización social que se ha expresado entre otras cosas en el diseño urbanístico que la industria petrolera trajo consigo, por otra parte, en una inmigración a la zona provenientes de distintas partes del país, así como del extranjero, particularmente europea.

1. Tejido social: actores y capacidades de desarrollo

La existencia de sindicatos, universidades, organizaciones políticas, ciudadanas, gremiales, profesionales, ONG, así como de medios de comunicación locales, (diarios impresos, emisoras de radio y televisión) han favorecido la construcción de un discurso social de diversa índole, sin embargo y a pesar de que se ha observado crecimiento, hay déficit en el desarrollo, producto de la dinámica económica nacional y de los obstáculos que la matriz estado–céntrica genera.

Por otra parte, la política de reforma del Estado Venezolano y la descentralización de competencias llevadas a cabo en las décadas de los años 80’ y 90’, no llegaron a establecer mecanismos viabilizadores para lograr la superación de los déficit en el desarrollo; el logro en materia de la posibilidad de elección de alcaldes y gobernadores para comprometer a la administración local con los ciudadanos, significó sin duda un avance positivo pero no suficiente ya que se siguió, en un alto porcentaje, una dinámica que tendió a reproducir patrones tradicionales de hacer política.

Construcción ciudadana: repolitización versus cooptación

En Venezuela, la construcción de espacios para la deliberación y participación ciudadana han estado relacionadas con el tema de la gobernabilidad, la organización administrativa del Estado, los enfoques sobre el desarrollo y el tipo de democracia. Eso ha llevado a la construcción de una arquitectura institucional, que favorece formalmente la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos y en la producción de bienes y servicios.

La reivindicación de la ciudadanía legalmente establecida y del diseño institucional construido sobre la base de reformas de la administración, (en lo que hemos denominado en este trabajo ciudadanía jurídica), es decir de la acción de las “personas portadoras de intereses y derechos consagrados constitucionalmente”, han resultado ser insuficientes para la repolitización ciudadana:, ha estado atravesada por mediaciones partidistas en la dinámica oficialismo-oposición en una polarización evidente de la vida ciudadana en el país, la lucha de dos fuerzas, realizadas mediante los recursos materiales y operativos que ambas poseen. Oponemos el concepto de repolitización al de cooptación,: la repolitización basa su existencia en la autonomía, autorregulación y construcción de consenso elaborado socio-políticamente, la cooptación tiene lugar a partir del control de estructuras ajenas a la dinámica natural de los ciudadanos que participan produciéndose el desplazamiento de los intereses locales.

La participación implica la construcción de una esfera pública, como orden simbólico relacional en donde los ciudadanos dan significado y sentido a sus acciones. La dimensión cívica se relaciona con la condición de inclusión activa de los ciudadanos en la comunidad política, donde se comparten un sistema de creencias respecto a los poderes públicos, la sociedad y el conjunto de derechos y deberes que atribuyen a la condición de ciudadanos (Fleury, 2004). Es decir, que no basta sólo con el reconocimiento jurídico de la ciudadanía, debe existir la posibilidad absoluta para la construcción política de esa ciudadanía jurídica en el plano del espacio público, como escenario para la negociación, representación y/o concertación, donde el Estado juegue un papel de acompañamiento, más no de ductor del proceso, es decir el marco de la autonomía es indispensable para lograr el diseño de alternativas de desarrollo y de mecanismos para el diálogo de intereses, públicos, sectoriales e incluso individuales, contradictorios y quizás excluyentes entre sí.

A partir de lo antes planteado, seguimos a Fleury (2004) cuando señala, cuatro principios o elementos que deben estar presentes en la construcción de la democracia participativa: 1) El reconocimiento de los contrarios y del conflicto, 2) La participación efectiva en la deliberación, que lleva la inclusión política a partir de una garantía más allá de lo procedimental como el voto por ejemplo; 3) La redistribución, (ahora bien, sí no hay participación y hay redistribución, la mera redistribución no cambia las condiciones estructurales), no habría construcción de ciudadanía, y 4) La obtención de una base objetiva como resultado de esa construcción ciudadana, es decir, de resultados obtenidos del ejercicio de la deliberación en ese espacio público de relaciones políticas en el marco de autonomía.

De tal manera que, de acuerdo a nuestro análisis, estos aspectos señalados por la autora apuntan a la conformación y funcionamiento de las estructuras de participación ciudadana como los Consejos Comunales, es decir, del diseño de agendas con base social para que se conviertan en política pública y de los mecanismos de gestión y contraloría social.

Es así entonces, que para el logro de un desarrollo endógeno la participación política real de los ciudadanos es vital, el concepto de desarrollo endógeno tiene en la participación política de los actores sociales un elemento estructural. Tal y como lo refiere Pipitone (2005), el desarrollo, sobre todo en las fases iniciales y críticas de transformación profunda de las estructuras económicas preexistentes, significa el surgimiento de tensiones inesperadas, problemas inéditos, desequilibrios nuevos sin remedios canónicos, correcciones de rumbo y capacidad autocrítica. En las fases iniciales del desarrollo acelerado, los accidentes no son la excepción, son la regla, aunque se trate de una regla curiosa que, como la muerte, es impredecible en tiempos y causas.

La revalorización de lo territorial en el esquema endógeno, implica no sólo poner atención al espacio como estructura física, lo local implica, el reconocimiento de los actores, del desarrollo humano, en una perspectiva constructiva; “el desafío de nuestra sociedad no es sólo identificar actores, relaciones y entorno de actuación, sino construirlos. El actor de desarrollo local necesita ser construido, sus capacidades de interacción necesitan ser promovidas y las reglas de juego establecidas. Nuevamente nos vuelve a aparecer la necesidad de concebir al desarrollo como proceso de construcción. “La visión del desarrollo endógeno -a partir del rescate de los aportes del desarrollo humano, del institucionalismo, así como de las distintas corrientes económicas- plantea cambios en los presupuestos epistemológicos, que se contraponen a la matriz reduccionista y permiten entender que el desarrollo tiene lugar y sujetos y verlo como proceso de construcción que revaloriza actores, relaciones y contextos” (Madoery, Op.cit.:7).

El establecimiento de una economía social mediante la visión del desarrollo endógeno implica una dinámica social que sirva de soporte a dicha estrategia gubernamental. Las tensiones entre las propuestas de construcción ciudadana y el plano de la realización política de la ciudadanía jurídica, es un espacio que requiere explicación a objeto de lograr su comprensión, lo cual implicaría una necesaria y cuidadosa observación de estos procesos para evaluar sus alcances.

La creación de los Consejos Comunales: La emergencia de la participación popular

La creación de los Consejos Comunales, desde nuestro criterio ha pasado por tres etapas, la primera de ella como elemento estructural del sistema nacional de planificación (SNP) cumpliendo un papel articulador en la toma de decisiones a nivel local; la segunda estaría marcada con la desafectación de estos mecanismos de participación del sistema de planificación mediante la aprobación de la ley de Consejos Comunales (abril 2006) (3) donde se les asigna un papel ejecutor de políticas públicas y lo colocaría como una estructura dependiente del ejecutivo, quien le otorga personalidad jurídica, financiamiento directo, y por ende control político, la tercera estaría definida a partir de 2007, cuando se ha iniciado la propuesta para una reforma de la Constitución Nacional propuesta por el Presidente de la República, mediante al cual se organizaría la administración y ordenación administrativa y política, a partir de los Consejos Comunales, esta etapa que se está iniciando al momento de escribir estas reflexiones, promete un cambio del modelo de administración pública en el país (4).

La aprobación de la Ley Especial de los Consejos Comunales y por ende, la modificación del Sistema Nacional de Planificación Pública, se efectúa en medio del inicio del año electoral (que transcurrió en 2006 y que terminó con el triunfo del presidente Chávez el 4 de diciembre de ese mismo año, para su segundo mandato de seis años), en una especie de emergencia por la participación ciudadana promovida desde el gobierno nacional, la creación, como meta inicial por parte del gobierno de 50.000 Consejos Comunales ha sido acompañada por una enorme promoción y publicidad gubernamental por diversos medios públicos (Uzcátegui, 2006). El artículo segundo de la ley Especial de los Consejos Comunales define a éstos de la siguiente manera:

“Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social” (5) (subrayado nuestro).

Como puede observarse, de la definición legal de estas instancias se desprende un carácter ejecutor de políticas públicas, lo que desde nuestra óptica coloca a estas organizaciones en receptoras y ejecutoras de proyectos, y bajo el control de la administración pública nacional. Esta definición se acerca bastante a la definición de poder comunal que establece el Ministerio para la Participación Popular y Desarrollo (MINPADES), veamos como es definido el poder desde esta instancia gubernamental:”Poder es la capacidad que tiene una persona, un grupo o sector social para usar y disponer de recursos propios o que se les han encomendado. Es la capacidad para realizar una idea. Es el hecho de tener la fuerza para concretarla” (Minpades, 2006) Así se le otorga un carácter ejecutor de recursos en procura de objetivos públicos, se pone más acento en la definición en el cómo, que en el qué.

Por otra parte, la Ley en su artículo sexto (6) constituye a la “Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas”, como la máxima instancia de decisión, en los siguientes términos: “La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de decisión del Consejo Comunal, integrada por los habitantes de la comunidad, mayores de quince (15) años (…)”, dentro de las atribuciones se destacan: aprobar el Plan de Desarrollo de la Comunidad y definir y aprobar los mecanismos necesarios para el funcionamiento del Consejo Comunal. Estas atribuciones sugieren autonomía en las definiciones por parte de las comunidades organizadas, sin embargo, la ejecución, la provisión y los niveles de dependencia que se establecen para llevar a cabo los proyectos derivan en una estructura de subordinación del Ejecutivo Nacional, por cuanto tales proyectos requieren de la aprobación de agencias gubernamentales para la provisión de los recursos financieros para su ejecución (7).

Sin embargo, la transferencia de los recursos no ha sido clara y en el plano de la realidad por lo menos en los consejos comunales estudiados en la Costa Oriental del Lago, ha sido muy poco lo que se ha logrado salvo pequeños créditos para proyectos menores de escaso impacto en el desarrollo económico. Al Estado financiar directamente la ejecución de la política nacional y autorizar dicha participación simplemente estas organizaciones se convierten en estructuras gubernamentales.

Los Consejos Comunales deben registrarse ante una comisión presidencial municipal, así como en el Ministerio de Participación y Desarrollo Social (Ministerio del Poder Popular para la Participación desde enero de 2007) es requisitoria y mediante este acto administrativo se otorga personalidad jurídica a estas organizaciones comunitarias. Veamos lo que al respecto señala el artículo 20 de la ley respectiva:

“Los consejos comunales serán registrados ante la Comisión Local Presidencial del Poder Popular, para lo cual harán entrega de los estatutos y acta constitutiva aprobados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Copia del registro será consignada ante el Consejo Local de Planificación Pública correspondiente, a los efectos de lograr la articulación con el Sistema Nacional de Planificación Pública. El registro de los Consejos Comunales, ante la Comisión Presidencial del Poder Popular respectiva, les reviste de personalidad jurídica para todos los efectos relacionados con esta Ley”.

A lo anterior podríamos agregar la necesidad de una comisión promotora provisional en cada sector vecinal para la creación de los Consejos Comunales, en la cual de acuerdo a la ley sancionada debe estar un representante designado por la Comisión Presidencial (artículo 15 numeral 1).

Conformación y funcionamiento de los Consejos Comunales

Nos hemos ocupado del proceso de conformación de los Consejos Comunales, que tiene lugar a partir de la promulgación de la Ley Especial antes citada, y por supuesto de la declaración de la estrategia gubernamental definida “explosión del poder comunal” o quinto motor, como pasó para el establecimiento, según el gobierno nacional, del socialismo como forma política de organización del Estado (8).

De acuerdo al Ministro de Participación y Desarrollo Social, a la fecha de marzo 2007, existen un total de 19.500 Consejos Comunales debidamente registrados y autorizados. El gobierno decidió aumentar en el presente año dicha cifra a 30 mil, mientras que el tope máximo sería la conformación de 50.000 (Ramón, 2007). Una de las características que ha tenido este proceso, es la velocidad y la emergencia como se presentó y dio inicio, lo que se demuestra con los tiempos en los cuales se definió la ley respectiva de los Consejos Comunales, así como la primera asignación directa por la Presidencia de la República antes de las elecciones presidenciales llevadas a cabo el 4 de diciembre de 2006, en las que sale triunfador el presidente Chávez, de un monto estandarizado para todos aquellos Consejos Comunales que se encontraran conformados a la fecha de antes de diciembre de 2007, lo cual ocurrió sobre todo en la zona central de país.

El anuncio de la conformación de los Consejos Comunales, ya no como parte del entramado del Sistema Nacional de Planificación tal y como lo establecía la Ley de Consejos Locales de Planificación, trajo un entusiasmo significativo en las comunidades que ven en dichas estructuras una vía para convertir las agendas populares en decisiones políticas que impacten verdaderamente las transformaciones de las condiciones deficitarias en la vida local ciudadana. Pero no sólo despertó el interés de las corporaciones políticas para aprovechar dichos espacios para reproducir las prácticas que les permitan influenciar y detentar el poder desde las bases. De tal manera que la conformación de los Consejos Comunales ha estado atrapada en la diatriba oficialismo- oposición, por una parte el Estado con evidentes ventajas tanto legales como materiales, y por el otro por los partidos y grupos políticos adversos al gobierno que intentan recuperar los espacios perdidos o mantenerse en los que poseen.

La participación en la Costa Oriental del Lago: reproducción política y desarrollo inacabado

Como producto de las elecciones regionales para gobernadores y alcaldes celebradas en agosto 2004, las fuerzas políticas oficialistas obtuvieron la mayoría de las gobernaciones. Uno de los Estados que no logró controlar el oficialismo fue el Estado Zulia, el estado petrolero del país, donde un partido de la oposición ha dominado por años tanto la gobernación del Estado como la mayoría de las Alcaldías en los Municipios que conforman el territorio regional (9).

Uno de los siete municipios que conforman el Estado Zulia es el Municipio Lagunillas, ubicado en la Costa Oriental del Lago (COL), sub-región que aporta el 40% de extracción petrolera de la nación. Para el año de 2005, existían en el Estado Zulia 3.486.850 personas, el 21% de ese total de habitantes se encuentran en la Sub-Región COL, aproximadamente 680 mil personas de las cuales unas 200 mil habitan el Municipio Lagunillas (Gómez Torres, 2007).

El Municipio Lagunillas está integrado por cinco parroquias (10), de acuerdo a datos emanados de la Comisión Municipal presidencial aportadas a la Dirección de Participación Ciudadana de la Alcaldía del Municipio Lagunillas, existen formalmente registrados hasta la fecha junio 2007, 61 Consejos Comunales (11), a pesar que de acuerdo a estimaciones de la Dirección de Participación de la Alcaldía deberían estar conformados 299 aproximadamente. Diversas causas han incidido en el número y conformación de dichos consejos comunales veamos algunas de las características en cuanto a su conformación y funcionamiento en las que se observan algunas variables que han incidido de acuerdo a observaciones realizadas para esta investigación.

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