El Draw Back
saul226 de Enero de 2013
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DEDICATORIA
Este trabajo de investigación monográfico lo dedicamos a dios que nos ha dado la vida y la fortaleza para poder terminar este trabajo a vuestros padres con gran amor y a la universidad por acogernos en sus aulas y a nuestro profesor quien es guía en nuestro aprendizaje dándonos los últimos conocimientos para nuestro buen desenvolvimiento en la sociedad
AGRADECIMIENTO
Un agradecimiento inmenso a nuestro querido profesor por guiarnos en nuestras primeras raíces en la universidad y todos los que nos apoyaron para poder realizar este trabajo
INDICE GENERAL
DEDICATORIA 1
AGRADECIMIENTO 2
RESUMEN EN ESPAÑOL 4
RESUMEN EN INGLES 5
INTRODUCCION 6
EL DRAWBACK 7
BENEFICIARIOS 10
BIENES QUE NO PUEDEN ACOGERSE AL DRAWBACK 15
INSUMOS Y MATERIA PRIMA 18
REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS 20
INFRACCIONES Y SANCIONES 24
CASOS PRACTICOS 25
CONCLUSIONES 26
FUENTES DE INFORMACION 27
ANEXOS 28
RESUMEN
El artículo da a conocer los aspectos más importantes del drawback o restitución de derechos arancelarios, régimen aduanero de promoción de exportaciones establecido en beneficio de las empresas exportadoras, informando sobre las ventajas del régimen, sus condiciones y requisi¬tos, sus limitaciones y los procedimientos forma¬les para solicitarlo. Presenta algunas precisiones sobre su carácter, su importancia macroeconó-mica, como mecanismo de apoyo a las mype y su internacionalización
En diversos países el drawback es un mecanismo de promoción de las exportaciones no tradicionales. Sin embargo, este
Régimen aduanero no puede ser utilizado por todas las empresas productoras-exportadoras pues su acogimiento implica
El estricto cumplimiento de las condiciones aprobadas en la legislación aduanera. En el caso peruano, el nivel de utilización
Del drawback es más intensivo en determinadas industrias, lo que constituye un apoyo para la competitividad de
Las empresas que debería ser estratégicamente utilizado.
ABSTRACT
This article shows the leading features of “drawback”, or restitution of tariffs, customs re-gime of exportations promotion, established in support of exporters companies, communicating about the regime’s advantages, their conditions and requirements, and formal procedures to ob¬tain it. Show some definitions about their charac¬ter, its macroeconomics importance, als support mechanisms to micro and small enterprises (mype, in spanish) and its internationalization,
In several countries drawback is a tool for promoting non-traditional exports. However, this custom procedure can not be used by all producers-exporters companies because its use involves strict compliance of the conditions approved by customs law. In the peruvian case, the level of use of drawback is more intensive in certain industries, providing a support for the competitiveness of companies which should be strategically used.
INTRODUCCION
El drawback o restitución de derechos arancelarios es un régimen aduanero de perfeccionamiento activo, consistente en la devolución de los derechos arancelarios pa-gados por los insumos usados para producir una mercancía que se va a exportar, dirigido a promover las exportaciones, al beneficiar a las empresas exportadoras, al igual que otros regímenes de perfeccionamiento activo: ad¬misión temporal para perfeccionamiento activo y reposición de mercancías en fran¬quicia. Aunque se escucha mucho de este mecanismo, la verdad es que se conoce muy poco sobre sus características, sus condicio¬nes y requisitos, y sobre los resultados de su aplicación.
El objetivo general del estudio es dar a conocer en forma exploratoria las realidades en relación al drawback, las mype y las ex¬portaciones a los miembros de la facultad y toda la comunidad universitaria, para pro¬mover su conocimiento, discusión, análisis, investigación y propuesta de soluciones a su situación problemática
Los objetivos específicos son: dar a co¬nocer las características del drawback, sus condiciones, requisitos y tramitación. Ade¬más, dar a conocer la importancia que tiene este régimen aduanero para la promoción de las exportaciones, con énfasis, la de las micro y pequeña empresa, y la problemática que presenta la aplicación del drawback, en es¬pecial, para las mype; y promover la discu¬sión creativa y los aportes de solución a esta problemática por parte de los miembros de la facultad y la comunidad universitaria, a fin de contribuir a la competitividad empresarial y al desarrollo nacional.
EL DRAWBACK
Antecedentes del drawback
El CERTEX o Certificado Tributario de Reintegro a la Exportación fue establecido mediante D.S. 227-68- HC, publicado el 5 de julio de 1968. Sin embargo, fue en 1969, durante el Gobierno Militar, que se reglamentó dicho decreto y el CERTEX recién comenzó a operar y a restituir en su nivel general el 15% del valor
FOB exportado
El 22 de noviembre de1978 fue publicado el decreto ley 22342 o Ley de Promoción de Exportaciones no Tradicionales, norma que buscaba repotenciar al sector y confirmaba la vigencia del CERTEX. En 1981 el gobierno redujo las tres tasas básicas del CERTEX a 15%, 20% y 22%. Este mecanismo recibió muchas
Críticas pues era considerado un subsidio directo y no permitía una eficaz desconcentración de las industrias que lo aprovechaban, ni el mejoramiento de la eficiencia productiva y se sufría los derechos compensatorios impuestos por Estados Unidos en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), entre otras razones. En este contexto, el CERTEX fue derogado el 29 de noviembre de1990 mediante D.L. 622-EFC El drawback como régimen aduanero fue introducido mediante decreto legislativo 722 denominado Nueva Ley General de Aduanas, publicado el 11 de noviembre de1991, cuyo artículo 159 inserto en la sección II trataba acerca del régimen. Sin embargo, el reglamento de dicha ley fue aprobado en 1995, mediante decreto supremo 104-95-EF y se le denominó Reglamento de procedimiento de restitución simplificado de derechos arancelarios.
BASE LEGAL
I
NORMA LEGAL FECHA DE PUBLICACIÓN CONTENIDO
Decreto Legislativo Nº 1053 27.06.2008 Ley General de Aduanas
Decreto Supremo Nº 010-2009-EF y modificatorias 16.01.2009 Reglamento de la Ley General de Aduanas
Decreto Supremo Nº 104-95-EF y modi¬ficatorias 23.06.1995 Reglamento del Procedimiento Sim¬plificado de Restitución Arancelaria
Decreto Supremo Nº 127-2002-EF y modificatorias 25.08.2002 Lista de partidas arancelarias exclui¬das del Drawback
Resolución de Superintendencia Nacio¬nal Adjunta de Aduanas Nº 139-2009/SUNAT/A 18.03.2009 Procedimiento General “Restitución Simplificada de Derechos Arancela¬rios“ INTA-PG.07 (Versión 3)
CONCEPTO
Es el régimen aduanero que permite como consecuencia de la
Exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos
Arancelarios, que hayan gravado la importación para el consumo de las mercancías
Contenidas en los bienes exportados o consumidos durante su producción.
Esta definición extraída de la normativa aduanera nos permite afirmar que el beneficio Que los exportadores obtienen con el Drawback tiene -exportadora
no es necesario inscribirla en ninguna entidad pública o gremio naturaleza eminentemente tributaria, toda vez que el requisito sine qua nom para su otorgamiento, es la acreditación del uso o transformación de al menos un insumo importado, por el cual hayan pagado la totalidad de los derechos arancelarios.
Otro aspecto que abona a favor de su naturaleza tributaria es, que luego de haberse producido la extinción de la obligación tributaria aduanera con el pago de los derechos y demás tributos que gravan la importación de la materia prima o insumo importado, recién surgirá el crédito a favor de la empresa productora exportadora que se plasmará en la restitución de los derechos arancelarios, obviamente siempre que se acredite su incorporación material en la mercancía exportada.
Es un régimen aduanero de perfeccionamiento activo que consiste en la devolución de aranceles de importación de los insumos utilizados. Se ha
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