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El Pagare


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2013  •  1.164 Palabras (5 Páginas)  •  226 Visitas

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¿Que es Un Pagare?

Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona (denominada suscriptora), de que pagará a una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré". La diferencia entre la letra y el pagaré es que el pagaré es emitido por el mismo que contrae el préstamo.

El pagaré aparece como una forma exclusiva del contrato de cambio que se contiene en el cambia y como medio de eludir la prohibición de estipular, que la Iglesia repudiaba. Como originalmente el título de cambio era expresión del contrato de cambio trayectorio y el derecho canónico prohíbe del pacto de intereses, se ideo la emisión de un título análogo al cambiario en el cual la obligación de pagar los intereses se ocultara bajo la apariencia de una deuda comercial o un préstamo, sin que, de otro lado, tuviese que emitirse el título para pagar en una plaza diferente a la orden de tercera persona.

Elementos de un Pagare:

Al pagaré, los distinguen, entre otras, los siguientes elementos que son importantes que conozcas:

1.- Literalidad. Que se refiere a que la exigencia del pago se va a limitar a lo que diga el mismo. El documento debe de pagarse en la fecha de vencimiento (o pagar los intereses moratorios en caso contrario) y la cantidad a pagar debe de ser la estipulada. Todos los demás arreglos, convenios, prórrogas o “tratos” que se celebren entre las partes, no surtirán efectos si no son incorporados al pagaré.

2.- Incorporación. Que se refiere a que los derechos y obligaciones que consigan el pagaré se encuentran incorporados, adheridos al propio documento y que para ejercerlos, hay necesidad de que el documento exista y se exhiba.

3.- Autonomía. Que significa que el pagaré al momento de pasar de una mano a otra, nacerá un nuevo derecho para el nuevo tenedor. Esto representa que, por ejemplo, Juan firma un pagaré a favor de Pedro, pero Pedro le endosa o transmite el pagaré a Rosa. La autonomía es entonces que Rosa tiene el derecho de cobrar el pagaré a Juan, aunque éste ni siquiera se hubiera enterado de que ella lo tenía y con independencia también, de “los tratos” que haya tenido con Pedro.

4.- Abstracción. Que se refiere a que el pagaré subsistirá y será exigible independientemente de la causa que lo generó. Esto es, si el pagaré se firmó con motivo de la compraventa de un artículo y por razones “XX” no se concretó esa compraventa, pero ya se había firmado el pagaré y este no es devuelto o destruido al deshacer el trato, el tenedor (acreedor) podrá cobrarlo posteriormente y al deudor le costará mucho trabajo salir bien librado de una demanda mercantil, porque te insisto, el pagaré es un documento que subsiste por sí mismo. Es el principio y fin de una obligación y no un documento accesorio o complementario a otro acto jurídico.

5.- Circulación o traslación. Que se refiere a que el pagaré es un documento que puede circular de mano en mano (como el dinero) y que el acreedor será el último tenedor (quien lo posee) y podrá exigir su pago aunque el suscriptor (deudor) no le haya firmado a él el documento. Podrá ser el caso que el deudor ni siquiera conozca al último tenedor, sin embargo tendrá la obligación de pagarle a él.

Tipos de Pagare:

Los tipos de pagarés que existen en el mercado son:

 Pagarés de empresas: son deudas a corto plazo emitidas por empresas, los pagarés de empresas se negocian en la bolsa a través de sus miembros.

 Pagarés de entidades de crédito: Son todos los pagarés que emiten las instituciones de crédito, son conocidos también como pagarés bancarios.

Ejemplo de un Pagare:

Un ejemplo que ilustra este tipo de procedimientos, es el juicio ejecutivo mercantil que se funda en un PAGARÉ.

o El pagaré tiene dos características definitorias: En primer lugar, la AUTONOMÍA que significa que con independencia de los motivos que den origen al adeudo, al firmar el PAGARÉ nace una obligación nueva a cargo del suscriptor del pagaré. Por otro lado, el segundo elemento es la LITERALIDAD que significa que el acreedor tiene derecho a cobrar la cantidad que se encuentre consignada

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