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Pagare


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2015  •  Tutoriales  •  1.357 Palabras (6 Páginas)  •  138 Visitas

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C.

JUEZ MENOR CIVIL EN TURNO.

P R E S E N T E.

ADRIAN GUMERCINDO VARGAS DANIEL, mexicano, mayor de edad, en mi carácter de Endosatario en Propiedad del C. JOSE LUIS RAYON REYES, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en calle SAGITARIO numero 2383, Colonia LAS ROSAS de esta ciudad, ante USTED respetuosamente comparezco para exponer:

Que en la vía Ejecutiva Mercantil y en ejercicio de la acción cambiaria, vengo a demandar a la C. LEISLANY JACKELINNE ACOSTA ESPINOZA, en su carácter de deudora, quien tiene su domicilio en Calle Circuito San Miguelito número 107-A  colonia Rinconada de la Hacienda  de esta ciudad, y/o el que se señale en el momento mismo de la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, de quien demando el pago inmediato de las siguientes prestaciones:

  1. El pago de la cantidad de $8, 000.00 (OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal.
  1. El pago de los intereses moratorios causados y que se sigan causando hasta la total solución del adeudo, a razón del 10% mensual, sobre la suerte principal, desde la mora hasta la total solución del adeudo, interés convenido en el pagaré base de la acción.
  1. El pago de gastos y costas que con motivo del presente juicio se originen.

Fundo esta demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.

H E C H O S:

1.- Como lo acredito con el pagaré que en original exhibo como documento base de la acción, la ahora demandada C. LEISLANY JACKELINNE ACOSTA ESPINOZA, suscribió en esta ciudad, dicho pagaré en la fecha 17 de JUNIO de 2010, por la cantidad de $8, 000.00 (OCHO  MIL  PESOS 00/100 M.N.), a favor de mi endosante en propiedad  JOSE DE JESUS SANCHEZ GUEVARA, y acepto pagar a su vencimiento todas y cada una de las prestaciones que se contienen en el mismo.

2.- De igual forma, se convino como fecha de vencimiento el día 17 de AGOSTO del año 2010 y como lugar de pago esta ciudad. También se comprometió a pagar intereses moratorios a razón del 10% diez por ciento mensual sobre la cantidad adeudada.

3.- Siendo que la hoy demandada no realizó el pago de la cantidad adeudada y que se consigna en el documento que acompaño como base de la acción pese a los múltiples requerimientos extrajudiciales de cobro realizados para obtener el pago, es por lo cual, comparezco ante este Tribunal para obtener su cobro por esta vía.

                                P R U E B A S:

Ofrezco desde este momento y con fundamento en el artículo 1401 del Código de Comercio en vigor las siguientes:

I.- LA DOCUMENTAL PRIVADA, consiste en un Titulo de Crédito de los denominados  por la Ley como PAGARE, que anexo al presente en original, probanza que tiene relación directa e inmediata con todos y cada uno de los hechos enumerados como 1, 2, y 3 vertidos en el capitulo respectivo de mi demanda.

Esta prueba es idónea y eficaz para acreditar los hechos relacionados, toda vez que se trata de un titulo ejecutivo que es prueba preconstituida de la acción ejercitada y que, atendiendo a sus características de literalidad, prueba el lugar y la fecha en que fue suscrito, la promesa incondicional de pago que la parte ahora demandada formulo a favor de mi endosante, la suma que el demandado se comprometió a pagar a la beneficiaria del documento en mención, el interés, el lugar, la fecha de pago, así como el hecho de que el referido titulo fue suscrito por el ahora demandada C. LEISLANY JACKELINNE ACOSTA ESPINOZA.

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