ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

En la justicia conmutativa no importa la situación particular de cada contratante


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2014  •  337 Palabras (2 Páginas)  •  188 Visitas

Página 1 de 2

En la justicia conmutativa no importa la situación particular de cada contratante, sino que la convención hay que cumplirla (pacta sunt servanda). En el clasicismo los contratos son de interés mutuo de ambos contratantes, pero acá eso desaparece. Por eso, no cabe el “justo precio”, sino que el precio se determina por el mercado. Esto mismo se aplica a los salarios.

Esto significa que se elimina el límite moral a los mercados. La preocupación de los medievales por el lucro, la especulación, la usura, no es recogida en este modelo de mercado abierto.

Por compensación y contraste, se forma el otro planteamiento, que busca considerar las condiciones reales en que se encuentran las personas. Por este lado se llegará a la justicia social, que retoma ideas del clasicismo y las reformula en otros términos.

El siglo xix es un siglo en el que se hacen visibles la pobreza y las malas condiciones de vida. La Revolución Industrial acentúa estos factores negativos, conduciendo finalmente al planteamiento de la “cuestión obrera” o “cuestión social”.

En ese siglo se hacen visibles también tres corrientes doctrinarias distintas. El liberalismo, que asume el formalismo en la justicia, y las doctrinas socialistas y la doctrina social de la Iglesia que s expresa en las Encíclicas Sociales (Rerum Novarum, Cuadragesimo Anno, Centesimus Anno).

• En términos generales, el siglo xix conoce dos formas de socialismo, el socialismo utópico y el socialismo científico. Su preocupación es la reforma social, la búsqueda de nuevas estructuras que permitan un trato justo al proletario (principio de alteridad).

• La doctrina social de la Iglesia también adopta la defensa y protección del proletario, pero desde otra visión.

• Los socialistas utópicos (Saint-Simon, Charles Fourier y Robert Owen) querían establecer una ciencia social sobre bases científicas, tomando como modelo la ciencia física. Propiciaron modelos de organización comunitaria (Fourier los falansterios, Owen comunidades cooperativas) para aplicar la justicia distributiva conforme criterios tales como capacidad, necesidad.

• Hacia 1840 un teólogo italiano Luigi Taparelli introduce la expresión justicia social, para referirse a los “derechos de humanidad”, es decir para rescatar la vieja alteridad

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com