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Estudio Y Declaración De Impacto Ambiental

valechurnia14 de Diciembre de 2014

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Estudio y Declaración de Impacto Ambiental

Valeria Espinoza Vera Control 6

Evaluación de Impacto Ambiental

Instituto IACC

02 de Diciembre del 2014

Desarrollo

Para introducirnos en el tema, debemos mencionar primeramente, que la Evaluación de Impacto Ambiental corresponde al procedimiento que se encuentra a cargo del Servicio de Evaluación Ambiental, el cual se basa por medio de un estudio o declaración de Impacto Ambiental, para establecer si dicho impacto que se producirá por una actividad, proceso productivo o proyecto, se ajusta a las normas y legislaciones vigentes, que nos indica el artículo 2 de la Ley 19.300. Por lo tanto, corresponde a un proceso de identificación, evaluación y mitigación de los efectos relevantes que pueda causar una propuesta previa a un proyecto o actividad, donde involucren las condiciones ambientales del lugar.

Estudio de Impacto Ambiental

El EIA es un documento que describe detallada y específicamente las características de una actividad o proyecto que se intenta desarrollar o modificar. Este estudio, debe proporcionar antecedentes fundados, para la predicción, identificación e interpretación del impacto ambiental que genere, dando a conocer descriptivamente las acciones que realizara, para impedir o minimizar sus efectos significativamente adversos.

Los EIA permiten determinar si realmente la actividad o proyecto se encarga de los efectos ambientales generados, a través de medidas de mitigación, reparación o compensación del medio ambiente.

Los estudios de impacto ambiental están dirigidos a los titulares de dichos proyectos de inversión que son capaces de provocar impacto ambiental. Estos proyectos se encuentran detallados en el artículo 10 de la LBGMA N° 19.300 o el articulo N° 2 del D.S. N° 95. Por otra parte, los titulares de dichos proyectos que no se encuentren incorporados en dichos listados, pueden voluntariamente someterse a una evaluación ambiental. El EIA debe ser presentado por su respectivo titular, y lo que contenga este estudio (contenidos), es de su exclusiva responsabilidad.

Los estudios de impacto ambiental consideraran:

Una descripción del proyecto o actividad.

Descripción de todos los proyectos que cuenten con una resolución de calificación ambiental.

Descripción de efectos, características o circunstancias del artículo 11, que dan origen a la necesidad de realizar un EIA.

Una predicción y evaluación de impacto ambiental del proyecto o actividad a realizar, incluyendo las eventuales situaciones de riesgo que se puedan dar.

Las medidas que se tomaran para eliminar o minimizar los efectos adversos producentes y las acciones de reparación cuando sea procedente.

Un plan de seguimiento y un plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable.

Declaración de Impacto Ambiental

El titular de la actividad o proyecto que se somete al SEIA, lo realiza presentando una declaración de impacto ambiental (DIA).

La declaración de impacto ambiental, dentro del procedimiento de EIA, se refiere al pronunciamiento de la autoridad competente del medio ambiente, por el que se determina, respecto a los efectos ambientales previsibles, la conveniencia o no, de la realización de la actividad proyectada, y en caso de realizarse, se determinan también las condiciones que deben establecerse, en orden a la apropiada protección del medio ambiente, como también sus recursos naturales.

A través de la DIA, la autoridad ambiental competente, emite sobre la conveniencia o no de la realización de la actividad. Esta declaración se realiza sobre la base del estudio de impacto ambiental, haciéndose publica en todos los casos.

Las DIA pueden ser negativas, positivas absolutas o positivas condicionadas. Estas consideran:

Una

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