Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
lovers5720 de Noviembre de 2014
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La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es el método más efectivo para evitar las agresiones al medio ambiente y conservar los recursos naturales en la realización de proyectos. La Directiva 85/337/CEE de 27 de junio de 1985 relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, considera que se deben evaluar los efectos de un proyecto para proteger la salud humana, contribuir a la mejora de la calidad de vida, mantener la biodiversidad y conservar los ecosistemas. Esta directiva se ha modificado en varias ocasiones para completar las disposiciones.
La EIA conlleva las siguientes actuaciones:
Solicitud por el promotor de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental. Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental por el órgano ambiental, previa consulta a las administraciones públicas afectadas y, en su caso, a las personas interesadas. Elaboración del estudio de impacto ambiental por el promotor del proyecto. Realización del trámite de información pública y de consultas a las administraciones públicas afectadas y a personas interesadas. Declaración de impacto ambiental emitida por el órgano ambiental. Que se hará pública y que finaliza la evaluación.
Según el artículo 7 del texto refundido, el estudio de impacto ambiental debe contener estos datos:
Descripción general del proyecto y exigencias previsibles en el tiempo, en relación con el uso del suelo y otros recursos naturales. Estimación de los tipos y cantidades de residuos vertidos y emisiones de materia o energía resultantes.
Una exposición de las principales alternativas estudiadas y una justificación de las principales razones de la solución adoptada, teniendo en cuenta los efectos ambientales.
Evaluación de los efectos previsibles directos o indirectos del proyecto sobre la población, flora, fauna, suelo, aire, agua, factores climáticos, paisaje y los bienes materiales, incluido el patrimonio histórico artístico y el arqueológico. Asimismo, se atenderá a la interacción entre todos estos factores.
Medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos ambientales significativos.
Programa de vigilancia ambiental.
Resumen del estudio y conclusiones en términos fácilmente comprensibles. En su caso, informe sobre las dificultades informativas o técnicas encontradas en la elaboración del mismo.
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