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Fundamentos Constitucionales


Enviado por   •  28 de Marzo de 2014  •  388 Palabras (2 Páginas)  •  439 Visitas

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Fundamentos Constitucionales del Derecho Procesal   La Constitución Política consagra normas rectoras del ordenamiento jurídico entre los cuales se puede distinguir las siguientes: a) Normas relativas al poder judicial: Que reconocen la función jurisdiccional y establecen principios básicos de la organización judicial como son: - independencia, - legalidad - responsabilidad   - inamovilidad.   b) Igualdad ante la justicia: y es lo que art. 19 nº 3 señala la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos , lo que es consecuencia de la "igualdad ante la ley".   c) Derecho de la defensa jurídica: Establecido en el  Art. 19 nº3 Const. Toda persona tiene derecho a la defensa jurídica y que la ley arbitrará los menos para otorgar asesoramiento y defensa jurídica, y la ley por su parte contempla los 2 mecanismos para hacer efectivos estas garantías: 1) Existencia de la corporación de asistencia judicial 2) Institución del privilegio de pobreza que concede el juez de la causa cuando se reúnen los requisitos que señala la ley. Se regula en el CPC   d) La existencia del debido proceso legal: Es aquel que cumple con todas las normas esenciales y garantizan un correcto ejercicio de la función jurisdiccional y constituyen manifestaciones o exigencia de un debido proceso legal los siguientes principios: 1) El tribunal juzgador debe estar establecido por ley y con anterioridad a los hechos q va a conocer. 2) El tribunal debe ser competente, nadie puede ser juzgado por comisiones especiales sino por el Tribunal que la ley señale, que se han establecido con anterioridad. Doctrinariamente esto se llama "existencia del juez natural", que significa que uno tiene que ser juzgado por un tribunal. El juez natural es el establecido por la ley. 3) El procedimiento debe ser racional y justo lo que implica:   - se otorga a las partes una razonable posibilidad de defensa en igualdad de condiciones lo que se conoce con el nombre de "Principio de Bilateralidad de la Audiencia". (Traslado)   -  Significa que se respete a los integrantes la posibilidad de probar los  hechos que alega. (Racional y Justo)   - Consiste en que la sentencia debe ser fundada.   e) Normas sobre las presunciones: Constituyen manifestaciones procesales el que la Constitución señala que no puede presumirse de derecho la responsabilidad penal, el que asegure la libertad personal y la seguridad individual, y que no se puede tomar declaración al imputado bajo juramento.

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