Giro Bancario
josemar1911 de Junio de 2014
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Giro Bancario
Orden de pago de sucursal a sucursal o sucursal corresponsal de pagar a una persona en otro lugar.
PLAZOS DE PRESENTACION PARA PAGO:
Dentro de 15 días a partir de su fecha si son pagaderos en el mismo lugar de expedición
Dentro de 1 mes si es expedido y pagadero en diversos lugares del territorio nacional
Dentro de 3 meses, si fue expedido en el extranjero y pagadero en territorio nacional
Dentro de 3 meses, si es expedido en territorio nacional y pagadero en el extranjero
ACCIONES DIRECTAS
Contra el librador y sus avalistas
Prescribe en 6 meses contados
Desde que termine el plazo de presentación del último tenedor del documento
Desde que el día siguiente en que se pague el cheque, la de los endosantes y la de los avalistas
Caduca por:
No protestar el cheque por falta de pago
No haber presentado el cheque a su cobro dentro de los plazos legales siempre y cuando se demuestre que durante el terminó hubo fondos suficientes para pagarlos.
ACCIONES DE REGRESO
Contra los endosantes anteriores del cheque y sus avalistas
Prescribe en 6 meses contador a partir
Desde que termine el plazo de presentación del último tenedor del documento
Desde el día siguiente en que se pague el cheque, la de los endosantes y la de los avalistas
Caduca por:
No protestar el cheque por falta de pago
No haber presentado el cheque a su cobro, No protestar el cheque por falta de pago.
A pesar e que no haya habido fondos suficientes durante los plazos de presentación
NOTA: La vía e regreso como la directa caduca.
Acciones de Sociedad (Obligaciones como Títulos de Crédito)
Títulos que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo a cargo de una sociedad Anónima.
Finalidad : Aumento de recursos
Elementos Personales:
Sociedad
Emisora de la acción
Deudora de los derechos literales consignados en cada acción
Socios.
Deben ser más de S
Acreedores de la sociedad.
REQUISITOS
Ser nominativas
Emitirse en denominaciones de 100 pesos o sus múltiplos
2 Registro Nacional de Valores e Intermediarios
LAS OBLIGACIONES DEBEN CONTENER
1.- Denominaciones. Objeto y domicilio de la sociedad
2.-Importe del capital pagado y el de su activo y pasivo
3.-Importe de la emisión
4.-Indicación del número y valor nominal de las obligaciones emitidas
5.-Tipo de interés pactado
6.-Término señalado para pagar el capital y el interés
7.-Plazos y condiciones de amortización
8.-Garantías que se constituyen para la emisión
9.-Firma del Administrador
Conciliación Bancaria
Es la tarea de cotejar las anotaciones que figuran en el extracto bancario con el libro banco a los efectos de determinar el origen de las diferencias.
La conciliación consiste en verificar la igualdad entre las anotaciones contables y las constancias que surgen de los resúmenes bancarios, efectuando el cotejo mediante un básico ejercicio de control, basado en la oposición de intereses entre la empresa y el banco.
La conciliación bancaria NO es un registro contable, es una herramienta de control.
Las diferencias generalmente se generan al haber demoras en registrar algunas operaciones por falta de información.
Las notas de débito bancarias y las notas de crédito bancarias son emitidas por el banco y también originan diferencias. Los débitos y créditos que el banco efectúa en la cuenta corriente del cliente no son registrados por diversos motivos:
Por no haber recibido la nota de débito o crédito.
La nota de débito o crédito fue recibida pero aún
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