INCIDENTE DE CUMPLIMIENTO FORZOSO
Klee30Trabajo5 de Junio de 2019
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Despacho Jurídico B&V[pic 1]
VERÓNICA ::::::::::::::::::
VS
FRANCISCO ::::::::::::::::::::::::::::
Expediente Número 0000/00000
(INCIDENTE DE CUMPLIMIENTO FORZOSO DE SENTENCIA)
C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LO FAMILIAR.
P R E S E N T E.-
VERÓNICA _________________, por mi propio derecho y en representación de mis hijos ___________________________ de apellidos _________________________, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos y valores el ubicado _________________________________________ autorizando para los mismos efectos y en términos del Artículo 46 del Código Procesal Civil vigente al a los LICS. ________________________________ así como para oír y recibir notificaciones al C. Pasante en Derecho XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, ante Usted C. Juez, respetuosamente comparecemos para
E X P O N E R:
Que por medio del presente ocurso y en la VÍA INCIDENTAL, venimos a promover el CUMPLIMIENTO FORZOSO DE LA SENTENCIA JUDICIAL DICTADAS EN AUTOS, EN PARTICULAR EL RESOLUTIVO QUINTO, en contra del señor FRANCISCO ______________________________, quien tiene su domicilio para ser emplazado en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, domicilio en que puede ser notificado para efectos de que se le de vista por el término de tres días con la presente demanda incidental; de quien reclamamos las siguientes:
P R E S T A C I O N E S
A).- Se decrete mediante resolución Judicial el pago y cumplimiento de las pensiones alimenticias vencidas y no pagadas, que fueron fijadas mediante sentencia judicial dentro del presente juicio de divorcio necesario, a cargo del hoy demandado incidental para subvenir las necesidades alimentistas de mis menores hijos ___________________________________.
B).- Se condene al demandado incidentista al pago de la cantidad de $221, 360.00 M.N (DOSCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS 00/100 M.N.), por concepto de pensiones alimenticias vencidas y no pagadas, acorde al porcentaje fijado mediante el RESOLUTIVO QUINTO DE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DICTADA, pensiones que se encuentran vencidas desde el día 14 de enero del 2013; fecha en que fue publicada la sentencia respectiva, hasta el día de hoy en que se presenta la demanda, y las que se sigan venciendo y no pagando en los términos acordados en dicha resolución.
No se omite manifestar que desde el 14 de enero del 2013, el hoy demandado incidentista no ha dado cabal cumplimiento al RESOLUTIVO QUINTO DE LA SENTENCIA, misma que señala que la pensión será pagada a razón de CUARENTA CINCO POR CIENTO DEL TOTAL DE SUS INGRESOS, toda vez que desde esa fecha hasta la actualidad, SOLO HA PAGADO LA CANTIDAD DE $6,160.00 PESOS M. N., (Seis mil ciento sesenta pesos 00/100 Moneda Nacional), siendo el equivalente a aproximadamente OCHO SEMANAS Y MEDIA.
C).- El aseguramiento y remate de bienes propiedad de dicho demandado, suficientes a cubrir las pensiones alimenticias adeudadas en virtud de su incumplimiento.
D). El pago de gastos y costas que origine el presente incidente.
Para acreditar lo anterior, paso a exponer a Usted los siguientes hechos y consideraciones legales.
H E C H O S
1.- Que con fecha 20 de abril del 2012, la suscrita promoví juicio ordinario civil de divorcio necesario en contra del demandado FRANCISCO ::::::::::::::::::::::::::::::, mismo que fuera radicado en este H. Juzgado a su digno cargo, bajo el número de expediente 0678/2012.
2.- Agotados que fueron los trámites del juicio de divorcio necesario respectivo, en fecha 09 de enero del año 2013 se dictó sentencia definitiva decretando el divorcio y condenando al señor FRANCISCO _____________________________ al PAGO DE UNA PENSIÓN DE ALIMENTOS DEFINITIVA equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIENTO DEL TOTAL DE SUS INGRESOS, según el resolutivo quinto de dicha resolución.
3.- La sentencia definitiva se publicó en el Boletín Judicial del Estado número 12312 en fecha 14 de ENERO del 2013.
4.- Es el caso que el señor FRANCISCO __________________________, ha incumplido con la sentencia celebrada en lo relativo al PAGO DE UNA PENSIÓN DE ALIMENTOS DEFINITIVA equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIENTO DEL TOTAL DE SUS INGRESOS, toda vez que desde el día 14 de enero del 2013, fecha en que fue publicada la sentencia definitiva, hasta el día de hoy, el hoy demandado SOLO HA EFECTUADO SEIS PAGOS, QUE SUMADOS TODOS ELLOS DAN LA CANTIDAD DE $6,160.00 PESOS M. N., (Seis mil ciento sesenta pesos 00/100 Moneda Nacional) siendo el equivalente a aproximadamente OCHO SEMANAS Y MEDIA. Pensiones que fueron pagados de la siguiente forma:
PRIMERO: Recibo de Ingreso con número de Folio 1173346, de fecha 23 de enero del 2013, por la cantidad de $720.00 M.N (Setecientos veinte pesos 00/100 M. N.
SEGUNDO: Recibo de Ingreso con número de Folio 1180492, de fecha 27 de febrero del 2013, por la cantidad de $720.00 M.N (Setecientos veinte pesos 00/100 M. N.).
TERCERO: Depósito realizado a la cuenta bancaria del Banco Nacional de México perteneciente a la suscrita, en fecha 24 de junio del 2013, por la cantidad de $720.00 M.N (Setecientos veinte pesos 00/100 M. N.).
CUARTO: Depósito realizado a la cuenta bancaria del Banco Nacional de México perteneciente a la suscrita, en fecha 12 de agosto del 2013, por la cantidad de $1,000.00 M.N (Mil pesos 00/100 M. N.).
QUINTO: Depósito realizado a la cuenta bancaria del Banco Nacional de México perteneciente a la suscrita, en fecha 21 de agosto del 2013, por la cantidad de $1,000.00 M.N (Mil pesos 00/100 M. N.).
SEXTO: Depósito realizado a la cuenta bancaria del Banco Nacional de México perteneciente a la suscrita, en fecha 07 de marzo de 2014, por la cantidad de $2,000.00 M.N (Mil pesos 00/100 M. N.).
Documentales que corren agregadas en autos.
Como se observa, el demandado no ha sido serio ni constante en el cumplimiento del RESOLUTIVO QUINTO DE LA SENTENCIA, puesto que tan solo ha cubierto el equivalente a OCHO SEMANAS Y MEDIA en los más de SEIS AÑOS EN QUE FUE DICTADA DICHA RESOLUCIÓN, además, es importante hacer énfasis que el último pago de pensión alimenticia efectuado por el demandado fue en fecha SIETE DE MARZO DEL DOS MIL CATORCE, siendo el último depósito que realizó a la cuenta de la suscrita; como puede observar su Señoría, el demandado no es confiable en el pago de la pensión, y ha mostrado nulo interés en cumplir con sus obligaciones como padre a favor de nuestros menores hijos, siendo que HAN PASADO APROXIMADAMENTE CINCO AÑOS SIN QUE EL DEMANDADO HAYA DADO CANTIDAD ALGUNA POR CONCEPTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA, situación que ha originado una serie de problemas a cargo de la suscrita para poder solventar todas las necesidades de nuestros tres hijos, razón por la cual acudo mediante esta vía demandado las prestaciones señaladas.
5.- Por otra parte, el hoy demandado nunca ha apoyado a la suscrita con los gastos extras inherentes de los menores, tales como las inscripciones, uniformes y útiles escolares, la suscrita con mucho esfuerzo y sacrificio se ha hecho cargo de sufragar todas las necesidades de nuestros hijos ________________________________, hasta he recurrido a pedir prestado para poder solventar todos los gastos, pues el demandado se ha abstenido de cumplir con lo ordenado en la sentencia.
6.- No omito manifestar que fueron muchas las veces que la suscrita le he solicitado al demandado incidentista que cumpla con el pago de la pensión que fue ordenada mediante RESOLUTIVO QUINTO DE LA SENTENCIA, misma que señala como pensión alimenticia la cantidad equivalente al cuarenta y cinco de todos sus ingresos, pues a la suscrita no le alcanza el sueldo que percibo para cumplir con todas las necesidades de habitación, alimentos, educación, médicos etc. y dicho demandado siempre me respondía que no tenía dinero y que le haga como pueda porque son mis hijos, que él no me va dar nada, por lo que solicito se decrete mediante resolución Judicial el pago y cumplimiento de las pensiones alimenticias vencidas y no pagadas, que fueron fijadas mediante sentencia definitiva dentro del presente juicio de divorcio necesario.
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