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Igualdad De Derechos Laborales Del Hombre Y La Mujer


Enviado por   •  9 de Marzo de 2013  •  1.071 Palabras (5 Páginas)  •  1.951 Visitas

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Igualdad de derechos laborales del hombre y la mujer:

Igualdad y equidad de género

(Art. 20 L.O.T.T.T) El Estado garantiza la igualdad y equidad de mujeres y hombres en el ejercicio del derecho al trabajo. Los patronos y patronas, aplicarán criterios de igualdad y equidad en la selección, capacitación, ascenso y estabilidad laboral, formación profesional y remuneración, y están obligadas y obligados a fomentar la participación paritaria de mujeres y hombres en responsabilidades de dirección en el proceso social de trabajo.

Inclusión laboral de personas con discapacidad

(Art 289 L.O.T.T.T) El Estado promoverá, adoptará y desarrollará políticas públicas orientadas al desarrollo de las condiciones de salud, formación integral, transporte, vivienda y calidad de vida con la finalidad de alcanzar la plena inclusión de los trabajadores y trabajadoras con discapacidad, incorporándolos e incorporándolas al trabajo digno y productivo, en el marco del proceso social de trabajo.

Derecho al trabajo de las personas con discapacidad

(Art 290 L.O.T.T.T) Las disposiciones de esta Ley protegerán a las personas con discapacidad, bien sea esta congénita, sobrevenida o de cualquier otro hecho o circunstancia que afecte su desarrollo físico, intelectual o que le impida realizar actividades personales o laborales en forma idéntica al resto de los trabajadores y las trabajadoras. Profundizando la universalización de los derechos de las personas con discapacidad, e incorporándolas a los procesos productivos.

En ninguna circunstancia pueden ser excluidos o excluidas y todo patrono o patrono está obligado a incorporar a por lo menos el cinco por ciento de su nómina total a trabajadores y trabajadoras con discapacidad, en labores cónsonas con sus destrezas y habilidades, debiendo recibir en todo caso un trato digno, e insertarse en la entidad de trabajo con las mismas garantías y características de los demás de los trabajadores y trabajadoras.

No se podrá establecer discriminación alguna y se facilitara el desarrollo de su actividad en condiciones dignas y decorosas en beneficio de ellos y ellas, de sus familias y de la sociedad.

El objetivo de los profesionales del trabajo social y del desarrollo de políticas sociales hunde sus raíces en una serie de valores fundamentales. Dichos valores fundamentales son asumidos por los trabajadores sociales, los educadores sociales y los promotores y practicantes de políticas sociales, como fundamento de los excepcionales propósitos y perspectivas del trabajo social.

Los derechos humanos ofrecen una base normativa para el trabajo social y el diseño de políticas sociales inclusivas.

Reconocimiento del trabajo del hogar y beneficios sociales de las amas de casas

Este proyecto de Ley de Protección Social a las Amas de casa, será aplicado también a los hombres que estén dedicados exclusivamente al trabajo del hogar y no estén incorporados a ningún sistema de protección, o tener familiares con discapacidad severa hasta el segundo grado de consanguinidad La Comisión Permanente de Familia Mujer y Juventud, convocó una mesa técnica para presentar el proyecto de Ley de Protección Social de las Amas de Casa. Proyecto que establece y regula la protección social de las amas de casa que realizan en forma no remunerada y de manera exclusiva

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