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Protocolo de investigación "Igualdad entre el hombre y la mujer con relacion a el puerperio"

junioralfonso24 de Septiembre de 2013

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Licenciatura en Derecho

Protocolo de investigación

“IGUALDAD ENTRE EL HOMBRE Y LA MUJER CON RELACIÓN A EL PUERPERIO”

Nombre del alumno:

Guadalajara Jalisco 11 de Julio del 2012

I.ANTECEDENTES JURIDICOS

En el presente trabajo se podrá apreciar haciendo que no se está llevando a cabo la igualdad entre el hombre y la mujer en la ley del IMSS con relación al puerperio.

Cuyo objetivo principal es hacer notar que no se está estableciendo la igualdad entre el hombre y la mujer en cuanto la ley así como lo tiene establecido y lo fundamenta la misma ley en sus diferentes apartados con relación a la igualdad que supuestamente se deberá de llevar a cabo.

Pues al analizar la ley del IMSS en cuanto el Régimen de maternidad se establece irregularidades que son cuestionables es decir dónde queda el hombre a todo esto

Pues si bien es verdad que dentro del matrimonio el fin principal es la ayuda mutua derechos y obligaciones así como el artículo 4 constitucional establece la igualdad entre el hombre y la mujer en la ley del IMSS se está dando una desigualdad de género que es cuestionable y un tema para buscar un trasfondo que ayude a que dentro del ramo de maternidad se pueda lograr que a el hombre en cuanto a el tiempo en que se le da a la mujer de incapacidad por el periodo de post parto o la llamada cuarentena que se logra con esto que fin tiene

También en lo que se establece dentro del matrimonio, sus fines y objetivos que se supone que deben de llevarse acabo y que la ley a estipulado desde tiempos remotos y que esta discriminado al hombre en cuanto este ramo de maternidad.

Se dice que una de las condiciones que son básicas dentro del matrimonio en cuanto al modulo estructural de la organización social consiste en conllevar, a su vez su calidad de molde sociocultural imprescindible para la formación y el desarrollo de los hijos.

La Ley de Instituto Mexicano del Seguro Social de 1973 hasta la fecha también establece en el Ramo de maternidad solo los derechos que se le proporcionan a la cónyuge mujer dejando a un lado al cónyuge varón en cuanto a su paternidad y tiempo para que pueda estar con su consorte e hijo(s) para la ayuda mutua que este le pueda proporcionar así como cuidados al menor que a pesar de que los primeros meses necesita más de la madre se propone que también al padre se le haga participe hacia la mujer con relación a la etapa del puerperio en el que la mujer requiere del apoyo de su cónyuge seria bueno que el padre también fuese participe de las necesidades que pudiesen presentarse hacia la madre o hacia el menor y disfrutar al lado de su cónyuge, la dicha de ser padres y haber establecido ya una familia., se propone a la ley del IMSS que tome en cuenta la igualdad así como los derechos y obligaciones que ambos consortes tienen tanto en su matrimonio como ante la ley en sus diversos apartados.

II.PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La desigualdad entre el hombre la mujer en cuanto a el Ramo de Maternidad, es decir se están violentando los derechos para los cónyuges varones., en cuanto la administración de los días post parto o también llamada cuarentena que se le conceden a la mujer y excluyen al hombre.

Se esta violentando el articulo 4 constitucional en donde se establece que el hombre y la mujer son iguales ante la ley además de que se esta protegiendo a el desarrollo y organización de la familia.

Sin embargo en la actualidad podemos darnos cuenta que se excluye al hombre en cuanto a la convivencia con su cónyuge mujer en el periodo post parto quizá sea por que si bien es cierto necesita cuidados tanto ella como el menor pero se excluye a el hombre donde queda la igualdad y la ayuda mutua que se supone que es un deber darse por parte del consorte. Pues el matrimonio nos establece en el Código Civil de Jalisco en su artículo 258 que es una institución de carácter público e interés social, por medio del cual un hombre y una mujer deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y para la fundación de una familia.

En este sentido nos damos cuenta que la mujer en su mayoría de las leyes en sus diferentes secciones se esta protegiendo, pero donde queda la paternidad puesto que también en el articulo 123 constitucional en su fracción V solo se esta protegiendo a la mujer y se excluyendo al hombre.

En la ley se contradicen en el momento en el que se establece la igualdad entre el hombre y la mujer es por eso que el hecho de discriminar al hombre en cuanto a este ramo y excluirlo hace que surjan una serie de cuestionamientos en cuanto que pasa con la igualdad entre el hombre y la mujer y en el derecho de este dentro de su paternidad.

Se esta contradiciendo y esta situación hace que surjan una serie de cuestionamientos en cuanto a lo que esta sucediendo dentro del régimen de maternidad.

Por lo anterior, es que es necesario que se modifique el régimen de maternidad y se establezca un apartado especial para el cónyuge varón sea participe y se le proporcionen 15 días para la ayuda hacia su cónyuge mujer para asistirla en la ayuda mutua así como para hacer una igualdad de derechos y obligaciones pues también la paternidad debe de establecerse como tal por que es un derecho que la ley no ha contemplado.

Por lo anteriormente expuesto se pueden realizar una serie de cuestionamientos, tales como los siguientes:

 ¿La ley tiene contemplado algún capitulo que hable sobre la paternidad y su protección?

 ¿Con la resolución de la ley del IMSS se logrará una mejor convivencia e igualdad entre el hombre y la mujer?

 ¿Cómo deberá de llevarse acabo tal procedimiento?

III.DEFINICIÓN Y DELIMITACION DEL OBJETO ESTUDIO A INVESTIGAR.

GEOGRAFICO: Igualdad entre el hombre y la mujer en la Ley de IMSS en relación a el puerperio en Jalisco.

TEMPORAL: Ley del IMSS 1942 hasta el año 2004.

CONCEPTUAL: La Ley del IMSS se convirtió en la primera institución médica del país, las clínicas y los hospitales estaban dotados de los instrumentos adecuados para otorgarle los servicios a los derechohabientes.

IV.OBJETIVOS

GENERAL: Lograr realizar una modificación en la Ley del IMSS en cuanto al Régimen de maternidad incorporando a la paternidad en la parte de los días que se le conceden a la mujer por causa del puerperio esto con la finalidad de la ayuda mutua y la igualdad entre el hombre y la mujer así como la convivencia conyugal el periodo seria de 15 días para los hombres dejando ala mujer la 40 cuarentena completa solo se establecerían los primeros 15 días.

PARTICULAR: Establecer esta modificación en la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMMS) para consolidar la ayuda mutua entre consortes así, para también aplicar la igualdad entre el hombre y la mujer ante la ley., tal como en ella se encuentra establecido y que se supone que deberá de llevarse acabo sin discriminar habiendo una igualdad entre los hombres y mujeres reforzando lo que en el matrimonio se estipula que es la ayuda mutua y fundación de la familia que es una base fundamental.

Establecer quienes son aquellas personas a las que se les otorgaría este derecho por que no seria a cualquier persona.

V. ¿QUE ES LA JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACION?

La ley en la Constitución política mexicana en su articulo 4 ° nos establece que los ciudadanos mexicanos tenemos derecho de gozar de la igualdad entre el hombre y la mujer, lo que nos implica que todos tenemos los mismos derechos y obligaciones.

Ahora bien teniendo este antecedente y remontándonos a la Ley del Seguro Social el (IMSS) solo establece en el ramo de maternidad las prestaciones a las que esta sujeta la mujer así como los días que por ley se le otorgan.

Pero la pregunta es y la paternidad no cuenta ¿Dónde? se supone que queda el hombre y su paternidad que acaso él no tiene derecho de gozar también de este derecho de estar con su cónyuge e hijo ¿Por qué es que la ley no lo ha estipulado? Solo lo excluye de manera tajante.

Es por lo anteriormente expresado que es importante darle atención a este punto a el que se hace referencia. Además que esto no se esta violentando recientemente pues desde la constitución del año de 1917 a la fecha en su articulo 4 constitucional que establece la igualdad entre el hombre y la mujer ante la Ley así como la ayuda mutua y convivencia familiar, salud, vivienda y el sano esparcimiento.

Mientras que por otra parte la Ley de IMSS de 1973 hasta la fecha también establece en el Ramo de maternidad solo los derechos que se le proporcionan a la cónyuge mujer dejando a un lado al cónyuge varón en cuanto a su paternidad y tiempo para que pueda estar con su consorte e hijo(s) para la ayuda mutua que este le pueda proporcionar así como cuidados al menor que a pesar de que los primeros meses necesita más de la madre estaría bien que el padre también fuese participe de las necesidades que pudiesen presentarse hacia la madre o hacia el menor y disfrutar al lado de su cónyuge la dicha de ser padres y haber establecido ya una familia.

VI.HIPOTESIS

Realizando una modificación en la Ley del Seguro Social en cuanto el Ramo de Maternidad con respecto a incluir al cónyuge hombre dentro de este ramo en un apartado especial se realizara la igualdad de la que se ha estado cuestionando claro será con ciertas limitaciones así como reunir ciertos requisitos para que se le proporcionen los 15 días para que este con su cónyuge mujer. Tiempo que se considera suficiente para

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