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Enviado por   •  12 de Noviembre de 2013  •  1.592 Palabras (7 Páginas)  •  177 Visitas

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Unidad 5.

Sociedades mercantiles.

Las compañías o sociedades del comercio: son aquellas que tiene por objeto uno o más acto de comercio.

Las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidades ilimitadas (SRL) siempre tendrá carácter mercantil, las sociedades mercantiles se rigen por los convenios de las partes, por el código de comercio y por el código civil.

Se clasifican en:

1- Compañía en nombre colectivo. En la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada de los socios.

2- Compañía encomandita. En la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de un socio y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socio.

3- Compañía anónima. En la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados sino por el monto de su acción.

4- Compañía de responsabilidad limitada. En la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital dividido en cuota en participación.

Algunas sociedades de comercio pueden tener un fin único que al ser cumplido quedaría disuelta la sociedad y otras son creadas con diversos fines con una duración indeterminada, como todo contrato debe reunir todos los elementos esenciales de un contrato.

Lo que debe contener un contrato de sociedad.

Acta constructiva.

1- los nombres y domicilios de los socios

2- la firma o razón social y el objeto de esta.

3- el nombre de los socios autorizados para obrar y firmar por la compañía.

4- el tiempo que dura la sociedad.

5- el domicilio de la sociedad

6- la especie de los negocios a que se dedica.

7- el capital

8- el nombre del comisario, como contador de la empresa.

9- la facultades de la asamblea y las condiciones para la validez de sus deliberaciones y para el ejercicio del derecho al voto.

Contrato de obra.

Es aquel contrato mediante el cual una persona se obliga a realizar un trabajo bien sea personalmente o bajo subdirección mediante el pago de un precio.

Característica del contrato de trabajo. (Obra)

1- el trabajo que va a realizar la persona tiene que ser de orden material, es decir que debe tener una traducción física en el ambiente.

2- La persona que se obliga a realizar el trabajo debe realizarlo por si o bajo su dirección.

3- Debe existir la estipulación de un precio.

4- Es un contrato Bilateral por que tanto el que manda a hacer la obra como el obrero se obligan desde el mismo momento en que nace la relación contra el cual.

5- Es un contrato consensual porque se perfecciona desde el mismo momento en que las partes se ponen de acuerdo sobre la obra a ejecutar y el precio a pagar

6- es un contrato oneroso porque cada quien se obliga en virtud de recibir una contraprestación de la otra parte.

Obligaciones del obrero (empresario o contratista)

1- llevar a cabo la ejecución de la obra. Amoldándose a todas las especificaciones señaladas en el contrato.

2- no puede realizar obras que no hayan sido prevista dentro del contrato.

3- puede a verse obligado a suministrar los materiales con los que va a trabajar, o puede a verse obligado a realizar el trabajo sin suministrar el material.

4- responde no solamente por la culpa en e pueda incurrir sino por la culpa de las personas que están bajo su dirección.

5- entregar la obra al vencimiento del plazo convenido.

Unidad 6.

*Hechos ilícitos.

Son actos voluntarios contrario a las leyes que causan un daño imputable al agente en razón de su dolo o culpa.

Así tenemos el artículo 1185. El código civil venezolano establece el que con intención o por negligencia o por imprudencia, a causado un daño otro está obligado a reparar.

* Nacimiento de la responsabilidad civil.

La obligación de reparar el daño causado por un hecho ilícito, se extiende a todo daño material o moral causado por el acto ilícito.

El juez puede especialmente, acordar una indemnización a la víctima en caso de lesión estableciendo un atentado a su honor, reputación o a los de su familia, a su libertad personal como también en el caso de violación de su domicilio o de un secreto concerniente a la parte lesionada.

El juez puede igualmente conceder una indemnización a los parientes, a fines o cónyuge como reparación del dolor sufrido en caso de muerte de la víctima.

*Diferencia entre civil y penal.

La diferencia es bien sencilla y bien clara, el Código Civil se dedica a regular las relaciones entre personas, entre su convivencia, relaciones contractuales entre personas, todos son asuntos civiles.

El Código Penal regula las infracciones penales; es decir todas aquellas conductas humanas que o bien son un delito o una falta, en cualquier caso conlleva pena de prisión, multa y te genera antecedentes.

Civil.

- Establece Castigos

Penal.

- Soluciona el daño causado.

* Clases de culpa.

1.

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