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Enviado por   •  18 de Octubre de 2012  •  985 Palabras (4 Páginas)  •  224 Visitas

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DELITO DE CONTRABANDO

CONTRABANDO es el comercio o producción prohibidos por la legislación vigente. Productos o mercancías que han sido objeto de prohibición legal. Lo ilícito o encubierto. Antiguamente, de ahí su etimología, lo hecho contra un bando o pregón público”

El tema del Contrabando en Venezuela es muy importante, ya que los contrabandistas buscan evadir las zonas fronterizas al no pagar los tributos correspondientes de esta forma no asumen costos de producción, lo que permite hacer una competencia desleal ofreciendo un producto más barato pero de menor calidad.

El contrabando es un carcinoma, que debe ser combatido con todos los recursos posibles, fortaleciendo uno de los más fuertes de los recursos: el capital humano, la capacidad del ciudadano por hacer cumplir las leyes, por apegarse a los principios rectores de la honestidad, prudencia y templanza en sus accionar. Desde este lado no perdemos nuestras convicciones por tener un país próspero, que sacrifique la libertad por el progreso, la libertad y el progreso deben ir de la mano.

En Venezuela el régimen sancionador en materia de contrabando está regulado por la Ley Orgánica de Aduanas y en la actualidad por la Ley Sobre el Delito de Contrabando, estas normas jurídicas posee su propio sistema, normas distintas y autónomas, es creado con la finalidad de fomentar y proteger la economía nacional, buscando el desarrollo exitoso de los intercambios comerciales entre países respetando las zonas fronterizas, a fin de que no exista ningún tipo de interferencia con el funcionamiento de dichas reglas.

En cuanto a los elementos del Delito de Contrabando se determina,

• a).- Hecho, acción u omision

• b).- Tipicidad

• c).- Juicio de culpabilidad.

Hecho, Las acciones u omisiones, en su conjunto o separadamente, constituyen la conducta humana, pero sí esas acciones u omisiones están detalladas en una ley como delito, la conducta es delictual y merece pena.

Ley Sobre el Delito de Contrabando artículos 3 y 4 ejusdem son el catálogo del hecho típico. Código Penal Venezolano en su artículo 1 establece: “Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviese expresamente previsto como punible por la ley...”, obsérvese como este artículo señala que nadie podrá ser castigado por un hecho que no este reglamentado y el elemento del acto se considera en el sólo hecho a la acción u omisión espontánea y voluntaria que produce un resultado y por ende, se considera que no hay delito sin la existencia de un hecho.

La Tipicidad: El elemento mencionado considera que el “delito no muere se transforma”; en la Ley Sobre el Delito del Contrabando de 2005, asume que los que los hechos que están tácitamente enunciados son los que verdaderamente se deben considerar. Razón por la cual el Contrabando es un delito y por ende deben establecerlos de forma clara y precisa para poder castigarlos. Este elemento está estrechamente relacionado con el Principio Constitucional de Legalidad; este principio está establecido en el artículo 317 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, el mismo considera que no se puede cobrar impuestos, tasa ni contribución que no esté reglamentado en una ley, además aclara en sus segundo párrafo establece que la Evasión Fiscal, sin perjuicio de otras sanciones establecidas por la ley, podrá ser castigadas penalmente; de lo anterior, este principio es positivo para todos los ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto les asegura que sólo

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