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Investigación de Prevención de Riesgos

vcvidalSíntesis1 de Abril de 2015

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NOTIICACION DE ACCIDENTE LABORALES

Investigación de Prevención de Riesgos

Instituto IACC

Desarrollo

Redacte un procedimiento de trabajo para que los mandos intermedios realicen la investigación y notificación de accidentes de trabajo.

Todo trabajador se encuentra cubierto por el Seguro Social contra Riesgos de accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y tiene derecho a recibir las prestaciones médicas y pecuniarias, dispuestos en la Ley Nº16.744.

EN CASO DE SUFRIR UN ACCIDENTE DEL TRABAJO

1. El trabajador accidentado debe dar aviso a su jefe directo de lo ocurrido, pudiendo hacerlo un compañero de trabajo, un integrante del Comité Paritario o cualquier trabajador que tenga conocimiento de los hechos, dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente, en las Oficinas de Personal de cada establecimiento.

2. El trabajador accidentando debe dirigirse a un centro de atención médica, dando a conocer que el accidente es de tipo laboral.

3. El jefe directo informa del accidente en la Oficina de Personal, y éste realiza una declaración Individual de Accidente de Trabajo y la envía al organismo administrador o INP.

4. El accidentado tiene derecho de elegir el lugar de atención entre los Hospitales u organismo administrador (Mutual, ACHS, etc.)

EN CASO DE ACCIDENTE DE TRAYECTO

El accidente de trayecto es aquel que ocurre entre el lugar donde pernocta el trabajador y el trabajo, ida y regreso. Se deberá seguir los mismos pasos mencionados en caso de accidente del trabajo y acreditarlo con un parte policial, un testigo de lo ocurrido o cualquier otro medio de prueba igualmente fehaciente. Este documento deberá adjuntarlo a la "Declaración Individual de Accidentes del Trabajo".

RECUERDE

Si el médico tratante otorga licencia médica por cualquiera de los casos de accidentes laborales anteriormente mencionados, esta licencia debe estar tipificada como "5" y deberá ser presentada al empleador dentro de las 48 horas siguientes, a continuación el empleador tendrá tres días para tramitarla en la Compin.

EN CASO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL

Si usted tiene síntomas que le hacen sospechar que su molestia es de origen laboral, debe acudir a un médico para su atención, llevando una Declaración Individual de Enfermedad Profesional.

• Si el médico diagnostica que los síntomas son de tipo laboral, éste deberá completar y firmar la Declaracion Individual de Enfermedad Profesional y emitirá una licencia tipo 6 (enfermedad profesional), los que deben ser presentado en la Oficina de Personal del establecimiento.

• La Of. de Personal tramita la licencia con la DIEP (Declaracion Individual de Enfermedad Profesional) en COMPIN, la que determinará si corresponde como licencia por esta causa.

• Si se determina que corresponde como enfermedad profesional, se envía una resolución del COMPIN al INP u organismo Administrador para que este último entregue las prestaciones médicas y pecuniarias correspondientes.

• El proceso para determinar una enfermedad profesional no es inmediato, por lo cual durante este proceso el trabajador debe continuar con el tratamiento y reposo indicado.

REEMBOLSO DE SUBSIDIOS

La empresa u organismo público al que pertenece el trabajador, deberá solicitar él o los reembolsos en la Sucursal u Oficina del INP, Mutual, ACHS, Etc. Donde se denunció el accidente y se recibió la Orden de Atención con los siguientes documentos:

 Solicitud de Reembolso Ley 19.345.

 Formulario Individual Cálculo de Reembolso Subsidio Ley 19.345

 Licencia (s) Médica (s) visada (s) por la COMPIN

La Sucursal,

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