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JERARQUIA DE LAS LEYES SEHUN HANS KELSEN


Enviado por   •  21 de Abril de 2013  •  421 Palabras (2 Páginas)  •  2.221 Visitas

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JERARQUIA DE LEYES SEGUN HANS KELSEN

Hans Kelsen es considerado como el padre del positivismo jurídico. Según esta corriente el Derecho es una obra que proviene del Estado, ya que éste es el único facultado mediante una norma primigenia constitucional para el diseño del cuerpo normativo jurídico, el cual le dará forma y contenido a la regulación de la vida social.

Hans KelsenHans Kelsen fue un jurista, filósofo y político austríaco de origen judío, nació en Praga en el año de 1881 y murió en Berkeley, California, Estados Unidos en 1973.

El orden de importancia que guardan las normas jurídicas en relación con la constitución, que por considerarse ley suprema o norma hipotética fundamental (como la llama el jurista austriaco HANS KELSEN) se ubica en el grado mas alto de la pirámide, es lo que constituye la jerarquía de la leyes.

De acuerdo con la doctrina, puede sistematizarse de la manera siguiente:

NIVEL FEDERAL NIVEL LOCAL

1.Constitución federal 1. Constitución local

2.Leyes federales y tratados internacionales 2. Leyes ordinarias

3. Leyes ordinarias 3. Leyes reglamentarias

4. Leyes reglamentarias 4. Leyes municipales

5. Normas individualizadas 5. Normas individualizadas

NIVEL FEDERAL

La constitución federal es el ordenamiento jurídico supremo del estado. Contiene los derechos fundamentales del individuo, la conformación del Estado mexicano y la organización de los poderes públicos de éste.

Las leyes federales son aquellas normas cuya aplicación alcanza a todas las entidades federativas que integran la República mexicana.

Los tratados internacionales, al igual que las leyes federales, ocupan un segundo lugar en el orden de la jerarquía. Son acuerdos que celebran dos o más estados a nivel internacional. Son celebrados por el presidente de

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la república y deben ser aprobados por la cámara de senadores para ser obligatorios.

Las leyes ordinarias son las que emite el Congreso para la aplicación de preceptos o materias reguladas por la Constitución. La doctrina las ha dividido en dos: orgánica y las de comportamiento. Las leyes orgánicas contemplan la organización de los poderes públicos. Las leyes de comportamiento buscan regular la conducta del particular, aunque puede existir

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