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Justiniano Y El Corpus Iuri Civilis


Enviado por   •  25 de Agosto de 2011  •  474 Palabras (2 Páginas)  •  1.337 Visitas

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Así, estas dos fuentes del Derecho, los iura, o derecho emanado de los jurisconsultos, y las leges, surgidas de los emperadores, originaron una gran cantidad de normas, a veces contradictorias entre sí.

Para ordenar este caos que creaba dificultades en la interpretación y aplicación del derecho vigente, hubo varios intentos de ordenamientos. Así lo intentaron Paulo, Papirio Justo y Ulpiano, entre otros, pero no pudieron solucionar la confusión reinante.

El Emperador Diocleciano, ordenó la redacción de dos Códigos: el Gregoriano y el Hermogeniano. A principios del siglo V, el emperador Teodosio II ordenó la redacción del Código Teodosiano. Todos estos códigos trataron de poner orden a las leges o constituciones imperiales.

Para ordenar el ius, o sea la respuesta de los jurisconsultos, el emperador Adriano, que gobernó entre los años, 117 al 138, resolvió que deberían tenerse en cuenta las opiniones de aquellos que gozaban del ius publice respondendi.

El emperador Constantino, en ejercicio del poder entre los años, 306 al 337, resolvió negar autoridad a las notas de Paulo, Ulpiano y Marciano, sobre Papiniano, exceptuando de dicha prohibición a las sentencias de Paulo. Con respecto a estos intentos de poner orden en los iura, merece destacarse la Ley de Citas, en el año 426, época de los emperadores Teodosio II y Valentiniano III. La famosa ley estaba contenida en el Código teodosiano.

La ley de Citas, asignaba valor legislativo a las obras de cinco de los más grandes prudentes romanos: Papiniano, Paulo, Ulpiano, Gayo y Modestino, así como a juristas anteriores que estuvieran citados por ellos. En caso de divergencia, el Juez debía atenerse a la opinión de la mayoría. A igualdad de pareceres, el Juez debía tener en cuenta la opinión del grupo en que figurara Papiniano, y si éste no hubiera emitido opinión, recién el Juez, podía decidir según su criterio. Esta Ley fue muy criticada ya que se l

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e objetó haber establecido un Tribunal de Muertos, ya que esos juristas ya habían perecido a ese momento.

EL CORPUS IURIS CIVILES DE JUSTINIANO

En el año 527, Justiniano asume como emperador, del Imperio romano de Oriente, desarrollando una imponente obra política, religiosa y jurídica. En este último aspecto, la redacción de un cuerpo legal que unificaba el derecho vigente, lo inmortalizó, sirviendo de fundamento a los demás países civilizados para la codificación de su derecho.

Contó con el aporte de los más grandes juristas de su tiempo: Triboniano (500-547) un exitoso abogado de Constantinopla, Teófilo, maestro de Constantinopla y Doroteo, profesor de jurisprudencia de la escuela de Berito.

La

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