La Constitucion Mexicana
gabbi259 de Abril de 2014
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La Constitución Mexicana y las garantías individuales
Noticia No.1
Título de la nota: Alcoholímetro vulnera garantías individuales
Fecha: 20-Dic-2012
Fuente: Milenio
De qué trata la noticia: de que las autoridades no dan a elegir a los ciudadanos entre multa o arresto después de no haber aprobado el examen del alcoholímetro
Protagonistas: Constitucionalistas de la Universidad Autónoma Metropolitana
Garantía o garantías violadas, por número y detalle del tipo de garantía violada: elegir entre multa y arresto tal y como prevé el párrafo cuarto del artículo 21 de la Carta Magna, correspondiente a las garantías individuales
Noticia No.2
Título de la nota: Retenes Violan Garantías Individuales
Fecha: 18-Mayo-2012
Fuente: Sin Censura
De qué trata la noticia: los famosos retenes son ilegales, pues vulneran las garantías individuales de los ciudadanos, algo que, al parecer, desconocen las corporaciones que en ellos participan, pues siguen aplicando estas medidas a pesar de ser violatorias de los derechos constitucionales de los mexicanos.
Protagonistas: Orlando Espino y Fernando Rangel de león.
Garantía o garantías violadas, por número y detalle del tipo de garantía violada: El Artículo 11 de la Carta Magna Mexicana establece que “Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto u otros requisitos semejantes”. Es decir, el artículo 11 garantiza el libre tránsito de los ciudadanos y residentes de este país, garantía que es flagrantemente violada por las fuerzas del orden que participan de los operativos, quienes detienen para su revisión vehículos sin placas, de procedencia extrajera o camionetas pick up, siendo ese casi el único de los criterios utilizado para detener a los conductores.
Por su parte, el Artículo 16 Constitucional establece que “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”. Si las fuerzas del orden que participan en los retenes cumplieran con este precepto constitucional, deberían presentar la orden de cateo correspondiente a cada uno de los conductores que detienen, cosa que no sucede, por lo que con esta acción se viola otra de las garantías individuales de los ciudadanos que son detenidos y revisados.
Rangel detalló que además de los artículos anteriormente citados “se contraviene el artículo 29 de la Constitución que dice que la suspensión de las garantías individuales nada más puede ser colectiva y no circunscrita a una persona determinada, y tendrá que ser acordada por el presidente de la república, los secretarios de estado y el procurador general de la república con la aprobación del Congreso del Estado, solamente así se pueden suspender las garantías individuales”.
Noticia No.3
Título de la nota: Violación policiaca a garantías individuales y derechos humanos.
Fecha: 25-Agosto-2010
Fuente: La Jornada Jalisco
De qué trata la noticia: el presidente municipal de Guadalajara miente al no cumplir con su palabra cuando declara públicamente que los policías bajo su mando, no molestarían a las personas que circulan por las calles de la ciudad o que se reúnen en los espacios públicos y sin embargo no dejan de hacerlo, por ejemplo en el parque revolución, el parque Morelos, el parque Grecia, ubicado en frente al parque agua azul, la plaza Juárez, la plaza tapatía, donde en los últimos días han a retenido a los jóvenes que ahí se reúnen con el pretexto de hacer la llamada revisión de rutina.
Protagonistas: Rafael Sandoval Álvarez.
Garantía
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