La Nueva Constitucionalidad Ambiental
gonzaloarevalos22 de Octubre de 2013
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Título abreviado: LNIA
LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL
Gonzalo Arévalo S
Evaluación de Impacto Ambiental
Instituto IACC
11-01-2013
Desarrollo
Instrucciones: identificar y describir las funciones del Ministerio del Medio Ambiente y del Servicio de Evaluación Ambiental.
Respuesta.
Ministerio del Medio Ambiente: se define como la entidad o institución de Gobierno, encargada de asistir al Presidente de la República en la confección e implantación de los programas, políticas y planes medioambientales y todos aquellos temas que involucre la prevención de la contaminación para un desarrollo sustentable de nuestro país. Las funciones del Ministerio del Medio Ambiente serán las siguientes:
• Presentar políticas ambientales e informar constantemente sobre sus adelantos y desempeño.
• Proponer políticas, planes y programas y supervisar el sistema nacional de áreas protegidas del estado, incluidas las áreas protegidas privadas.
• Patrullar las áreas marinas costeras protegidas de variados usos.
• Custodiar el cumplimiento de los tratados internacionales, de que Chile sea parte en materias medioambientales.
• Asistir a los ministerios sectoriales en la formulación de criterios ambientales que deben ser incorporados en la elaboración de planes y políticas.
• Auxiliar a los organismos competentes, para el manejo de recursos hídricos y recursos naturales renovables.
• Promover políticas y confeccionar normas, planes y programas para el manejo de residuos y suelos contaminados.
• Proponer políticas y planes de acción en factores de cambio climático.
• Formular políticas, planes, normas, programas y acciones que favorezcan la recuperación y conservación de la flora y fauna, recursos hídricos y todo tipo de ecosistemas dañados.
• Confeccionar e implantar estudios de investigación de la diversidad biológica y administrarlos en una base de datos, actualizados.
• Participar en la elaboración de presupuestos medioambientales sectoriales, originando su coherencia con la política ambiental nacional.
• Promover la participación ciudadana en materias ambientales, creando conciencia en las comunidades, para la prevención de la contaminación y protección de la naturaleza.
• Coordinar el proceso de elaboración de normas de calidad ambiental, de emisiones, planes de prevención y descontaminación, estableciendo las metodologías para su cumplimiento.
• Elaborar cada 4 años informes sobre el estado del medio ambiente a nivel nacional, regional y municipal, quedando estos informes de libre acceso para el público en general.
• Gestionar un registro de emisiones y transmisión de contaminantes.
• Instaurar un método de información publica sobre el cumplimiento y aplicación de la normativa ambiental vigente.
• Financiar planes y actividades orientados a la protección del medio ambiente, educación ambiental, participación ciudadana y desarrollo sustentable.
• Fomentar la capacitación y la modernización técnica de los empleados públicos respectivos, en materias medioambientales.
• Entre otras…
El Ministerio del Medio Ambiente asumirá todas las demás funciones que la Ley 20.417 le encomiende.
Servicio de Evaluación Ambiental: se define como la entidad o institución del Estado, administrada por un Director Ejecutivo, quien tendrá representación legal y deberá conocer el recurso de reclamación establecido en la Ley de la Nueva Institucionalidad Ambiental, entre otras cosas. El Servicio de Evaluación Ambiental regida por su Director, se encargada de administrar las siguientes funciones:
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