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La Reinvindicacion


Enviado por   •  22 de Agosto de 2013  •  646 Palabras (3 Páginas)  •  267 Visitas

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LA REINVIDICACION

La Reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor ella sea condenado a restituírsela.

ALCANCE Y EFECTOS JURIDICOS DE LA ACCION.

Por la acción reivindicatoria el actor no pretende que se declare su derecho de dominio, puesto que afirma tenerlo, sino que demanda que el juez lo haga reconocer o constar y como consecuencia, ordene la restitución de la cosa a su poder por el que la posee.

Casos que no procede la reivindicación

a) Contra las que ya adquirieron la cosa por prescripción

b) Contra los terceros poseedores de buena fe que hayan inscrito sus títulos en registro de la propiedad.

c) Contra los demás terceros poseedores de buena fe, sin la acción reivindicatoria es consecuencia de la rescisión del contrato.

COSAS QUE PUEDEN SER REINVINDICADAS

a) Las cosas corporales, raíces y muebles.

b) Los demás derechos reales, excepto el derecho real de herencia, que produce la acción llamada petición de herencia.

c) Una cuota determinada proindiviso de una cosa singular.

QUIEN PUEDE REINVIDICAR

a) En principio, solo puede reivindicar el propietario

b) El que ha perdido posesión regular de la cosa.

DIFERENCIAS ENTRE LAS ACCIONES REINVIDICATORIA Y PUBLICIANA.

a) El que entable la acción reivindicatoria propiamente dicha debe probar el dominio, mientras que el demandante de la publiciana solo debe acreditar haber adquirido una posesión regular hábil para ganar la cosa por prescripción

b) La reivindicación puede ejercitarse contra cualquier poseedor

PRUEBA DEL DOMINIO

Sujeto el cual recae la carga de la prueba. El Demandante debe probar los supuestos de la acción que entabla y el demandándolos de la excepción que valer, y como el primer supuesto de la acción reivindicatoria es que el demandantes dueño de la cosa que pide le sea restituida, a el corresponde probarlo pues además, el demandado poseedor tiene a su favor la presunción de ser propietario, mientras otra persona no justifica serlo.

Juicio en que el Fisco reivindica tierras que carecen de otro dueño. Son bienes del estado todas las tierras que, estando situadas dentro de los límites territoriales, carecen de otro dueño.

Posesión de la cosa por el Demandado. Otro supuesto de la acción

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