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La administración pública

darianyrubioEnsayo20 de Febrero de 2013

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UNIDAD I: TEMA 1 – LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Cuando hablamos de la Administración Pública no necesariamente se habla de administración de recursos, sino más bien del cumplimiento de funciones y obligaciones establecidas en las leyes.

1.- Administración: Es toda actividad pública y privada para cumplir fine requeridos por los hombres. También es el conjunto de entidades u órganos que la ejercen. En el primer sentido se usa cuando se habla de la idónea administración de empresa, y en el segundo caso, en sentido objetivo que es ordenar económicamente los medios.

1.1.- Evolución del concepto de Administración: El concepto de administración no siempre fue el mismo, fue evolucionando con los diversos aportes de las distintas doctrinas que intervinieron en ello.

1.2.- Aportes de las escuelas en la formación del concepto:

Doctrina Germánica:

a) Escuela Alemana: Otto Mayer a finales del Siglo XIX y principios del siglo XX, contempla la administración como una actividad del Estado que se ejerce bajo la autoridad del orden jurídico que él debe establecer. Por lo tanto, la administración es la Actividad del Estado para Realizar sus fines, bajo un orden jurídico.

b) Escuela Vienesa: (Hans Kelsen y Adolf Merkl) Estos establecen que la Administración es la Actividad ejecutiva condicionada por las instrucciones mediante las cuales se interpreta la Ley.

Doctrina Francesa:

a) Escuela de Burdeos: Bonnard define la función Administrativa como la función del Estado que trata de asegurar el funcionamiento de los servicios públicos, agregando los actos por medio de los cuales realiza su objeto.

b) Escuela Tolosa: Este establece que El servicio público es la obra que la Administración Pública debe realizar y el poder Público es el medio de realización.

Doctrina Italiana: La administración es la actividad del Estado para realizar sus fines. Por lo tanto, Zanobini expresa que es la actividad práctica que el estado desarrolla para atender de manera inmediata, los intereses públicos que toma a su cargo para el cumplimiento de sus fines.

Criterio de Eloy Lares Martínez: La Administración es la Actividad realizada por la rama ejecutiva del Poder Público, es decir, por el conjunto de órganos estatales, regidos por relaciones de dependencia a los cuales corresponde ordinariamente la misión de ejecutar las leyes.

Criterio de Salvador Leal: Es la función de los órganos del Estado cuya actividad se concreta manifiestamente por si misma con un mayor o menos grado de discrecionalidad, y a través de actos formales y materiales revisables jurisdiccionalmente.

1.3.- Administración en Sentido orgánico o subjetivo y administración en sentido objetivo o sustancial: En sentido Organico o Subjetivo son un conjunto de entes u órganos encargados de ejercer la actividad o función de hacer cumplir las leyes, ese cuerpo o conjunto de órganos constituye la Administración Pública. En cuanto a la Administración en Sentido objetivo o sustancial es la actividad, tarea o función del Estado.

1.4.- Características de la Administración Pública:

1) Es de orden Público.

2) Es de Carácter sub-constitucional y sub-legal.

3) Es concreta en contraposición a lo abstracto.

4) Es tangibles.

5) Es discrecional.

6) La actividad es realizada por ella misma, también decide cuando actuar.

7) Esta organizada jerárquicamente.

8) Sus actos son revisables jurisdiccionalmente.

1.5.- Diferencias entre la Administración Pública y Privada:

Adm. Pública Adm. Privada

a. Se rige por normas de derecho público. En algunos casos se pueden tomar normas del derecho privado. a. Se rige por normas de Derecho Privado

b. Se dirige a obtener beneficios generales o colectivos. No hay fin de lucro b. Se dirige a obtener beneficios particulares y/o individuales. Hay fin de lucro.

c. Su actividad está relacionada con el Derecho Público c. Su Actividad está relacionado con el Código civil y el de Comercio.

d. Su funcionamiento está dirigido por el estado. d. Su funcionamiento está dirigido por particulares.

1.6.- La Función Administrativa en el Ámbito de las Funciones del Estado: Si bien es cierto que la tarea fundamental del poder ejecutivo es administrar como lo establece la Constitución (Art. 236 Ord 11), “Administrar la Hacienda Pública Nacional”, así como la del legislativo es elaborar las leyes y la del Judicial es aplicar las leyes o hacer justicia, en realidad todos los poderes administras en un momento determinado aunque no sea su principal tarea o función.

Ejemplo: La Asamblea Nacional como exponente del Poder legislativo, elabora las leyes, pero cuando la Asamblea Nacional contrata personal, despide persona, concede autorizaciones de ley al poder ejecutivo, licita la compra de materiales o bienes entre otros, está realizando “Actos Administrativos” independientemente de su función primordial.

TEMA 2 – DERECHO ADMINISTRATIVO

Es el Derecho Aplicable en todas las relaciones humanas y sociales en las cuales el Estado entra en juego. Es de “Derecho Público Interno”: Es Público porque no existe lucro, y es de Ámbito Interno porque solo regula hacia dentro del estado. También es un “Derecho joven” en comparación con otros derechos, y está en plena evolución y formación. Y su Tarea es arbitrar los cauces jurídicos necesarios para la defensa de los Derechos Colectivos.

2.1 Definiciones de Derecho Administrativo:

1) Definición Legalista: La considera como un conjunto de leyes que tiene por objeto la organización y la materia propia de la Administración.

2) Definición de los Servicios Públicos: Conjunto de reglas relativas a los servicios públicos (No se aplica).

3) Criterio de Disciplina referente a la Administración: Se expresa que es una suma de normas jurídicas que regulan aquella actividad ejecutiva condicionable por las instrucciones (No son suficientes).

4) Definición Amplia: Manifiesta que es la rama del Derecho Público Interno, que comprende las normas del ordenamiento jurídico positivo y los principios de la jurisprudencia y la doctrina aplicables a la estructura y funcionamiento de la Administración.

5) Otra Definición: Es un conjunto de normas y principios que regulan la actividad de los órganos del Estado cuando su actividad es la de gestión de los recursos para la satisfacción de necesidades concretas e inmediatas con un margen mayor o menos amplitud de discrecionalidad.

2.1.1.- Etapas y evolución del Derecho Administrativo:

Teoría del Interés: Según esta teoría la naturaleza del interés tutelado por la norma jurídica determina su ubicación en el Derecho Público (normas protectoras de Intereses generales) o en el Derecho Privado (normas protectoras de Intereses Individuales).

Teoría de la naturaleza de la relación jurídica regida por la normas: Según esta concepción el derecho puede crear entre las personas 2 clases de relación: De coordinación (Las personas a quienes se les aplican están en un plano de igualdad) y De Subordinación (No hay igualdad entre las personas a quienes rige la norma, sino superioridad de un sujeto a otro).

Teoría Basada en la Calidad de las personas cuyas relaciones regulan las normas jurídicas: Zanobini Expresa que son de derecho público las reglas de derecho destinadas a regular las relaciones jurídicas en las cuales aparece el Estado o una de las entidades estatales menores. Asimismo, son de derecho privado todas las disposiciones que regulan las relaciones entre personas privadas. Pero a veces el Estado realiza operaciones patrimoniales con los particulares y en tal caso se someten al Derecho Privado.

2.1.2.- Derecho Administrativo como Derecho Público: El derecho Administrativo se ubica dentro del Derecho Público, éste a su vez se divide en:

 Interno: Son ramas del derecho público interno el Derecho Constitucional, Administrativo, penal, procesal, financiero y minero.

 Externo: El Derecho Internacional Público y el Derecho Público eclesiástico.

El derecho Administrativo es derecho público interno porque su objeto de estudio es la administración pública y ella a su vez es parte fundamental de la estructura del Estado.

2.1.3.- El Derecho Administrativo como sistema normativo y como disciplina científica: Es una Ciencia porque tiene su objeto y método propio. Y es un sistema normativo porque está integrado por varios elementos para la ayuda de solución de problemas: Normas jurídicas, jurisprudencia, doctrina, principios generales del derecho, analogía, derecho comparado, historia y costumbre.

2.2.- Objeto del Derecho Administrativo: Su objeto de estudio es la Administración Pública, su régimen jurídico, organización, estructura y funcionamiento.

2.2.1.- Objetivos del Derecho Administrativo: a. Darle legalidad a la Administración Pública. b. Regular la actividad, estructura y funcionamiento del Estado y sus relaciones con otros Estados, organismos o entes estatales y particulares.

2.3.- Relaciones del Derecho Administrativo con otras ramas del derecho:

1) Constitucional: Porque las normas de derecho administrativo están subordinadas a la Constitución.

2) Procesal: Hay litigios que tienen su origen en las controversias administrativas y algunos de ellos se resuelven en los tribunales, es decir, la revisión jurisdiccional.

3) Penal: La existencia de una potestad disciplinaria en las autoridades administrativas con la finalidad de mantener en la administración el orden y obligar a los empleados públicos a observar una conducta

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