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Administracion Publica


Enviado por   •  2 de Marzo de 2013  •  1.895 Palabras (8 Páginas)  •  478 Visitas

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Resumen

La administración pública es una organización compleja, su estructura parte en primer término del diseño constitucional de los poderes públicos y su relación: que función tiene el ejecutivo, cuáles son sus ámbitos de actuación, qué relación hay con la administración pública, cuáles son las formas de la organización administrativa que función desempeñan las dependencias y entidades.

La definición central será la distinción constitucional entre administración centralizada y paraestatal. Los conceptos de centralización, desconcentración y descentralización serán tratados con técnicas de organización administrativa que establecen ámbitos de actuación, diseños institucionales y relaciones entre los órganos administrativos.

En la actualidad, la tendencia es el acercamiento al modelo estadounidense de de organización administrativa.

Constitución y organización administrativa

La constitución define un régimen presidencial, el ejecutivo tiene diversas funciones relacionadas con la administración.

1. Es el jefe de la administración pública, la cual lo auxilia en la función administrativa.

2. Como responsable de la administración pública decide la orientación de las políticas públicas.

3. En el ámbito administrativo, la facultad reglamentaria del ejecutivo es una facultad originaria y no delegada por el Congreso.

4. La organización fundamental de la administración pública es decidida constitucionalmente y la ley tiene una función privilegiada en la determinación de las competencias y en la relación inter-orgánica que existe entre ambas formas de organización administrativa.

Las formas de la organización administrativa

Con el objetivo de conocer los sujetos que componen la administración pública, la identificación de los sujetos lleva a precisar sus caracteristicas orgánicas. El cruce con las funciones permite destacar la conexión entre el tipo de sujeto y su idoneidad jurídica y funcional con el tipo de actividad administrativa. Entendimiento de las relaciones entre los órganos dentro de la administración centralizada, o de esta con la paraestatal, explica la forma en que el diseño considera el desempeño de cada órgano con su función, y la necesaria vinculación con los responsables de la conducción.

La administración publica napoleónica en un inicio y luego la administración para la gestión de los servicios públicos y la empresa pública.

La administración pública centralizada

La técnica de la centralización, tiene su modelo histórico en la administración napoleónica, las definiciones de esta forma de organización son pacíficas al precisar.

La centralización, además de ser una forma de organización administrativa, es una técnica de organización o diseño de relaciones intraorganicas basada en la jerarquía. Los instrumentos que objetivizan la técnica son la presencia e intensidad de diversos poderes: mando, nombramiento, vigilancia, revisión, disciplinario, presupuestario y de resolución de conflictos de competencia.

Poderes de la relación de jerarquía

Poder de mando

Es la facultad de ordenar o dar instrucciones de los funcionarios superiores a los inferiores, sea señalando lineamientos para el ejercicio de sus funciones o predeterminando el sentido de los actos administrativo. El mando se traduce en facultades de conducción y decisión de políticas que se concentran en funcionarios superiores: el Ejecutivo y los secretarios de Estado, principalmente.

El complemento del poder de mando es el deber de obediencia de los funcionarios inferiores. El cumplimiento de tales deberes de la relación de subordinación tiene como consecuencia la responsabilidad administrativa o laboral.

Poder de nombramiento y remoción

Es la facultad de las autoridades superiores para designar a los titulares de los órganos que les están subordinados. La facultad depende del tipo de órgano que la ejerza, de la jerarquía normativa y del tipo de cargo cuyo titular se designa. El ejecutivo, goza de una atribución constitucional para designar libremente a sus secretarios de Estado y a otros funcionarios de la administración.

La atribución de remoción es la otra cara del nombramiento, puede ser libre o condicionada. Las limitaciones a la remoción deben ser decididas por criterios de esencialidad dada la función de gobierno y las justificaciones de autonomía de los órganos. El nombramiento y remoción son facultades de los órganos administrativos, pero también fincan la responsabilidad de quien las ejerce. Tales facultades hacen posible la responsabilidad, sea como base para la exigibilidad política de una buena administración, para la rendición de cuentas, o bien para extraer de la misma consecuencias jurídicas tales como la responsabilidad extracontractual.

Poder de vigilancia

Las facultades de revisión, surgen del deber del funcionario de cumplir sus funciones, incluye el buen funcionamiento de sus subordinados. El artículo 8º. Fracción XVII, de la ley federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos señala como uno de los deberes de estos

Supervisar que los servidores públicos sujetos a su dirección, cumplan con las disposiciones de este artículo. Es importante revisar las reglas de responsabilidades dependiendo de la materia. El derecho administrativo señala en efecto jerarquías y a la vez la distribución de responsabilidades; la organización, a su vez, impacta en las reglas específicas de responsabilidad.

Poder disciplinario

La facultad del superior para imponer correctivos o sanciones por la transgresión de los deberes del servidor público. El poder disciplinario es una forma de garantizar la eficacia del poder de mando. La similitud que guarda la sanción disciplinaria con las sanciones administrativas, su naturaleza es diversa y su régimen jurídico difiere, el derecho disciplinario parte de la relación jurídica de dependencia del servidor, de la función pública que realiza, el Derecho sancionado, en cambio, dirige a los administrados.

La consecuencia es delicada, ya que la eliminación del poder disciplinario puede tener consecuencias para la efectividad del poder de mando y en el desempeño de la función administrativa. El poder disciplinario

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