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Las Normas Internacionales de Auditoría

sombyInforme16 de Noviembre de 2012

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QUÉ SON LAS NIAS?

Las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs) se deberán aplicar en la auditoría de los estados financieros. Las NIA también deberán aplicarse, adaptadas según sea necesario, a la auditoría de otra información y a servicios relacionados.

Las Normas Internacionales de Auditoría deben ser aplicadas, en forma obligatoria, en la auditoría de estados financieros y deben aplicarse también, con la adaptación necesaria, a la auditoría de otra información y de servicios relacionados. En circunstancias excepcionales, un auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría. Cuando tal situación surge, el auditor deberá estar preparado para justificar la desviación.

Las NIAS (Normas Internacionales de Auditoría) se adoptan según el siguiente detalle:

Información Introductoria

Asuntos Generales

Planeamiento

Control Interno

Evidencia de Auditoria

Utilización del Trabajo de Otros

El dictamen de Auditoría

Areas especializadas

Servicios Relacionados

Declaraciones de Auditoria

Se declara de aplicación obligatoria las Normas Internacionales de Auditoría Relacionados y las Declaraciones Internacionales para la Práctica de Auditoría

Tendrá vigencia a partir del 1º de julio de 2000

NEA: El Instituto de Investigaciones Contables de la Federación Nacional de Contadores Públicos del Ecuador ha determinado que las Normas Ecuatorianas de Auditoria sean adoptadas a partir del 1 de octubre de 1999

NIA (11) FRAUDE Y ERROR 240

FRAUDE Y ERROR EN LOS ESTADOS CONTABLES

Introducción

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la responsabilidad del auditor para de fraude y error en una auditoría de estados financieros sometidos a un examen.

Esta norma trata la responsabilidad del auditor para la detección de información significativamente errónea que resulte de fraude o error, al efectuar la auditoría de información financiera. Proporciona una guía con respecto a los procedimientos que debe aplicar el auditor cuando encuentra situaciones que son motivo de sospecha o cuando determina que ha ocurrido un fraude o error

La norma destaca que el auditor debe considerar el riesgo de la existencia de errores significativos y fraude en los estados contables, cuando planea la auditoría, ejecuta los procedimientos necesarios para tal fin y rinde el informe respectivo.

La norma distingue los fraudes de los errores e incluye sus características. Asimismo, destaca la responsabilidad primaria de la dirección del ente por la prevención y detección de los fraudes y errores que pudieran existir.

En vigor para auditorías de estados financieros por los periodos que comiencen en, o después del, 15 de diciembre de 2004.

Al planificar y efectuar procedimientos de auditoría y al evaluar y reportar los consiguientes resultados, el auditor debería considerar el riesgo de representaciones erróneas de importancia relativa en los estados financieros, resultantes de fraude o error.

El término “fraude” se refiere a un acto intencional por parte de uno o más individuos de entre la administración, empleados, o terceras partes, que da como resultado una representación errónea de los estados financieros. El fraude puede implicar:

Manipulación, falsificación o alteración de registros o documentos.

Malversación de activos.

Supresión u omisión de los efectos de transacciones en los registros o documentos.

Registro de transacciones sin sustancia.

Mala aplicación de políticas contables.

El término “error” se refiere a equivocaciones no intencionales en los estados financieros, como:

Equivocaciones matemáticas o de oficina en los registros subyacentes y datos contables.

Omisión o mala interpretación de hechos.

Mala aplicación de políticas contables.

Responsabilidad de la administración

La responsabilidad por la prevención y detección de fraude y error descansa en la administración por medio de la implementación y continuada operación de sistemas de contabilidad y de control interno adecuados. Tales sistemas reducen pero no eliminan la posibilidad de fraude y error.

Responsabilidad del auditor

El auditor no es ni puede ser hecho responsable de la prevención de fraude y error. El hecho de que se lleve a cabo una auditoría anual, sin embargo, actúa como un aminoramiento.

Evaluación del riesgo

Al planear la auditoría el auditor debería evaluar el riesgo de que el fraude y error puedan causar que los estados financieros contengan representaciones erróneas de importancia relativa y debería averiguar con la administración sobre cualquier fraude o error importante que haya sido descubierto.

Además de debilidades en el diseño de los sistemas de contabilidad y de control interno y del no cumplimiento con controles internos identificados, las condiciones o eventos que aumentan el riesgo de fraude y error incluyen:

Cuestiones con respecto de la integridad o competencia de la administración.

Presiones inusuales dentro o sobre una entidad.

Transacciones inusuales.

Problemas para obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría.

En el Apéndice se exponen ejemplos de estas condiciones o eventos.

Detección

Basado en la evaluación del riesgo, el auditor debería diseñar procedimientos de auditoría para obtener certeza razonable de que son detectadas las representaciones erróneas que surgen de fraude o error que son de importancia relativa a los estados financieros tomados globalmente.

Consecuentemente, el auditor busca apropiada evidencia suficiente de auditoría de que no ha ocurrido fraude y error que pueda ser de importancia para los estados financieros o que, si han ocurrido, el efecto del fraude está reflejado en forma correcta en los estados financieros o que el error está corregido. La probabilidad de detectar errores ordinariamente es más alta que la de detectar fraude, ya que el fraude ordinariamente se acompaña por actos específicamente planeados para ocultar su existencia.

Debido a las limitaciones inherentes el descubrimiento subsecuente de representaciones erróneas de importancia relativa de los estados financieros, resultantes de fraude o error existentes durante el período cubierto por el dictamen del auditor, no indica, en sí mismo, que el auditor haya dejado de apegarse a los principios básicos y procedimientos esenciales de una auditoría. Se puede determinar si el auditor se apegó a estos principios y procedimientos, por medio de la adecuación de los procedimientos de auditoría realizados en las circunstancias y lo apropiado del dictamen del auditor basado en los resultados de dichos procedimientos de auditoría.

Limitaciones Inherentes a una Auditoría

Una auditoría está sujeta al riesgo inevitable de que algunas representaciones erróneas de importancia relativa de los estados financieros no sean detectadas, aún si la auditoría está propiamente planeada y desempeñada de acuerdo con las NIAs.

El riesgo de no detectar representaciones erróneas resultantes de fraude es más alto que el riesgo de no detectar una representación errónea resultante de error, porque el fraude ordinariamente implica actos que tienen la intención de ocultarlo, tales como colusión, falsificación, falla deliberada en el registro de transacciones, o representaciones erróneas intencionales hechas al auditor. A menos que la auditoría revele evidencia en contrario, el auditor tiene derecho a aceptar las representaciones como verdaderas, y los registros y documentos como genuinos. Sin embargo, de acuerdo con NIA “Objetivo y Principios Generales que Gobiernan una Auditoría de Estados Financieros”, el auditor deberá planear y desempeñar la auditoría con una actitud de escepticismo profesional, reconociendo que pueden encontrarse condiciones o eventos que indiquen que puede existir fraude o error.

Mientras que la existencia de sistemas de contabilidad y control interno efectivos reduce la probabilidad de representaciones erróneas de los estados financieros, resultantes de fraude y error, siempre habrá algún riesgo de que los controles internos dejen de operar según fueron diseñados. Más aún, cualquier sistema de contabilidad y de control interno puede ser poco efectivo contra el fraude que implica colusión entre los empleados, o el fraude cometido por la administración. Ciertos niveles de administración pueden estar en posición de sobrepasar los controles que prevendrian fraudes similares por otros empleados; por ejemplo, dando direcciones a sus subordinados de registrar incorrectamente las transacciones o de ocultarlas, o suprimiendo información relativa a las transacciones.

Procedimientos cuando hay indicación de que puede existir fraude o Error

Cuando la aplicación de procedimientos de auditoría diseñados a partir de las evaluaciones del riesgo, indica la posible existencia de fraude o error, el auditor debería considerar el efecto potencial sobre los estados financieros. Si el auditor cree que el fraude o error que se indica

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