Ley 100 Resumen
libelulajecafes6 de Mayo de 2013
3.117 Palabras (13 Páginas)849 Visitas
según la legislación colombiana, el Sistema de Seguridad Social esta destinado para proporcionar protección integral a los habitantes del territorio nacional; por lo tanto toda persona que labora tiene un derecho de carácter irrenunciable que garantiza los riesgos de invalidez, vejez, muerte (pensiones), salud y riesgos profesionales a través de la vinculación a los siguientes subsistemas:
* Sistema de Seguridad Social en Salud
* Sistema General de Pensiones
* Sistema General de Riesgos Profesionales
* Sistema de Servicios Sociales Complementarios
1.5.1. Marco Histórico
Antecedentes
La Seguridad Social en Colombia se remota a 1945 con la aparición de la Caja Nacional de Previsión y un año después con la creación del Instituto Colombiano del Seguro Social.
Su desarrollo estuvo marcado por una fuerte diferencia entre el sistema que cubría a los trabajadores privados denominado Seguro Social y el sistema de los funcionarios públicos denominados Previsión Social.
* Caja Nacional de Previsión _______ Previsión Social
* Instituto Colombiano del Seguro Social _______ Seguridad Social
El Instituto de Seguro Social, única institución, cubrió de fonema monopólica a todos los funcionarios del sector privado, mientras que el sistema de previsión social se desarrollo en forma desarticulada en múltiples instituciones, conformándose una caja de previsión por cada empresa pública.
En consecuencia para el año 1991 aproximadamente existían 1200 Cajas de Previsión en todo el país, m
ientras que el instituto del Seguro Social seguía siendo la única entidad encargada de la Seguridad Social para los trabajadores del sector privado.
De esta forma los funcionarios públicos estaban cubiertos en un 95% por el sistema de previsión, mientras que el 21% de la población asalariada estaban cubiertos por el Instituto del Seguro Social.
De acuerdo con lo anterior la Institución de la Seguridad Social, que permaneció vigente en Colombia por más de cuatro décadas presento signos de deterioro y desigualdad reflejados en tres situaciones:
* Cubrimiento mínimo de la población.
* Inoportunidad e ineficiencia de los servicios prestados
* Déficit financiero
Con el propósito de establecer un sistema al servicio del trabajador o afiliado como ente vital y asegurar el acceso efectivo de toda la población al desarrollo, cuidado y atención de su salud y vejez, el gobierno colombiano para esto aprobó la LEY 100 del 23 de diciembre de 1993, creando así el Sistema de Seguridad Social Integral el cual se le realizó la reforma e iniciativa social más importante en los últimos 50 años.
El nuevo sistema propuesto por la constitución nacional de 1991 y consolidados a través de la ley 100 de 1993 esta conformado por un conjunto de instituciones, normas y procedimientos de los cuales brindaran un nivel de vida mejor.
Este sistema el cual esta destinado a brindar protección integral a los habitantes del territorio nacional, genera un derecho y obligación a la Seguridad Social de carácter irrenunciable que garantiza la cobertura de los riesg
os de invalidez, vejez y muerte (pensiones), salud y riesgos profesionales a través de la vinculación a los siguientes subsistemas:
* Sistema General de Seguridad Social en Salud
* Sistema General de Pensiones
* Sistema General de Riesgos Profesionales
* Sistema de Servicios Sociales Complementarios
A demás de ser un derecho, es una obligación esencial por parte de los empleadores para cada uno de sus empleados.
1.5.2 Marco Teórico
Este proyecto pretende dar un apoyo a aquellos patronos los cuales de una forma informal contratan a sus empleados pagando a destajo, sin ver la gran importancia que tiene el afiliarlos al sistema de seguridad social el cual le provee atención en caso de accidente, enfermedad o muerte, el cual le evitara mas adelante problemas de tipo legal, ya que es obligatoriedad de el empleador brindar estos beneficios y obligación del empleado aportar al sistema.
LEY 100 DE 1993 (Diciembre 23)
1 CAPITULO I
PRINCIPIOS GENERALES
1 ARTICULO 1. Sistema de Seguridad Social Integral. El sistema de seguridad social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten.
1 ARTICULO 2. Principios. El servicio público esencial de seguridad social se prestará con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación.
2
a) EFICIENCIA
b) UNIVERSALIDAD.
c) SOLIDARIDAD.
1 d) INTE
GRALIDAD.
2 e) UNIDAD.
3 f) PARTICIPACION.
ARTICULO 3. Del Derecho a la Seguridad Social. El Estado garantiza a todos los habitantes del territorio nacional, el derecho irrenunciable a la seguridad social. Este servicio será prestado por el Sistema de Seguridad Social Integral, en orden a la ampliación progresiva de la cobertura a todos los sectores de la población, en los términos establecidos por la presente ley.
ARTICULO 4. Del Servicio Público de Seguridad Social. La Seguridad Social es un servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control está a cargo del Estado y que será prestado por las entidades públicas o privadas en los términos y condiciones establecidos en la presente ley.
1 ARTICULO 8. Conformación del Sistema de Seguridad Social Integral. El Sistema de Seguridad Social Integral es el conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos y está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos profesionales y los servicios sociales complementarios que se definen en la presente ley.
2
3
SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
ARTICULO 10. Objeto del Sistema General de Pensiones. El Sistema General de Pensiones tiene por objeto garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un siste
ma de pensiones.
1 ARTICULO 11. Campo de Aplicación. El Sistema General de Pensiones, con las excepciones previstas en el artículo 279 de la presente ley, se aplicará a todos los habitantes del territorio nacional, conservando adicionalmente todos los derechos, garantías, prerrogativas, servicios y beneficios adquiridos y establecidos conforme a disposiciones normativas anteriores para quienes a la fecha de vigencia de esta ley hayan cumplido los requisitos para acceder a una pensión o se encuentren pensionados por jubilación, vejez, invalidez, sustitución o sobrevivientes de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, del Instituto de Seguros Sociales y del sector privado en general.
2
1 ARTICULO 15. Afiliados. Serán afiliados al Sistema General de Pensiones:
0 1. En forma obligatoria: Todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos, salvo las excepciones previstas en esta ley. Así mismo, los grupos de población que por sus características o condiciones socioeconómicas sean elegibles para ser beneficiarios de subsidios a través del Fondo de Solidaridad Pensional, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales.
1 2. En forma voluntaria: Los trabajadores independientes y en general todas las personas naturales residentes en el país y los colombianos domiciliados en el exterior, que no tengan la calidad de afiliados obligatorios y que no se encuentren expresamente excluidos por la presente ley.
1 ARTICULO 17. Obligatoriedad de las Cotizaciones. Dura
nte la vigencia de la relación laboral deberán efectuarse cotizaciones obligatorias a los Regímenes del Sistema General de Pensiones por parte de los afiliados y empleadores, con base en el salario que aquellos devenguen.
1 ARTICULO 22. Obligaciones del Empleador. El empleador será responsable del pago de su aporte y del aporte de los trabajadores a su servicio. Para tal efecto, descontará del salario de cada afiliado, al momento de su pago, el monto de las cotizaciones obligatorias y el de las voluntarias que expresamente haya autorizado por escrito el afiliado, y trasladará estas sumas a la entidad elegida por el trabajador, junto con las correspondientes a su aporte, dentro de los plazos que para el efecto determine el Gobierno.
SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos destinados a garantizar a toda la población el servicio de salud en todos los niveles de atención.
El objetivo de este sistema es regular el servicio público esencial en salud y crear las condiciones de acceso al mismo.
1 ARTICULO 157. Tipos de Participantes en el SGSSS. A partir de la sanción de la presente ley, todo colombiano participará en el servicio público esencial de salud que permite el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Unos lo harán en su condición de afiliados al régimen contributivo o subsidiado y otros lo harán en forma temporal como participantes
...