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Ley De Compañias


Enviado por   •  18 de Mayo de 2014  •  570 Palabras (3 Páginas)  •  224 Visitas

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caracteristicas de la ley de compañias

compañia en nombre colectivo

El contrato de compañía en nombre colectivo se celebrará por escritura pública.

- A falta de disposición especial en el contrato se entiende que todos los socios tienen la facultad de administrar la compañía firmar por ella

El administrador o administradores se entenderán autorizados para realizar todos los actos y contratos que fueren necesarios para el cumplimiento de los fines sociales.

- El administrador que diere poderes para determinados negocios sociales será personalmente responsable de la gestión que se hiciere

- El acuerdo de la mayoría obliga a la minoría solo cuando recae sobre actos de simple administración o sobre disposiciones comprendidas dentro del giro del negocio social.

- En las compañías en nombre colectivo las resoluciones se tomarán por mayoría de votos

compañia en comandita simple y dividida por acciones

El socio comanditario no puede llevar en vía de aporte a la compañía su capacidad, crédito o industria.

la designación de administradores se hará por mayoría de votos de los socios solidariamente responsables y la designación solo podrá recaer en uno de éstos.

El comanditario que forme parte de una compañía en comandita simple o que establezca o forme parte de un negocio que tenga la misma finalidad comercial de la compañía

- Los socios comanditarios responden por los actos de la compañía solamente con el capital que pusieron o debieron poner en ella.

No se reconoce a favor de ningun socio beneficios especiales ni intereses a su aporte

En estas compañías prohiben el reparto de utilidades a los socios, a menos que sean líquidas y realizadas

compañia de responsabilidad limitada

- Se administra por mandatarios amovibles, socios o no

Los suscriptores no pueden modificar el estatuto

Para el capital suscrito las aportaciones pueden ser en dinero o no, tmbien puede consistir en bienes muebles o inmuebles.

Las compañías no pueden emitir acciones por un precio mas bajo a su valor nominal ni por un monto que exceda del capital aportado.

El contrato de formación de la compañía determina la forma de emisión y suscripción de las acciones.

El derecho de negociar las acciones libremente no admite limitaciones.

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