Libertad Del Pensamiento Escrito
karlachaparra23 de Abril de 2015
737 Palabras (3 Páginas)346 Visitas
• Libertad de pensamiento escrito.
El artículo 7 de la constitución establece lo siguiente:
“Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, no coartar la libertad de imprenta, que no tiene mas limites que el respeto a la vida privada; a la moral, y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.
Las leyes orgánicas dictaran cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so pretexto de las denuncias por delito encarcelados los expendedores “papeleros”, operarios y demás empleados del establecimiento donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente la responsabilidad de aquellos.”
Este artículo se interpreta de la siguiente manera: que en ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento de delito. Tampoco prohíbe encarcelar a los expendedores y demás encargados que haya impreso el documento, al menos que se demuestre previamente una responsabilidad.
El artículo establece la libertad de prensa o imprenta, consistente en el derecho de publicar y difundir ideas por cualquier medio gráfico, ya que una característica de todo régimen democrático es la libertad de prensa, que propicia el pluralismo ideológico y permite controlar los actos del gobierno al denunciar sus errores.
La obligación impuesta por el poder legislativo consiste en proteger y arreglar la libertad política de imprenta, de modo que jamás pueda suspenderse y mucho menos abolirse en ningún estado ni territorio de la federación.
Derecho a la información
El derecho acceso a la información se define como el derecho de una persona de buscar, recibir y difundir información en poder del gobierno. Las Naciones Unidas, en una de sus primeras asambleas generales afirmó que: “la libertad de información es un derecho fundamental y... la piedra angular de todas las libertades a las que están consagradas las Naciones Unidas”. En otras palabras, es un derecho instrumental que puede ser utilizado para garantizar el cumplimiento de otros derechos esenciales del ser humano. También todos tenemos derecho a ser informados como por ejemplo las noticias una buena fuente de información que le a servido a muchas personas tanto ahora como les va a servir en el futuro.
El artículo 6º de nuestra Constitución Mexicana, consagra el derecho fundamental a la libertad de pensamiento, también denominada libertad de opinión, en tanto que el artículo 7º, regula la libertad de imprenta, que en estricto sentido constituye una faceta de la libertad de expresión. Estos dos artículos consagran en realidad dos libertades que forman parte de un mismo derecho preponderante: el derecho a la información.
El derecho a la información nace institucionalmente en nuestro país de la mano de una reforma política, que tiene como motor fundamental el impulso a la reforma electoral de fines de los años setenta, a fin de que los partidos políticos pudieran difundir sus postulados ideológicos.
Sin embargo, al iniciarse los trabajos para su regulación, se generó una confusión conceptual respecto de los contenidos del derecho a la información, ello derivado de su vinculación tanto con la libertad de opinión, como con la libertad de expresión, y la libertad de acceso a información pública, todas ellas vertientes del derecho a la información.
Es importante también dejar sentado, que el derecho de acceso a la información pública, se fundamenta en la prerrogativa que tiene el ser humano, de conocer la información necesaria para lograr tanto el desarrollo autónomo de la vida privada, como para la toma de decisiones en el ámbito
...