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Divorcio por consentimiento mutuo


Enviado por   •  12 de Agosto de 2013  •  1.132 Palabras (5 Páginas)  •  1.172 Visitas

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Figueroa Ferrer v. E.L.A., 107 DPR 250.

(Divorcio por consentimiento mutuo)

Hechos:

La familia Figueroa Ferrer deciden divorciarse luego de dos años de matrimonio. Ellos explican que desean romper ya que trataron de vivir como un matrimonio pero no pudieron. No procrearon hijos y desean romper el vínculo por consentimiento mutuo y no desean mentir y ni entrar en detalles de sus vidas intimas matrimoniales.

Controversia:

Ellos afirman que en el código civil no está enumerada la razón por la cual se quieren divorciar, pero ellos no quieren mentir al tribunal, el tribunal resolvió que no existe trabas para conceder el divorcio en las circunstancias descritas y declara nulas ciertas disposiciones del Código Civil pero el Estado Libre Asociado apelo el fallo, el Estado alega que el divorcio no se puede dar debido a que según el ordenamiento jurídico si su base es el consentimiento mutuo no se podía dar el divorcio.

Decisión:

En el código civil del Estado Libre Asociado no existe este derecho, estos apelaron al derecho a la vida íntima y el derecho a proteger su dignidad según la Constitución del Estado en los procedimientos de divorcio bajo mutuo acuerdo o ruptura irreparable. El juez superior determinó que los cónyuges que pedían el divorcio por consentimiento mutuo carecían de causa de acción para invocar alguna de las razones enumeradas en el art. 96 del código civil, decidió que el estado no podía coartar el deseo expresado por la pareja.

Fundamentos:

Se resuelve porque estos apelaron al derecho a la vida íntima y el derecho a proteger su dignidad según la Constitución del Estado en los procedimientos de divorcio bajo mutuo acuerdo o ruptura irreparable por tal razón se declararon inconstitucionales algunas partes del Art. 96 del Código Civil.

López Torres VS. Igor González, 2004 TSPR 172

Hechos:

Se anulan las capitulaciones matrimoniales entre Juan Igor González Vázquez y Elaine López Torres.Ella solicitó que se liquidaran los bienes del matrimonio, entre la liquidación se encontraba un contrato de González con el equipo profesional de “Los Vigilantes de Texas”, del 31 de marzo del 1994. El contrato cubría las temporadas del 1994 al 1998 por un total de $28,700,000.00 mas un bono por firmar de $2,000,000.00. Igor firmó el contrato el 31 de marzo de 1994, 8 días antes de casarse con López. El contrato fue firmado por parte del Presidente de la Liga de Beisból Profesional el 19 de abril de 1994 haciendo el contrato efectivo a esa fecha.

Controversia:

En este caso sería la fecha exacta en la que el contrato se consideró efectivo, si Igor González al momento de firmar el contrato el 31 de marzo de 1994 o al momento en que firma, el Pres. de la Liga firmarlo y validarlo el 19 de abril de 1994. El dinero de este contrato son bienes gananciales. La condición para que el contrato fuese válido era que el mismo no era válido hasta que ambas partes firmaran el mismo. Aunque Igor Gonzales firmó el 31 de marzo de 1994 no fue hasta el 19 de abril de 1994 que el Presidente firmó el mismo, validando dicho contrato el 19 de abril de 1994. Se pide revisión debido a que López Torres solicitó la liquidación de los bienes desde el 31 de marzo de 1994, fecha en la que Igor González firmó, más el dinero del bono de $2, 000,000.00 la cual se pagaría a favor de Igor González en tres plazos. Los dos millones de bono no son gananciales a lo que López Torres no le correspondería nada de esta bonificación.

Decisión:

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