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Divorcio Por Mutuo Consentimiento


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  Tesis  •  2.307 Palabras (10 Páginas)  •  328 Visitas

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Universidad abierta para adultos

UAPA.

ASIGNATURA

Derecho Civil I

NOMBRES

Luis Ant. Mejía Henríquez

MATRICULA

12-0909

TRABAJO

El Divorcio por Mutuo Consentimiento y por Incompatibilidad de Caracteres y Desarrollar La Institución La Familia

PRESENTADO A:

Filiberto Arias Madera M.A.

FECHA

12 de Agosto 2013

Introducción

Al introducir este tema analizaremos breve y precisamente lo que es el divorcio por mutuo consentimiento, que es el divorcio por mutuo consentimiento, y sus pasos. De otro modo veremos lo que es el Divorcios por incompatibilidad, el significado de esta, sus causas y atribuciones que recaen sobre esta., y finalizando enfatizaremos lo que es la institución de la familia, las acepciones de esta, los tipos de familias y todo lo que tenga que ver con esta.

Divorcio Por Mutuo Consentimiento

Para llevar a cabo este procedimiento, los cónyuges están obligados por el llamado acto de estipulaciones y convenciones suscrito ante Notario Público, a:

1. Formalizar un inventario de todas sus propiedades, si existen algunas;

2. Si hay hijos del matrimonio, convenir a quién de ellos se confiará el cuidado de los hijos del matrimonio, durante el

3. En caso de otorgarle el cuidado de los hijos a la esposa, se debe convenir en qué lugar residirán ella y los hijos durante el procedimiento, y cuál será el monto convenido como pensión alimenticia que deberá suministrarle el esposo.

Una vez cumplidas estas formalidades, los cónyuges personalmente o su representante legal, se presentarán ante el Juez de Primera Instancia, declarando su intención de divorciarse y solicitando la admisión del mismo. Las partes deben presentar al Juez copia del acta de matrimonio, de las actas de nacimiento de sus hijos, y el acto de estipulaciones y convenciones (acuerdo.) El Juez levantará acta, y luego de cerciorarse de que se han cumplido las exigencias de la ley, autorizará la demanda, fijando una fecha de audiencia, y pronunciará la sentencia a los ocho (8) días francos después de la misma.

En este procedimiento de divorcio, el Juez tiene la obligación de ajustarse a los establecido en el acto de estipulaciones y convenciones (acuerdo) suscrito entre las partes, el cual solo podrá sufrir las modificaciones que los mismos cónyuges quieran introducir por mutuo acuerdo el día de la audiencia.

Uno o ambos cónyuges deben transcribir en la Oficina del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas la sentencia que admite el divorcio. A más tardar ocho (8) días luego de emitida la sentencia del divorcio, el mismo debe ser pronunciado ante cualquier Oficial del Estado Civil correspondiente. El pronunciamiento da por terminado oficialmente el matrimonio, y luego se debe publicar la disposición del divorcio en un periódico de circulación nacional depositando un ejemplar del periódico en la Secretaría del Tribunal. Esta publicación es responsabilidad de las partes y el divorcio no es válido sin la misma. En este punto, dicha sentencia es inapelable.

Divorcio por Mutuo Consentimiento en la República Dominicana para los ciudadanos Norteamericanos

El divorcio especial o “divorcio al vapor” es un procedimiento instituido especialmente para extranjeros o dominicanos no residentes en el país en caso de divorcio por mutuo consentimiento.

Al igual que en el procedimiento ordinario de divorcio, y debido a que los cónyuges se divorciaron por mutuo consentimiento, la ley exige que se suscriba un acuerdo formal de separación donde se hagan constar cuestiones como la división de los bienes comunes, la custodia de los hijos nacidos dentro del matrimonio en caso de haber alguno, y las pensiones alimenticias que deberá pasar el esposo a su esposa, durante el procedimiento de divorcio, e hijos menores de edad, después del mismo. Dicho acuerdo debe ser suscrito por ante un Notario Público de la jurisdicción del domicilio del matrimonio y debidamente legalizado por ante el Consulado dominicano más cercano a dicho domicilio. En el mismo, de manera expresa, se debe atribuir competencia a un Juez de Primera Instancia.

Los cónyuges podrán divorciarse por mutuo consentimiento siempre que por lo menos uno de ellos se presente a la audiencia, y el otro sea representado por un apoderado especial. El cónyuge que comparezca a la audiencia debe presentar al tribunal apoderado un documento de identificación, tales como cédula de identidad, pasaporte, tarjeta de seguridad social o licencia de conducir.

Luego de autorizada la demanda, el Juez apoderado fijará la audiencia dentro del término de 3 días para que los cónyuges ante el tribunal. Terminada la audiencia el Tribunal ordenará la comunicación al Ministerio Público, para que dé su dictamen en el plazo de 3 días francos, y el Juez dictará sentencia dentro de los 3 días siguientes. En general, para que sea evacuada la sentencia de divorcio y subsiguientemente transcrita en la Oficina del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas correspondiente serán necesarios de 8 a 10 días, dependiendo del volumen de trabajo del tribunal apoderado.

Una vez transcrita la sentencia, se pronunciará el divorcio por cualquier Oficial del Estado Civil de la Jurisdicción del Tribunal que conoció el caso. Para ello será necesario la presentación de una copia certificada de la sentencia, previamente transcrita en el Registro Civil, y el dispositivo de la misma se publicará en un periódico de circulación nacional.

Para que dicha sentencia de divorcio tenga validez en el extranjero deberá ser legalizada en los Centros de Atención al Ciudadano de la Procuraduría General de la República o Procuradurías de Cortes de Apelación, así como en la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores (Cancillería) de la Republica Dominicana.

Divorcios por incompatibilidad

Las causas del divorcio por causa determinada o incompatibilidad

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