MARCO DE ACCIÓN PROTECCIÓN CIVIL Y ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES
zurimar8 de Octubre de 2013
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El 15 de diciembre de 1999, la Nueva Constitución Bolivariana de Venezuela establece que el Ejecutivo Nacional organizará: “una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres” haciéndose este efectivo a partir del 2001 con el “Decreto con Fuerza de la Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres”. Según esta ley:
“Protección Civil es el conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres”.
“La Organización de Protección Civil y Administración de Desastres, está especialmente dedicada a prestar la asistencia por parte del Estado y a coordinar la participación ciudadana, frente a situaciones de desastres”
“La Organización de Protección Civil y Administración de Desastres”, tanto nacional, como en los niveles estatales y municipales, cada una de ellas y dentro del ámbito de su propia competencia territorial, están dedicadas a:
Ejecutar la Política Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres
• A garantizar la coordinación de los esfuerzos interinstitucionales
• La dotación de recursos materiales y equipos
• El entrenamiento de personal de Protección Civil
• La realización de los programas educativos formales e informales, de preparación de la ciudadanía frente a
desastres.
Esta Organización está conformada Nivel Nacional por:
- Un Comité Coordinador Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres: que dicta la Política
Nacional, y es presidido por el Ministro del Poder Popular de Interior y Justicia, como Secretario permanente el Director Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres y conformado por un representante de cada Ministerio, de los Gobernadores, de los Alcaldes, del Consejo Nacional de Policías. de las Organizaciones No Gubernamentales y el Coordinador Nacional de Bomberos.
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• La Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres. Adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia, que le corresponde coordinar y ejecutar el Plan Nacional.
A nivel Estadal y Distrito Metropolitano, y Municipal, esta organizada por:
• El Gobernador / El Alcalde: Máxima autoridad ejecutiva en su jurisdicción en materia de Protección Civil y
Atención de Desastres.
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