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Manual de Organiacion Accion Civica


Enviado por   •  5 de Junio de 2018  •  Apuntes  •  6.594 Palabras (27 Páginas)  •  107 Visitas

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

ÍNDICE

I.

Introducción

2

II.

Objetivo del Manual de Organización

3

III.

Antecedentes Históricos

4

IV.

Marco Jurídico

6

V.

Atribuciones

7

VI.

Misión y Visión

9

VII.

Estructura Orgánica

10

VIII.

Organigrama

11

IX.

Objetivos, funciones y descripción de puestos

12


  1. Introducción

 

         En lo que respecta en materia de eficiencia, eficacia y transparencia implementada por el Ejecutivo Estatal en toda su estructura orgánica gubernamental, y en concordancia con el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, publicado en Villahermosa, Tabasco, con fecha 27 de noviembre de 2013, Suplemento 7432, No. 1390, en el que se privilegia el fortalecimiento de la infraestructura institucional, racionalización de los recursos y mejoramiento de su personal.

En el presente Manual de Organización muestra el cambio estructural y administrativo que ha sufrido la Dirección General de Acción Cívica y Cultural de la Secretaría de Gobierno, en el cual se especifican las atribuciones y actividades que se realizan, como una herramienta para ser eficientes y ofrecer calidad en los servicios y gestiones administrativas, brindando información clara y precisa acerca de los procedimientos que se llevan a cabo; incluye la estructura orgánica, con los diferentes niveles jerárquicos que la conforman.

En su contenido, se explica de manera clara y objetivamente su organigrama, los diferentes niveles jerárquicos que la conforman, permitiendo identificar con claridad las funciones y responsabilidades de cada una de las áreas, evitándose con esto la duplicidad de funciones; también se observan las líneas de comunicación y mando, para así alcanzar la excelencia en el desarrollo de sus funciones, como elementos indispensable que permitirá la actualización administrativa.

Este documento refleja el gran esfuerzo institucional de la actual administración, por adecuar la necesidad de rescatar los valores cívicos y culturales que hoy demanda la sociedad tanto en el ámbito social, político y administrativo, en total apego a la ley y respeto a las instituciones de los tres órdenes de gobierno,  privilegiando en todo momento el dialogo, colaboración y concertación como instrumento fundamental de las tareas de gobierno.

Este Manual de Organización fue elaborado con la participación de todas las áreas operativas y es susceptible de enriquecerse con los nuevos procedimientos que pudieran surgir en función de nuevas asignaciones de trabajo, así como con los ajustes que se deriven de las revisiones periódicas de los procedimientos incluidos.


II. Objetivo del Manual

Proporcionar la información pertinente de las áreas que integran la Dirección General de Acción Cívica y Cultural con el propósito de dar a conocer la distribución de su organización, sus objetivos, funciones y niveles de responsabilidad como Unidad Administrativa. Esto permitirá que sus funcionarios conozcan con mayor factibilidad de sus atribuciones y responsabilidades, para así lograr eficacia en su actuación durante el desempeño del servicio público.


III. Antecedentes Históricos

En relación al Decreto 010, publicado en el Suplemento “E” del Periódico Oficial Número 6746, de fecha 2 de mayo de 2007, en el cual se redefinieron algunas de las atribuciones de la Secretaría de Gobierno debido a la reforma y adición de diversas fracciones del artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, precisando la facultad de la misma en materia de concesiones para la prestación de cualquier modalidad de servicio público de transporte en vías de jurisdicción local, así como la participación concurrente con los municipios en las acciones de ingeniería y señalamiento de la vialidad en carreteras y caminos; además, se le otorgan las facultades de regularización, coordinación, intervención, vigilancia y supervisión de la actividad notarial del Estado y la conformación de la facultad de establecer y operar un sistema de Investigación e Información.

En este contexto, y derivado de las precedentes reformas y adiciones al contenido de las diferentes fracciones del artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, se hizo necesario modificar significativamente las atribuciones de la Secretaría de Gobierno. De acuerdo al Reglamento Interior publicado en el Suplemento del Periódico Oficial Número 6824, de fecha 30 de enero de 2008, donde se suprimen las funciones y denominación de la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Jurídicos, la Subsecretaría del Trabajo y Previsión Social, la Subsecretaría de Desarrollo Político y la Subsecretaría de Transporte, Tránsito y Vialidad, como unidades administrativas de la misma Secretaría, creándose en su lugar la Subsecretaría de Gobierno y Desarrollo Político, la Subsecretaría de Atención a Instituciones Políticas y Sociales, así como la Subsecretaría de Delegaciones Políticas y Participación Ciudadana, a las que se les otorgan funciones propias y se le integran las unidades administrativas necesarias para el cumplimiento de su objetivo.

Con fecha 30 de mayo de 2012, se publica en el órgano de difusión oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Periódico Oficial, Época 6ª, Suplemento C 7276, No.- 29558, las reformas y adiciones realizadas al Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, en el cual se reordenan las atribuciones de las unidades administrativas de esta dependencia, así como su participación en actividades del Consejo del Seguridad Pública.

Mediante Decreto 270 publicado en el Suplemento B al Periódico Oficial del Estado de Tabasco número 7336, de fecha 26 de diciembre de 2012, que entro en vigor el primero de enero de 2013, la Sexagésima Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, aprobó la reforma, adición y derogación de diversos artículos a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco. Con la publicación del Decreto, a la Secretaría de Gobierno se le transfiere las funciones en materia de protección civil, que hasta ese momento había desempeñado la Secretaría de seguridad Pública por conducto de la Dirección General de Protección Civil.

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