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Manual de Organiacion Accion Civica

kikehdezApuntes5 de Junio de 2018

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

ÍNDICE

I.

Introducción

2

II.

Objetivo del Manual de Organización

3

III.

Antecedentes Históricos

4

IV.

Marco Jurídico

6

V.

Atribuciones

7

VI.

Misión y Visión

9

VII.

Estructura Orgánica

10

VIII.

Organigrama

11

IX.

Objetivos, funciones y descripción de puestos

12


  1. Introducción

 

         En lo que respecta en materia de eficiencia, eficacia y transparencia implementada por el Ejecutivo Estatal en toda su estructura orgánica gubernamental, y en concordancia con el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, publicado en Villahermosa, Tabasco, con fecha 27 de noviembre de 2013, Suplemento 7432, No. 1390, en el que se privilegia el fortalecimiento de la infraestructura institucional, racionalización de los recursos y mejoramiento de su personal.

En el presente Manual de Organización muestra el cambio estructural y administrativo que ha sufrido la Dirección General de Acción Cívica y Cultural de la Secretaría de Gobierno, en el cual se especifican las atribuciones y actividades que se realizan, como una herramienta para ser eficientes y ofrecer calidad en los servicios y gestiones administrativas, brindando información clara y precisa acerca de los procedimientos que se llevan a cabo; incluye la estructura orgánica, con los diferentes niveles jerárquicos que la conforman.

En su contenido, se explica de manera clara y objetivamente su organigrama, los diferentes niveles jerárquicos que la conforman, permitiendo identificar con claridad las funciones y responsabilidades de cada una de las áreas, evitándose con esto la duplicidad de funciones; también se observan las líneas de comunicación y mando, para así alcanzar la excelencia en el desarrollo de sus funciones, como elementos indispensable que permitirá la actualización administrativa.

Este documento refleja el gran esfuerzo institucional de la actual administración, por adecuar la necesidad de rescatar los valores cívicos y culturales que hoy demanda la sociedad tanto en el ámbito social, político y administrativo, en total apego a la ley y respeto a las instituciones de los tres órdenes de gobierno,  privilegiando en todo momento el dialogo, colaboración y concertación como instrumento fundamental de las tareas de gobierno.

Este Manual de Organización fue elaborado con la participación de todas las áreas operativas y es susceptible de enriquecerse con los nuevos procedimientos que pudieran surgir en función de nuevas asignaciones de trabajo, así como con los ajustes que se deriven de las revisiones periódicas de los procedimientos incluidos.


II. Objetivo del Manual

Proporcionar la información pertinente de las áreas que integran la Dirección General de Acción Cívica y Cultural con el propósito de dar a conocer la distribución de su organización, sus objetivos, funciones y niveles de responsabilidad como Unidad Administrativa. Esto permitirá que sus funcionarios conozcan con mayor factibilidad de sus atribuciones y responsabilidades, para así lograr eficacia en su actuación durante el desempeño del servicio público.


III. Antecedentes Históricos

En relación al Decreto 010, publicado en el Suplemento “E” del Periódico Oficial Número 6746, de fecha 2 de mayo de 2007, en el cual se redefinieron algunas de las atribuciones de la Secretaría de Gobierno debido a la reforma y adición de diversas fracciones del artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, precisando la facultad de la misma en materia de concesiones para la prestación de cualquier modalidad de servicio público de transporte en vías de jurisdicción local, así como la participación concurrente con los municipios en las acciones de ingeniería y señalamiento de la vialidad en carreteras y caminos; además, se le otorgan las facultades de regularización, coordinación, intervención, vigilancia y supervisión de la actividad notarial del Estado y la conformación de la facultad de establecer y operar un sistema de Investigación e Información.

En este contexto, y derivado de las precedentes reformas y adiciones al contenido de las diferentes fracciones del artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, se hizo necesario modificar significativamente las atribuciones de la Secretaría de Gobierno. De acuerdo al Reglamento Interior publicado en el Suplemento del Periódico Oficial Número 6824, de fecha 30 de enero de 2008, donde se suprimen las funciones y denominación de la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Jurídicos, la Subsecretaría del Trabajo y Previsión Social, la Subsecretaría de Desarrollo Político y la Subsecretaría de Transporte, Tránsito y Vialidad, como unidades administrativas de la misma Secretaría, creándose en su lugar la Subsecretaría de Gobierno y Desarrollo Político, la Subsecretaría de Atención a Instituciones Políticas y Sociales, así como la Subsecretaría de Delegaciones Políticas y Participación Ciudadana, a las que se les otorgan funciones propias y se le integran las unidades administrativas necesarias para el cumplimiento de su objetivo.

Con fecha 30 de mayo de 2012, se publica en el órgano de difusión oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Periódico Oficial, Época 6ª, Suplemento C 7276, No.- 29558, las reformas y adiciones realizadas al Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, en el cual se reordenan las atribuciones de las unidades administrativas de esta dependencia, así como su participación en actividades del Consejo del Seguridad Pública.

Mediante Decreto 270 publicado en el Suplemento B al Periódico Oficial del Estado de Tabasco número 7336, de fecha 26 de diciembre de 2012, que entro en vigor el primero de enero de 2013, la Sexagésima Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, aprobó la reforma, adición y derogación de diversos artículos a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco. Con la publicación del Decreto, a la Secretaría de Gobierno se le transfiere las funciones en materia de protección civil, que hasta ese momento había desempeñado la Secretaría de seguridad Pública por conducto de la Dirección General de Protección Civil.

Es por esto, que de acuerdo a los nuevos lineamientos y atribuciones acaecidas en esta dependencia, finalmente se publica el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, en el Suplemento “B” del Periódico Oficial Número 7432, de fecha 27 de Noviembre de 2013, donde la Dirección General de Acción Cívica y Cultural se integra como Unidad Administrativa de su estructura orgánica, la cual da moción fundamental a la integración del presente Manual de Organización.


IV.  Marco Jurídico

La Dirección General de Acción Cívica y Cultural se encuentra sustentada en el siguiente marco jurídico normativo:

Ordenamientos Constitucionales

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

D.O.F. 05-02-1917 y sus reformas

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

D.O.F. 04-04-1919 y sus reformas

Leyes

  • Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.

P.O. 26-12-2012, Decreto 270, Suplemento B 7336.

Reglamento

  • Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.

P.O. 27-11-2013, Suplemento 7432, No. 1390.


V.  Atribuciones

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO

Artículo 20. Corresponde a la Dirección General de Acción Cívica y Cultural el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Efectuar acciones que contribuyan al fortalecimiento de la cultura cívica y a la promoción de los valores y principios democráticos de la población;

  1. Definir, editar y difundir el Calendario Cívico Oficial destacando las efemérides y conmemoraciones cívicas;
  1. Fomentar, difundir y promover en la sociedad las tradiciones nacionales, regionales y estatales, el respeto de los símbolos y valores patrios y el fortalecimiento de los valores sociales, especialmente los que propendan a que el individuo se identifique con su comunidad;
  1. Coadyuvar en los programas cívico-culturales en los municipios de la entidad, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
  1. Realizar las funciones de vinculación de trato interinstitucional con los organismos o entidades que protejan y fomenten los valores y derechos fundamentales;
  1. Coadyuvar con las autoridades federales en la vigilancia del cumplimiento de la Ley sobre el Escudo, bandera e Himno Nacional, e impulsar programas relativos a la promoción de la cultura democrática en la entidad;
  1. Coordinador con Organismos Autónomos, Instituciones Educativas, Organismos Civiles y Sociales, Medios de Comunicación, Municipios y comunidad en general los esfuerzos para la promoción de una Cultura Ciudadana, entendida como el adecuado conocimiento, ejercicio y cumplimiento de los derechos y obligaciones de los ciudadanos;
  1. Fomentar la cultura de la legalidad y la convivencia armoniosa entre los sectores sociales, fortalecida en la vigencia del estado de derecho;
  1. Vigilar, aplicar y hacer cumplir lo establecido por la Ley sobre las Características y Uso del Escudo del Estado de Tabasco, auxiliándose en todo caso, por las Dependencias y entes públicos que integren la Administración Pública Centralizada, Paraestatal, así como con los Ayuntamientos.
  1. Colaborar en la elaboración de la propuesta para la designación de oradores y representantes del Ejecutivo Estatal en los eventos cívicos; y
  1. Las demás que le confieran las disposiciones normativas aplicables y las que le encomiende el secretario.

VI.  Misión y Visión

Misión

         Consolidar acciones que contribuyan al fortalecimiento de la cultura cívica, promoción de los valores y principios democráticos en la población, a través de la difusión y fomento en la sociedad de las tradiciones nacionales, regionales y estatales, el respeto por los símbolos y valores patrios y el fortalecimiento de los valores sociales.

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