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Manuales Administrativos


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2014  •  898 Palabras (4 Páginas)  •  178 Visitas

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Procedimiento administrativo

El Procedimiento administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin, no se confunda con proceso administrativo. El procedimiento tiene por finalidad esencial la emisión de un acto administrativo.

A diferencia de la actividad privada, la actuación pública requiere seguir unos cauces formales, más o menos estrictos, que constituyen la garantía de los ciudadanos en el doble sentido de que la actuación es conforme con el ordenamiento jurídico y que ésta puede ser conocida y fiscalizada por los ciudadanos.

El procedimiento administrativo se configura como una garantía que tiene el ciudadano de que la Administración no va a actuar de un modo arbitrario y discrecional, sino siguiendo las pautas del procedimiento administrativo, procedimiento que por otra parte el administrado puede conocer y que por tanto no va a generar indefensión.

CARACTERISTICAS

DECLARACIÓN Los actos administrativos son declaraciones en cuanto que son manifestaciones con trascendencia externa, que pueden crear derechos (concesión de una licencia) o imponer obligaciones para los particulares (sanción, pago de una multa).

2. UNILATERAL El acto administrativo encierra una actuación de carácter unilateral, distinguiéndose así los actos de los contratos, por ejemplo. Mientras que el acto es unilateral -existe sólo la voluntad de la Administración- el contrato necesita, por lo menos, dos voluntades -una persona que vende y otra que compra-.

3. NO NORMATIVIDAD Los actos, si bien son una actuación de la Administración, son de naturaleza no normativa. Con esto se pretende distinguir entre los actos y las normas jurídicas procedentes de la Administración, los Reglamentos, pues mientras el Reglamento es Derecho, crea Derecho; el acto, suele ser la aplicación del Derecho, del Reglamento u otra norma. El Reglamento dura en tanto en cuanto no se derogue o modifique; el acto, por lo general, se agota con su cumplimiento.

4. ORIGEN ADMINISTRATIVO Los actos administrativos emanan de órganos de la Administración, y si bien esto puede parecer una redundancia, se trae aquí por cuanto hay actos de órganos distintos de los estrictamente administrativos (judiciales, del poder legislativo) que no son administrativos pero a efectos de su control por los Tribunales se equiparan a aquéllos-

5. SOMETIMIENTO AL DERECHO ADMINISTRATIVO Los actos administrativos están sometidos al Derecho Administrativo, lo que significa distinguir entre acto Administrativo y acto de la Administración, por cuanto hay determinadas actuaciones de la Administración no sometidas al Derecho administrativo, sino al Derecho privado (civil, laboral, etc.), ya que la Administración es una persona jurídica.

Características de los procedimientos

Las principales características de los procedimientos según Melinkoff (1990), consisten en que no son de aplicación general, sino que su aplicación va a depender de cada situación en particular, son de gran aplicación en los trabajos que se repiten, de manera que facilita la aplicación continua y sistemática y son flexibles y elásticos, ya que pueden adaptarse a las exigencias de nuevas situaciones.

Desde otro punto de vista Gómez G (1997) se enfoca en las siguientes características de procedimientos:

Sistema; ya que un conjunto de procedimientos tendientes a un mismo fin se conoce como un sistema.

Método de trabajo colectivo; en un procedimiento intervienen varias personas.

No se centran en una actividad específica. Un procedimiento está compuesto por varias actividades que a su vez contienen tareas

CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO ADMINISTRATIVO

CARACTERÍSTICAS:

1. UNIVERSALIDAD: se refiere a su carácter social, pues donde exista un grupo de individuos en busca de un objetivo (independiente de su naturaleza) debe existir una coordinación de recursos.

2. ESPECIFICIDAD: aunque la administración este integrada por otras ciencias complementarias su esencia es única.

3. UNIDAD DE PROCESO TEMPORAL: la administración siempre se dará en función de la planeación, organización, dirección y control; independientemente del grado de aplicación de cada uno.

4. UNIDAD JERÁRQUICA: delimita la administración en un marco de lineas de autoridad. Relación superior-subordinado.

Características del procedimiento administrativo

• Tiene carácter tuitivo a favor del interesado donde se protege al reclamante.

• Es un servicio prestado por el estado de forma gratuita.

• Se trata de un medio específico al servicio de uno o varios fines: la calidad del acto administrativo, la [objetividad], la protección del ciudadano contra el poder (o la arbitrariedad) dela Administración, etcétera. El procedimiento es, o tiende a ser, una garantía del buen funcionamiento de la Administración pública.

• Son preceptos de carácter instrumental, directamente vinculados con la potencia coercitiva del Derecho, que tienen por objeto garantizar la eficacia de las normas sustantivas. Son, en fin, las normas que señalan no qué es lo justo, sino cómo debe pedirse e impartirse la justicia.

• El procedimiento administrativo prescribe también la forma en que debe actuar la administración y procuran que ésta no ejerza su poder, con las prerrogativas que le son inherentes, en forma injusta e irrazonable.

• El procedimiento administrativo pone de manifiesto que este debe tender a determinar la verdad real que satisfaga el interés público que rige la gestión administrativa.

• El procedimiento administrativo asegura la decisión administrativa justa, con realización eficaz y conveniente, respetando los derechos de los individuos.

• Se refiere a los demás actos sucesivos y correlacionados entre sí a través de los cuales se obtiene un pronunciamiento de un órgano público de esa naturaleza.

• El procedimiento administrativo constituye el cauce formal de la función administrativa (en sentido material).

• El procedimiento administrativo constituye reglas de actuación, que determinan el acto o serie de operaciones y trámites que deben seguirse para obtener la defensa de un derecho o el cumplimiento de una obligación.

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