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Medios Preparatorios

angelolvera198720 de Noviembre de 2013

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SERVICIO LLANTERO ARIZ S.A DE C.V

VS

MUNICIPIO DE IXTAPALUCA.

MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

H. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCÓYOTL, EN TURNO.

FERNANDO VAZQUEZ DIAZ endosatario en procuración de SERVICIO LLANTERO AUTOMOTRIZ ARIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, señalo como domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos los estrados de este juzgado y autorizando para los mismos efectos a DIEGO ALBERTO MENDOZA DIAZ, ANGEL OLVERA VILLAFÁN, EDGAR ALEJANDRO GUTIÉRREZ PEÑUELAS Y GIOVANNY REYES RODRÍGUEZ, indistintamente, con el debido respeto expongo:

Con fundamento en los artículos 1162, 1163, 1164 Y 1165, del Código de Comercio, promuevo medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, a efecto de que el Municipio de Ixtapaluca, cuyo domicilio donde puede ser notificado se encuentran en Nicolás Bravo s/n. Huixquilucan de Degollado, Estado de México. C.P. 52760, por conducto de su representante legal comparezca ante este H. juzgado a reconocer el adeudo por la cantidad de $ ______________________), por concepto de la compra de llantas y la prestación del servicio por parte de mi endosataria.

Tal solicitud encuentra fundamento en las siguientes consideraciones fácticas y normativas:

H E C H O S

I.- El treinta y uno de agosto de dos mil diez mi endosataria SERVICIO LLANTERO AUTOMOTRIZ ARIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE a petición del deudor Municipio de Ixtapaluca, presto servicios relacionados con el suministro de llantas, instalación y mantenimiento, entregando las mercancías que se precisan, junto con el servicio de montaje, generando como importe la cantidad de $30,005.95 (treinta mil cinco pesos con noventa y cinco centavos) en los términos de la relación siguiente:

Descripción Cantidad Precio unitario importe

Llantas 1100-20 14c. conv. 06 $3,646.55 $21,879.30

Cámaras 1100-20 06 $426.72 $2,560.32

Corbatas 06 $137.93 $827.58

Montajes 06 $100.00 $600.00

________________________________________subtotal $25,867.20

Iva 16% $4,1383.75

Total $30,005.95

2.- en esa misma fecha en la Dirección De Recursos Materiales del municipio demandado se tuvo por recibida la factura 17774 que ampara dicha entrega y prestación de servicio, como se advierte de la copia al carbón con sello y firma autógrafa por su recibo.

3.- es el caso que el municipio demandado ha sido omiso en pagar el monto establecido en la factura 17774 no obstante que fue entregada la mercancía y prestado el servicio solicitado, y requerido de manera extrajudicial en diversas ocasiones; por lo que se solicita se cite al deudor por conducto de su representante legal para que en términos de lo previsto por el artículo 1162 del Código de Comercio bajo protesta de decir verdad confiese judicialmente el adeudo precisado en los apartados que anteceden.

D E R E C H O

(BUSCAR TESIS APLICABLES AL CASO SI HAY Y VARIAS CITAR ARTÍCULOS DE FONDO, PROCEDIMIENTO Y COMPETENCIA)

Por lo anteriormente expuesto a usted C. Juez atentamente pido:

Primero tenerme por presentado, los medios preparatorios a juicio, a efecto de obtener la exhibición y la calidad de las facturas de fechas -------- que ostenta el Municipio de Ixtapaluca.

Segundo.- Tener por autorizados para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos a las personas que se mencionan.

Tercero.- Se tenga a bien señalar día y hora para recibir la declaración y la exhibición bajo protesta de decir verdad del representante legal de la entidad publica Municipio de Ixtapaluca, con respecto de las facturas que el mismo retiene.

Cuarto.- Ordenar se cite por conducto

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