Mercantil
hjmj20 de Marzo de 2012
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10.7 Ley general de sociedades mercantiles
Es la ley que regula las sociedades anónimas, las sociedades en comandita, las sociedades en nombre colectivo, sociedades de responsabilidad limitada, sociedad cooperativa y etc.
10.8 Concepto de sociedad
Definición de Sociedad Mercantil: “Persona jurídica, creada por mínimo dos personas denominadas “socios”, los cuales se obligan a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común, lícito y persiguiendo el lucro, de acuerdo con las normas establecidas en su contrato social y las que por ministerio de ley le correspondan.”
Es sociedad mercantil la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro.
10.9 Tipos de sociedades
1) Sociedad en Nombre Colectivo.
2) Sociedad en Comandita Simple.
3) Sociedad de Responsabilidad Limitada.
4) Sociedad en Comandita por Acciones.
5) Sociedad Cooperativa.
6) Sociedad Anónima.
10.10 Clasificación
Las Sociedades mercantiles se pueden clasificar conforme a varios criterios, entre los que destacan los siguientes:
• Según el predominio de los elementos :
Sociedades de Personas: son las sociedades en las cuales predomina el elemento personal. Son las sociedades colectivas y en comandita simple.
Sociedades intermedias: En estas sociedades no está muy claro el elemento predominante. Son la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Comandita por Acciones.
Sociedades de capital o capitalistas: En estas sociedades domina el capital social. En esta clasificación se incluyen las Sociedades Anónimas y las Cooperativas.
• Según su tipo de capital
Capital Fijo: El capital social no puede ser modificado, sino por una modificación de los estatutos.
Capital Variable: El capital social puede disminuir y aumentar conforme el avance de la sociedad, sin procedimientos complejos.
10.11 Sociedades inexistentes, nulas e irregulares
• Sociedades irregulares son las que no están inscritas en el registro publico, pero se exteriorizan frente a terceras personas, consten o no en escrituras publicas.
• Sociedades inexistentes cuando falta el consentimiento.
• Sociedades nulas son las que tienen un fin ilícito.
10.12 Causas de disolución y liquidación
La sociedad mercantil será disuelta cuando en presencia de cualquiera de las causas previstas en la ley o en los estatutos, inicia un proceso que culmina con su extinción como ente jurídico, previa la liquidación que de la efectos de su liquidación.
La liquidación está constituida por todas las operaciones posteriores a la disolución, que son necesarias y precisas para dar fin a los negocios pendientes, pagar el pasivo, cobrar los créditos y reducir a dinero todos los bienes de la sociedad, para repartirlo entre los socios. Esta pues, dura desde que la sociedad se disuelve, hasta que se hace a los socios liquidación y aplicación de los bienes.
El procedimiento por el cual se da fin a la sociedad mercantil consta de tres estadios: la realización de una causa de disolución, la liquidación y la división del patrimonio social.
Ley de instituciones de crédito 10.13 Objeto de la ley
Instrumento jurídico que tiene por objeto regular el servicio de la banca y el crédito; las actividades y operaciones que pueden realizar; su sano y equilibrado desarrollo; la protección de los intereses del público; y los términos en que el Estado ejercerá la rectoría financiera del Sistema Bancario Mexicano.
10.14 El servicio público de banca y crédito
La figura Jurídica del secreto bancario previsto en el artículo 93 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de banco y crédito, que se ha venido invocando para fundamentar la negativa a proporcionar a la comisión especial investigadora designada por esta Cámara, la información necesaria para el cumplimiento de su cometido, en relación con la quiebra técnica del Banco Nacional Pesquero y Portuario, no debe a juicio de los suscritos, constituir obstáculo utilizando a la ley para impedir el esclarecimiento de la verdad y el esclarecimiento, en su caso, de la responsabilidad penal que pudiera resultar a los autores de hechos delictuosos relacionados con dicha quiebra.
10.15 Sujetos de la ley
Articulo 122 bis Lo dispuesto en este articulo se aplicara sin perjuicio de la obligacion que tienen los sujetos de asistencia y defensa legal, de rendir los informes que les sean requeridos en terminos de las disposiciones legales aplicables como parte del desempeño de sus funciones.
10.16 Operaciones: activas, pasivas y de servicios
• Operaciones activas
La colocación es lo contrario a la captación. La colocación permite poner dinero en circulación en la economía; es decir, los bancos generan nuevo dinero del dinero o los recursos que obtienen a través de la captación y, con estos, otorgan créditos a las personas, empresas u organizaciones que los soliciten. Por dar estos préstamos el banco cobra, dependiendo del tipo de préstamo, unas cantidades de dinero que se llaman intereses (intereses de colocación) y comisiones.
• Operaciones pasivas
Conformadas por aquellas operaciones por las que el banco capta, recibe o recolecta dinero de las personas.
Las operaciones de captación de recursos, denominadas operaciones de carácter pasivo se materializan a través de los depósitos. Los depósitos bancarios pueden clasificarse en tres grandes categorías: -Cuentas corrientes -Cuenta de ahorro o libreta de ahorros. -Depósito a plazo fijo.
• Operaciones de servicios
Son prestaciones complementarias que conllevan o propician las operaciones activas y pasivas. También son llamadas operaciones neutras, en este tipo de operaciones las entidades no adoptan una posición deudora o acreedora, y se formalizan siempre mediante los denominados contratos bancarios.
10.16 Autoridades en materia bancaria
La Secretaria de Hacienda y Crédito Público es el órgano más importante del Gobierno Federal en materia de banca y crédito, a ella corresponde aplicar, ejecutar e interpretar para efectos administrativos los distintos ordenamientos que sobre la materia existen.
Asimismo, le corresponde dar la orientación política financiera y crediticia a todos los intermediarios financieros, acorde con los lineamientos que en esas materias señale en Ejecutivo Federal.
Ley general de organismos y actividades auxiliares del crédito 10.17 Almacenes generales de deposito
Los Almacenes Generales de Depósito (AGD) son organizaciones auxiliares de crédito, cuyo objetivo principal es el almacenamiento, guarda, conservación, manejo, control, distribución o comercialización de los bienes o mercancías que se encomiendan a su custodia.
Asimismo, pueden realizar:
• Procesos de incorporación de valor agregado o la transformación, reparación y ensambles de las mercancías a fin de aumentar su valor.
• Prestar el servicio de Apoderado Aduanal y algunos almacenes pueden operar como depósito fiscal para el diferimiento de los impuestos derivados de la importación.
• Prestar servicios técnicos para la conservación y salubridad de mercancías.
• Otorgar financiamiento con garantía de las mercancías depositadas.
• Expedir Certificados de Depósito y Bonos de Prenda sobre las mercancías depositadas o en tránsito, como garantía a terceros; así como para la obtención de financiamiento con garantía prendaria.
• Obtener prestamos y créditos de instituciones de crédito, de seguros y fianzas del país o de entidades financieras del exterior, destinados al cumplimiento de su objetivo social.
10.18 Arrendaras financieras
Las arrendadoras financieras son sociedades anónimas especializadas en la adquisición de determinados bienes, cuyo uso o goce temporal lo conceden a una persona física o moral (su cliente) por un plazo preestablecido, recibiendo de dicho cliente como contraprestación una cantidad determinada.
Actualmente están en operación las arrendadoras siguientes:
Arrendadora Afirme, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Afirme Grupo Financiero
Arrendadora Banamex, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Integrante del Grupo Financiero Banamex
Arrendadora Ve por Más, S.A., Organización
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