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Enviado por   •  28 de Mayo de 2013  •  2.925 Palabras (12 Páginas)  •  215 Visitas

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REPERTORIO NÚMERO:

2001BFTHD Legales

CONSTITUCIÓN DE

EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

[EXPORTADORA JUAN PÉREZ CARRASCO] E.I.R.L.

En [ciudad de otorgamiento de la escritura] de Chile, a [fecha de escritura], ante mí, [nombre del Notario que otorga la escritura], Notario Público Titular de la [número de la Notaría] Notaría de [ciudad de la Notaría], con domicilio en esta ciudad, [calle y número], comparecen: don [JUAN PÉREZ CARRASCO], [nacionalidad], [estado civil], [edad], [profesión], [número de cédula nacional de identidad o documento de identificación, si no fuere chileno], [domicilio], en adelante el “Empresario”; el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula respectiva, y expone: que viene en constituir una empresa individual de responsabilidad limitada, en adelante la “Empresa”, que se regirá por las disposiciones de la ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y demás leyes pertinentes, y en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos:

CLÁUSULA UNO) TÍTULO PRIMERO: DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN. ARTÍCULO PRIMERO:

El nombre o razón social de la Empresa es “Exportadora Juan Pérez Carrasco E.I.R.L.” ARTÍCULO SEGUNDO: La Empresa tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: [a) la exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fabrica, diseños y modelos industriales; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. ARTÍCULO TERCERO: El domicilio de la Empresa es la comuna y ciudad de [Santiago, Región Metropolitana], sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. ARTÍCULO CUARTO: La duración de la Empresa será de [diez] años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de [diez] años, salvo que el empresario manifieste su voluntad de poner término a la Empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Empresa, con [seis] meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. TÍTULO SEGUNDO: DEL CAPITAL SOCIAL Y DE LA RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO. ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Empresa es la cantidad de [cinco millones de pesos], que el Empresario se obliga a aportar y pagar a la caja de la Empresa en [dinero efectivo], a más tardar dentro del plazo de [tres años] contado desde la fecha de esta escritura. ARTÍCULO SEXTO: La responsabilidad del Empresario queda limitada al monto de su aporte. TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO SÉPTIMO: Serán actos de la Empresa los ejecutados bajo su nombre y en su representación por su administrador. La administración de la Empresa corresponderá al Empresario, quien la ejercerá por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio del domicilio de la Empresa y se anotará al margen de la inscripción estatutaria de la Empresa. El Empresario, actuando en forma individual y separada, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designen al efecto de conformidad con la presente cláusula, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Empresa, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. Al efecto y sin que la enunciación que sigue importe limitación alguna de facultades, podrá: Uno) representar judicialmente a la Empresa con todas y cada una de las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del Código de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas; Dos) representar extrajudicialmente a la Empresa. Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, organismos o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributario, previsional o laboral, o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, con toda clase de solicitudes, memoriales y demás documentos que sean menester y desistirse de sus peticiones, y especialmente, solicitar el otorgamiento de Rol Único Tributario y efectuar la iniciación de actividades de la Empresa, y solicitar el timbraje de sus boletas, facturas y libros de contabilidad. Se deja expresa constancia que el poder para representar a la Empresa ante el Servicio de Impuestos Internos sólo podrá ser revocado mediante comunicación escrita al referido Servicio; Tres) retirar de las oficinas de correos, aduanas, empresas de transporte terrestre, marítimo, aéreo, toda clase de correspondencia, incluso certificada, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, piezas postales, etcétera, consignadas o dirigidas a la Empresa; firmar la correspondencia de la Empresa; Cuatro) por cuenta propia o ajena, inscribir propiedad intelectual, industrial, nombres marcas comerciales, modelos industriales,

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