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Narrativa Juridica


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2014  •  2.090 Palabras (9 Páginas)  •  395 Visitas

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Narrativa jurídica Línea jurisprudencial

Por : José Albadán Jimenéz

Katerinne

Nelson Fabian Ramos Davila

Jennifer Reyes Figueroa

Presentado: Darío Rodríguez

Tutor

Universidad Cooperativa de Colombia

Facultad de derecho

Teoría Constitucional

Ibagué

2014

INTRODUCCION

Tras el recorrido de nuestras lecturas proferidas y reconocidas como sentencias, se destacan la importante capacidad de información que es de gran relevancia para nuestra formación y futuro desarrollo de nuestra prestigiosa profesión.

Con la capacidad corta pero gustosa de la curiosidad, los documentos leídos brinda al lector diferentes puntos de vista y en opinión por profesionales que se destacan por el basto tiempo de estar profiriendo estos temas de tan concurrida controversia como lo es la homosexualidad, la adopción entre otros mas.

El leer diferentes dictámenes y conjeturas propias hechas por los afectados en primera instancias, y el pensar que de una manera u otra la oportunidad de tener un concepto herrado de profesionales, permiten tras una curiosidad sana, indagar y reafirmar que el tener claro conceptos brinda la certeza pura de la idoneidad de la capacidad de conocimiento sin escatimar errores humanos.

Con el desconocimiento de causas y demás elementos que hacen efectiva la toma de decisiones se resuelven y se dan diferentes veredictos, pero todos apuntando a la protección y defensa del bien común social humano, en especial la protección de los derechos, los cuales en ningún momento se deben de dejar de proteger, pues es de gran connotación la constante arremetida que tienen los conscientes del tema, dé la importancia de resaltar su nombramiento si es necesario uno a uno, y su ubicación en los diferentes documentos contenidos dejando de una vez la aclaración de su existencia verdadera y competente respaldo para su intromisión.

“Con la promulgación de la sentencia C577 de 2011, el panorama para las parejas del mismo sexo (PMS) cambió, puesto que el alcance y efectos jurídicos de este pronunciamiento de la Corte Constitucional, hace que se revisen diferentes aspectos sobre la inclusión de los Derechos de la PMS. Éstas se crean de las diferentes clases de opción sexual que buscan unirse de forma permanente, nuevas realidades que permean nuestra sociedad y encarnan nuevas situaciones jurídicas donde existen vacíos o desconocimiento. Con base en lo anterior, nace el presente estudio para analizar con objetividad el ordenamiento jurídico, una realidad que hace parte de nuestra sociedad colombiana. Para zanjar dicha necesidad se hace vital siguiendo una metodología analítica y dialéctica de enfoque cualitativo, establecer los derechos que efectivamente se le han reconocido a las parejas conformadas por personas del mismo sexo (PMS) a través de la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, donde se construye un estado del arte frente al reconocimiento de los derechos de las PMS, y por último, se analizan los diferentes pronunciamientos que ha hecho el máximo tribunal constitucional. Ello en aras de determinar con exactitud cuáles derechos actualmente se les reconoce a las PMS”

JAIME ALFONSO CUBIDES CÁRDENAS

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COLOMBIA

PROBLEMA JURIDICO ¿CUAL A SIDO LA CONSECUENCIA POSITIVA O NEGATIVA FRENTE A LA ADOPCION, CUANDO A PAREJAS DEL MISMO SEXO SE REFIERE?

SENTENCIA. T-290/95

RECURSO: ACCION DE TUTELA-Improcedencia/MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL/DECLARACION DE ABANDONO

SENTENCIA DE FECHA:

Santafé de Bogotá, D.C., julio cinco (5) de mil novecientos noventa y cinco (1995).

MAGISTRADO PONENTE:

Dr. Carlos Gaviria Díaz.

Ref.: Expediente No. T- 63127.

Descripción: la siguiente sentencia en el proceso de tutela número T-63127, interpuesto por José Gerardo Córdoba contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Acción de tutela contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar por quitarle al actor, "debido a su homosexualidad", la custodia de una niña abandonada a quien cuida desde hace cinco años.

Tema:

- La homosexualidad del actor no fue el factor determinante de la decisión del I.C.B.F. y, por lo tanto, no se le violó el derecho a la igualdad.

- Los recursos de la vía gubernativa no impiden el ejercicio de la acción de tutela.

DEMANDANTE : José Gerardo Córdoba

NORMAS DEMANDADAS: protección de su derecho fundamental a la igualdad y del derecho de la menor XX a tener una familia, consagrados en los artículos 13 y 44 de la Carta Política

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 86 y 241 numeral noveno de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 33 a 36 del Decreto 2591 de 1991

HECHOS RELEVANTES

El señor José Gerardo Córdoba expresa que durante cinco años, a pesar de su pobreza, le ha dado todo lo necesario a la niña y la ha querido como si fuera su propia hija, razón por la cual le causa un gran sufrimiento la decisión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar de quitársela y buscarle otros padres adoptivos. Sostiene que la única razón en la que se basó el Instituto es su homosexualidad, a pesar de que esta característica no lo inhabilita para ser un buen padre.

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