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Organización Internacional Del Trabajo


Enviado por   •  18 de Agosto de 2014  •  357 Palabras (2 Páginas)  •  139 Visitas

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El 7 de junio de 1989, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aprobó el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales de países independientes, buscando revisar y actualizar el Convenio 107 de 1957, el cual se constituye en un instrumento internacional muy importante en la protección de dichos pueblos. Este convenio se fundamenta en el derecho a la igualdad de derechos entre los pueblos y el resto de la población y en el respeto por su cultura e instituciones.

En cumplimiento del Convenio 169, el Estado colombiano tiene prohibido adoptar normas que no garanticen los derechos que protegen a los pueblos indígenas y tribales, lo cual significa que cualquier disposición legal expedida en el país debe estar acorde con lo consagrado en él.

Desde esta perspectiva, a continuación realizaremos una breve descripción de los derechos que aplican en Colombia para las comunidades étnicas, tomando como base la Constitución Política de Colombia y el Convenio 169 de la OIT (Ley 21 de 1991).

• Declaración de las Naciones Unidas

Adicionalmente, se ha tenido en cuenta la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, una muy importante de la Asamblea General que se constituye en un tributo para los pueblos indígenas. Después de 20 años de discusión, el Consejo de Derechos Humanos dinamizó el proceso de adopción de este instrumento y en junio de 2006 adoptó la declaración preparada por dos décadas.

La Asamblea General de Naciones Unidas la el 13 de septiembre de 2007 proclama solemnemente la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, como ideal común que debe perseguirse en un espíritu de solidaridad y respeto mutuo efectuando cambios en temas como:

• Libre determinación

• Tierra, territorios y recursos

• Derecho propio

• La definición como pueblos distintos sobre todo para los países que tienen políticas de asimilación.

Este instrumento internacional es de gran trascendencia como lo manifestó en su momento el Mensaje del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, Dr. Rodolfo Stavenhagen, con motivo de la adopción de la Declaración sobre derechos de los pueblos indígenas por la Asamblea General de Naciones Unidas

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