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Organizacion Internacional Del Trabajo


Enviado por   •  18 de Marzo de 2015  •  3.058 Palabras (13 Páginas)  •  254 Visitas

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Que es la OIT y que hace

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919, en virtud del Tratado de Versalles.

Los objetivos de la OIT son promover y cumplir las normas y los principios y derechos fundamentales en el trabajo, crear mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos, mejorar la cobertura y la eficacia de una seguridad social para todos y Fortalecer el tripartismo y el diálogo social.

Los mandantes de este organismo son representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores, razón por la cual decimos que su estructura es tripartita.

Un aspecto esencial en las actividades de la OIT es la importancia de la cooperación entre gobiernos y organizaciones de trabajadores y empleadores en la promoción del progreso social y económico.

El objetivo de la OIT es responder a las necesidades de los hombres y mujeres trabajadores al reunir a gobiernos, empleadores y trabajadores para establecer normas del trabajo, desarrollar políticas y concebir programas. La estructura de la OIT, en la cual trabajadores y empleadores tienen el mismo derecho a voto que los gobiernos en sus deliberaciones, es una muestra del diálogo social en acción. De esta manera se garantiza que las opiniones de los interlocutores sociales queden fielmente reflejadas en las normas laborales, políticas y programas de la OIT.

La OIT fomenta el tripartismo dentro de sus mandantes y Estados miembros, al promover el diálogo social entre las organizaciones sindicales y de empleadores en la formulación – y cuando es pertinente – en la aplicación de las políticas nacionales en el ámbito social y económico, así como respecto a muchas otras cuestiones.

La OIT realiza su trabajo a través de tres órganos fundamentales (la Conferencia Internacional del Trabajo, el Consejo de Administración y la Oficina), los cuales cuentan con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores.

El Consejo de Administración y la Oficina son asistidos en su labor por comisiones tripartitas que se ocupan de los principales sectores económicos. Además reciben apoyo de los comités de expertos en materia de formación profesional, desarrollo de la capacidad administrativa, seguridad y salud en el trabajo, relaciones laborales, educación de los trabajadores y problemas específicos que afectan a las mujeres y a los jóvenes trabajadores.

Convenios de la OIT trabajadores domésticos

Los trabajadores domésticos, constituyen una parte considerable de la fuerza de trabajo en empleo informal y se encuentran entre los grupos de trabajadores más vulnerables. Trabajan para hogares privados, sin estar registrados, sin condiciones claras y excluidos del alcance de la legislación laboral. Un 83% de trabajadores domésticos son mujeres quienes sufren de explotación laboral y abuso de los derechos humanos.

La OIT se compromete a proteger los derechos de los trabajadores domésticos, promover igualdad de oportunidades de trato, y mejorar las condiciones de trabajo y de vida. Su convenio 189 y la recomendación 201 sobre trabajadores domésticos, facilitan la organización de los trabajadores domésticos y de sus empleadores. Este convenio fue creado en el 2011, consta de 27 artículos que hablan sobre lo principal que se necesita para aplicar este convenio y poder optar por un trabajo decente y digno, con igualdad y que no se menos precie, ya que es igual de importante que cualquier otro y se tiene que defender de igual forma.

En el 2015, reunido el consejo de salarios del grupo n° 21: servicio domestico, llegaron al acuerdo de incrementar los salarios mínimos en un 5% por concepto del IPC y un 3.10% de correctivo de IPC según el ajuste anterior.

Este convenio tiene por objeto brindar protección laboral y social a los trabajadores domésticos, estableciendo derechos y principios básicos, con el fin de creas una equidad para el trabajador que el patrón pueda seguir y el abuso y explotación laboral desaparezca. Por otro lado, exige a los Estados tomar una serie de medidas con el fin de lograr que el trabajo decente sea una realidad para trabajadores y trabajadoras domésticos.

La OIT es una de las organizaciones más importantes en estos tiempos, gracias a las reformas efectivas que ah logrado para los trabajadores y poder regular sus condiciones en unas dignas y sin discriminación.

En cuanto al contenido del Convenio, establece algunas normas mínimas para los trabajadores domésticos, tales como: derechos básicos, información sobre los términos y condiciones de empleo, horas de trabajo, remuneración, seguridad y salud, seguridad social, trabajo infantil doméstico, normas para los trabajadores domésticos que viven en la casa de sus empleadores, normas relativas a trabajadores domésticos migrantes, agencias de empleo privadas, resolución de conflictos, así como lo relativo a quejas y el cumplimiento de la ley.

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Los 5 derechos fundamentales

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) protege a 5 derechos fundamentales los cuales son la libertad sindical, la negociación colectiva, el trabajo forzoso, trabajo infantil y la discriminación.

El principio de libertad sindical se encuentra en el centro de los valores de la OIT, trata de un derecho proclamado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Este derecho es el requisito necesario para la solidez de la negociación colectiva y del diálogo social. Sin embargo, siguen existiendo retos en la aplicación de estos principios. En algunos países, determinadas categorías de trabajadores se encuentran excluidas del derecho de sindicación, se suspenden ilegalmente las organizaciones de empleadores y de trabajadores, o se produce una injerencia en sus actividades, y, en algunos casos extremos, los sindicalistas son encarcelados o asesinados. Por esto, las normas de la OIT, junto con el trabajo del Comité de Libertad Sindical y otros mecanismos de control, allanan el terreno para la resolución de esas dificultades y para la garantía del respeto de este derecho humano fundamental en todo el mundo.

El derecho anterior garantiza que los trabajadores y empleadores puedan asociarse para negociar de manera eficaz las relaciones de trabajo. Al combinarse la libertad sindical, las prácticas de la negociación colectiva garantizan que los empleadores y trabajadores negocien en un plano de igualdad

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