PIRAMIDE DE KELSEN: LO QUE LA INTEGRA
Luiisolopez11 de Junio de 2014
3.816 Palabras (16 Páginas)297 Visitas
TRATADOS INTERNACIONALES
Por tratados celebrados por México, debe entenderse cualquier "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular" (artículo 2, inciso a), de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y organizaciones internacionales. Como acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Esta colección incorpora, exclusivamente, información relativa a los tratados bilaterales y multilaterales celebrados por México y que actualmente se encuentran vigentes, abarcando el periodo de 1836 a la fecha.
* CONVENIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DE GUATEMALA SOBRE LA PROTECCIÓN Y MEJORAMIENTO DEL AMBIENTE EN LA ZONA FRONTERIZA, FIRMADO EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL 10 DE ABRIL DE 1987: RECONOCIENDO su mutua preocupación y responsabilidad en la protección y mejoramiento del ambiente en la zona fronteriza y en la conservación de los recursos naturales que se encuentran a ambos lados de la frontera y que forman parte de sus respectivos patrimonios.
*ACUERDO DE COOPERACIÓN AMBIENTAL ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADÁ, FIRMADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL 16 DE MARZO DE 1990: Las Partes cooperarán entre sí tomando todas las medidas apropiadas de que puedan legalmente disponer, a fin de prestarse asistencia mutua en materia penal, de conformidad con los términos de este Tratado y dentro de los límites de las disposiciones de sus respectivos ordenamientos legales internos. Dicha asistencia tendrá por objeto la prevención, investigación y persecución de delitos o cualquier otro procedimiento penal, que deriven de hechos que estén dentro de la competencia o jurisdicción de la Parte Requirente al momento en que la asistencia sea solicitada, y en relación con procedimientos conexos de cualquier otra índole relativos a las conductas criminales mencionadas.
* ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PARA ESTABLECER UNA COMISIÓN DE SALUD FRONTERIZA MÉXICO-ESTADOS UNIDOS, FIRMADO EN LAS CIUDADES DE WASHINGTON Y MÉXICO, EL 14 Y 24 DE JULIO DE 2000, RESPECTIVAMENTE: Se creó mediante un Acuerdo firmado por el Secretario de Salud de México y el Secretario de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos de América, en julio de 2000. La CSF Mex-EU es una Comisión Binacional, fundada por acuerdo de los gobiernos de México y los Estados Unidos y ratificada por los respectivos Senados de las dos naciones, con el propósito de valorar y enfrentar los problemas de salud que se presentan a todo lo largo de la frontera. Los miembros se reúnen regularmente para discutir, acordar objetivos comunes y visiones de un futuro más saludable. Sólo mediante el trabajo conjunto se podrá lograr un avance real para mejorar la salud, disminuir las desigualdades y elevar la calidad de vida en las regiones fronterizas.
LEYES ORGÁNICAS
Las leyes orgánicas tienen un sentido ordenador y auto limitante de las funciones ejercidas por el Congreso de la República, se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias. Una ley orgánica es "un mandamiento al Congreso en orden a regular su función legislativa, señalándole límites y condicionamientos”.
*LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL: Establece la estructura primaria de la administración pública, así como las funciones encomendadas a cada dependencia u organismo. Su complemento lo es el Reglamento Interior, ya sea de la Administración Pública o el de algunas dependencias o entidades que cuentan con él, donde se establecen funciones para la estructura secundaria. De igual manera, nos ilustra para conocer de qué manera está conformado el Gobierno Federal, Estatal y Municipal, los alcances de cada área administrativas o sea es la columna vertebral por el que se conoce el actuar del Gobierno a través del desarrollo de las funciones encomendadas.
*LA ADMINISTRACIÓN E IMPARTICIÓN DE JUSTICIA EN EL DISTRITO FEDERAL: corresponde al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y demás órganos judiciales que esta Ley señale, con base en lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y demás ordenamientos legales aplicables. El Consejo de la Judicatura del Distrito Federal será el órgano encargado de manejar, administrar y ejercer de manera autónoma el presupuesto del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia presupuestal. Se establecen como principios que regulan la función judicial, tanto en su aspecto de impartición de Justicia, como en su aspecto administrativo los siguientes: la expedites, el impulso procesal oficioso, la imparcialidad, la legalidad, la honradez, la independencia, la caducidad, la sanción administrativa, la oralidad, la formalidad, la calidad total en sus procesos operativos, administrativos y contables, la excelencia en recursos humanos, la vanguardia en sistemas tecnológicos, la carrera judicial, la eficiencia y eficacia.
LEYES ORDINARIAS
Norma Jurídica que constituye, generalmente, el segundo escalón en la jerarquía jurídica de las leyes de un Estado. Su aprobación corresponde al Congreso o Parlamento, normalmente, por mayoría simple. En los sistemas democráticos los miembros del parlamento o congreso son elegidos por sufragio universal. La aprobación de las leyes se puede realizar por votación en el pleno de la cámara, o por alguna de las comisiones legislativas que puede tener. Las leyes ordinarias inician su tramitación, bien a iniciativa de la propia Cámara, o bien por iniciativa del poder ejecutivo. En algunos sistemas, además, se admite que sea a través de una iniciativa popular.
*LEY AGRARIA: El Ejecutivo Federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales para elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional. Las organizaciones de productores podrán elaborar propuestas de políticas de desarrollo y fomento al campo, las cuales serán concertadas con el Ejecutivo Federal para su aplicación. *LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES: Las sociedades mercantiles inscritas en el Registro Público de Comercio, tienen personalidad jurídica distinta de la de los socios. Salvo el caso previsto en el artículo siguiente, no podrán ser declaradas nulas las sociedades inscritas en el Registro Público de Comercio. Las sociedades no inscritas en el Registro Público de Comercio que se hayan exteriorizado como tales, frente a terceros consten o no en escritura pública, tendrán personalidad jurídica.
DECRETOS
• Por el que se autoriza al Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, a desincorporar del patrimonio municipal las calles que se encuentran en el interior del Polígono conformado por Boulevard Manuel ávila Camacho, Avenida Río San Joaquín y Avenida Ingenieros Militares y a donarlas a favor del Organismo Público Descentralizado denominado Junta de Caminos del Estado de México; así mismo se autoriza al Organismo Público Descentralizado denominado Junta de Caminos del Estado de México, a permutar, los derechos reales de dichos predios, para los derechos reales sobre las fracciones de los predios propiedad de la empresa “Constructora el Toreo” S.A. de C.V.
• Por el que se aprueban tarifas para los derechos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, diferentes a las contenidas en el Titulo Cuarto, Capitulo Segundo, Sección Primera del Código Financiero del Estado de México y Municipios, relativas a los municipios de: Acolman, Amecameca, Atizapán de Zaragoza, Atlacomulco, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, el Oro, Huixquilucan, Jilotepec, Metepec, Naucalpan de Juárez, Tecámac, Tepotzotlán, Tlanepantla de Baz, Toluca, Tultitlán, Valle de Bravo y Zinacantepec, México, para el Ejercicio Fiscal 2013.
REGLAMENTOS
• REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares.
• REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina.
• REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
• REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior.
• REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal.
ACUERDOS
• ACUERDO DE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA: El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, remite testimonio de la resolución dictada en el toca Inejec. 58/2013, del índice del Tribunal oficiante, así como los autos originales del presente juicio; acúsese recibo y hágase del conocimiento de las partes que mediante resolución de veintiséis de septiembre de dos mil trece, determinó lo siguiente: "ÚNICO. Se declara SIN MATERIA el incidente de inejecución de sentencia... Al respecto, este órgano jurisdiccional toma conocimiento de la resolución dictada por la superioridad, en el entendido de que en proveído de dos de octubre del año en curso, tomando en consideración las documentales remitidas por la autoridad responsable, se requirio a las autoridades vinculadas. NOTIFÍQUESE.
• Tratado de Libre Comercio de América del Norte (Canadá-Estados Unidos-México).
• Tratado De Libre Comercio
...