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PLAN DE AYALA DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 1911


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2013  •  1.807 Palabras (8 Páginas)  •  679 Visitas

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PLAN DE AYALA DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 1911.

Frente al apóstol de la democracia se levantó Emiliano Zapata, el caudillo empecinado, pero que con su tenacidad defensora del agrarismo, en los momentos cruciales para la Historia de México, será el factor determinante para que el movimiento revolucionario de 1910 se complemente con un contenido social y, al hacerlo, se vislumbren las modalidades que se imprimirán al concepto de propiedad, en la Constitución de 1917, Madero hombre preparado creía y luchaba por la democracia; Emiliano Zapata hombre inculto que había sufrido en carne propia el despojo de sus tierras, creía que la paz no podría lograrse hasta que no se solucionara el Problema Agrario en México, se restituyeran y dotaran de tierras, y estos principios se consagrasen en las leyes de México. Por lo anterior nos daremos cuenta de la importancia que el Movimiento Suriano tuvo no sólo para nuestra vida política y social, sino fundamentalmente para nuestra estructura jurídica, pues nuestra legislación que equilibra actualmente las garantías individuales y sociales se originó en México, no con la lucha del proletariado, sino con la lucha del campesinado y logró rango constitucional por primera vez en el mundo. Al hojearse brevemente alguna biografía de Emiliano Zapata, comprenderemos que éste era un hombre de ideales firmes incapaz de traicionar a los de su clase y, por lo mismo, nos explicamos su postura de empecinamiento luchando por la revolución del Problema Agrario en México. Zapata no claudicó nunca, “persiste en su noble intransigencia porque él y sus hombres traían a cuestas el dolor de las usurpaciones y d los arrebatos” y ese es su valor que lo convierte en el Apóstol de la Justicia Social.

Cuando Zapata -Con su Plan de Ayala- se sublevó contra Madero que era el jefe de un movimiento revolucionario triunfante, reconstituyó en la revolución dentro de la Revolución porque la enriqueció con su contenido socio-económico; o sea, que el simple cambio de hombres se enriqueció con el cambio de sistemas, de estructuras económicas en el régimen de tenencia y explotación de la tierra rústica. Si una revolución se significa por el rompimiento del régimen jurídico anterior, el Plan de San Luis no alcanzó pleno carácter revolucionario por que sostuvo como indicamos, en su artículo primero, la continuidad del sistema legal anterior a 1910; no así el Plan de Ayala, porque cuando los campesinos pidieron tribunales especiales para el tratamiento de los problemas agrarios, estaban implicando el rompimiento legislativo y la total Revolución; aún más, al invertir el procedimiento señalado que los pueblos entraría en posición inmediata de las tierras usurpadas y que los particulares que pretendieran ser dueños de ellas serían quienes irían a los tribunales a deducir sus derechos, estaban invirtiendo la carga de la prueba a favor de una categoría económica inferior, y modificando no sólo el derecho substantivo, sino el derecho procesal, y aún más, estaban proponiendo el establecimiento del Derecho Social. Por estas consideraciones, opinamos que la parte medular del Plan de Ayala se ubica en la petición de tribunales especializados para la materia agraria, porque implicó una legislación también especializada y que simbolizó desde el 28 de noviembre de 1911, la verdadera revolución. Aún más tarde, cuando este Plan se aceptó parcialmente el 28 de octubre de 1914 por las fuerzas revolucionarias temporalmente coaligadas, Wormack también opinará que “la convención de Aguascalientes era entonces el gobierno efectivo de México y su adopción de los artículos del Plan de Ayala (4, 6, 7, 8, 9 y 12), aún cuando no fue más que en principio, era el primer compromiso oficial de llevar a cabo una política de bienestar rural de que se tuviese noticia en la historia e la Nación. Que cuatro años antes los científicos hubiesen ejecutado la alta política casi completamente a favor de los grandes terratenientes, que durante el gobierno de Madero los agraristas hubiesen parecido todavía excéntricos reformistas sociales y que ahora un gobierno anunciase el derecho especial de los pobres del país a recibir su servicios, esto, por sí solo, indicaba hasta qué punto y hasta donde la revolución había dado satisfacción al deseo de justicia de la gente. Y la fuerza motriz del cambio había sido los revolucionarios de Morelos”.

El Plan de Ayala del 28 de noviembre de 1911 se inicio acusando a Madero de traición. El licenciado don Antonio Díaz Soto y Gama en la Cátedra que impartió en la facultad de Derecho de la U.N.A.M., sintetizó el Plan reduciéndolo a tres postulados agrarios, que son los siguientes:

a) Restitución de ejidos. El pensamiento era éste: si Anenecuilco, tomado como ejemplo de otros pueblos, a pesar de poseer títulos primordiales personalmente confirmados por Cortés, se vio despojado de sus tierras y la justicia no reconocía su derecho de restitución, entonces las tierras deberían ser devueltas a los pueblos por la fuerza si era necesario. En la Cláusula 6ª se estableció “como parte adicional del Plan que invocamos que los terrenos, montes y aguas que hayan usurpado los hacendados científicos o caciques, a la sombra de la tiranía y de la justicia venal, entrarán en posesión de estos bienes inmuebles desde luego los pueblos o ciudadanos que tengan sus títulos correspondientes de esas propiedades, de las cuales han sido despojados, y los usurpadores que se consideren con derecho a ellos lo deducirán ante los Tribunales Especiales que

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