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PLATAFORMA CONTINENTAL SUBMARINA, MEDIO MARINO E INVESTIGACIÓN OCEÁNICA


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2017  •  Monografías  •  7.714 Palabras (31 Páginas)  •  185 Visitas

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UNIVERSIDAD DE PANAMÁ

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO DE VERAGUAS

ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ASIGNATURA:

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

TEMA: PLATAFORMA CONTINENTAL SUBMARINA, MEDIO MARINO E INVESTIGACIÓN OCEÁNICA

 

PROFESOR:

EZEQUIEL PINZÓN

PERTENECE A:

JOSE MANUEL HERNANDEZ        9-752-236

MELISSA GARCIA                          9-751-495

MARCO MENDEZ                         2-241-1941

SAYULI TORRES                         2-740-1475

NÉMESIS MUÑOZ                        9-750-1992

FECHA: 28/9/17

II SEMESTRE 2017

INDICE

INTRODUCCION

A lo largo del tiempo y debido a la actividad cambiante y evolutiva de la sociedad tanto nacional como internacional, se hizo necesario crear normas jurídicas con el fin de regular las relaciones y conflictos entre Estados por efectos de derechos relacionados al mar. Es decir, se regularizó todo lo referente al mar por medio del llamado Derecho del Mar -valga la redundancia- con lo cual el derecho cumple su papel de regular no solo las relaciones jurídicas entre los particulares, sino también entre Estados y todo aquello que es susceptible de ser regulado por normas jurídicas. Es así como se fijan los parámetros referentes al uso del mar, el cual ha sido objeto de importantes conferencias y convenciones no solo de carácter regional, sino también de índole mundial.

Lo mencionado anteriormente nos ha llevado a la elaboración del siguiente proyecto relacionado a la plataforma continental, medio marino e investigación oceánica. Aquí haremos un breve repaso de algunas conferencias que se han llevado a cabo con respecto al derecho del mar, examinaremos diferencias y similitudes entre una y otra, así como también mencionar en qué consistían básicamente las mismas con relación a nuestro tema, el cual como hemos dejado claro anteriormente, es plataforma continental, medio marino e investigación oceánica con el fin de obtener conocimientos y explicar la importancia de este tópico a nuestro entorno.

Fijaremos pautas sobre normas y reglas relacionadas con la investigación oceánica como derechos y obligaciones de los Estado y también haremos énfasis respecto del medio marino, basándonos principalmente el normas que contribuyen a éste no sea contaminado y expondremos las responsabilidades de los Estado cuando el medio marino sea objeto de contaminación, entre otras cosas.

Plataforma Continental Submarina, Medio Marino e Investigación Oceánica

Precisiones conceptuales básicas

Plataforma continental: prolongación sumergida del territorio sobre la que el Estado costero ejerce derechos soberanos para la explotación de los recursos. El límite extremo de la plataforma continental es (según la Convención de Ginebra sobre la Plataforma Continental) el punto en que la profundidad de las aguas no permite ya la explotación de los recursos. Pero la Conferencia del Derecho del Mar (que sesiona desde 1973) ha admitido, para la plataforma continental, un límite horizontal de 200 millas (con posibilidad de mayor extensión en ciertos casos).

Mar territorial: zona marítima que sigue el trazado de la costa en una anchura que los Estados lijan por sí mismos en ausencia de una reglamentación universal por el Derecho Internacional, y sobre la cual el Estado costero ejerce su soberanía bajo reserva del respeto de la norma del libre paso inofensivo de naves extranjeras.

Zona contigua: la III Convención de las Naciones Unidas, en su artículo 55, definió la Zona Económica Exclusiva como: "un área situada más allá del mar territorial y adyacente a éste, sujeta al régimen jurídico específico establecido en esta parte, de acuerdo con el cual los derechos y la jurisdicción del Estado ribereño y los derechos y libertades de los demás Estados se rigen por las disposiciones pertinentes de esta Convención", es decir que de acuerdo con la Convención, el Estado ribereño ejerce derechos soberanos sobre los recursos naturales o para su exploración y explotación. Dentro de esta zona tendrá derechos exclusivos a efectos de control, regulación, explotación y preservación de los recursos orgánicos e inorgánicos, y de prevención y control de la contaminación.

Talud continental: el talud continental es una parte de la morfología submarina ubicada entre los 200 a 4000 metros bajo el nivel del mar.

Esta zona tiene un fuerte declive, en el que se encuentran profundos valles submarinos, grandes montañas y gigantescos cañones submarinos. En los taludes continentales se producen grandes deslizamientos ya que el origen de los mismos está en la acumulación sucesiva de sedimentos procedentes, a veces desde distancias considerables, desde los continentes más cercanos.

Datum geodésico: es una referencia de las medidas tomadas. En geodesia un datum es un conjunto de puntos de referencia en la superficie terrestre con los cuales las medidas de la posición son tomadas y un modelo asociado de la forma de la tierra (elipsoide de referencia) para definir el sistema de coordenadas geográfico. Datum horizontales son utilizados para describir un punto sobre la superficie terrestre. Datum verticales miden elevaciones o profundidades.

Lecho del mar: es el fondo del mar.

Estado ribereño: nace de la necesidad de que un Estado con costas pueda legislar inicialmente sobre su mar territorial, posteriormente agregándose los conceptos de lecho y subsuelo marino en su plataforma continental, así como la zona contigua, siendo completamente soberano sobre esa jurisdicción marítima.

Espacio aéreo: se centra en dos cuestiones fundamentales: la seguridad del tráfico que en este espacio se realiza y los derechos de soberanía de los Estados y de propiedad de los particulares, en cuanto bien susceptible de apropiación, así como su delimitación respecto al espacio exterior.

Isóbata: es la curva que representa cartográficamente los puntos de igual profundidad en océanos y mares.

Crestas submarinas: son las elevaciones alargadas del fondo del mar que separa dos porciones submarinas con características propias.

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