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PRINCIPIO DE ADAM SMITH


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2015  •  Tareas  •  707 Palabras (3 Páginas)  •  236 Visitas

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PRINCIPIO DE ADAM SMITH

LEY CON LA QUE SE ASEMEJA

RELACIÓN

PRINCIPIO DE ECONOMÍA

Todo impuesto al momento de recaudarse debe ser lo más pequeño posible.

PRINCIPIO DE JUSTICIA

Los súbditos deben contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporción lo más cercana a sus posibilidades.

  • Principio de generalidad y uniformidad.
  • Artículo 2 del Código Fiscal de la Federación.

Las contribuciones de clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

Se relacionan porque  nos dice igualmente que nadie debe estar exento del pago de impuestos, que todos debemos ser iguales ante el pago de los mismos, y que debe realizarse de forma equitativa según nuestras contribuciones, esto quiere decir que no podemos dar más de lo que tenemos, ni viceversa.

PRINCIPIO DE GENERALIDAD

Nadie debe estar exento de la obligación de pagar impuestos.

  • Artículo 31 fracción IV CPEUM.

Se debe contribuir para los gastos públicos, así como de la federación en caso de ser del distrito federal, del estado o municipio en que residan de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

  • Artículo  2 del Código fiscal de la federación. Clasificación de los impuestos.

Las contribuciones de clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

  • Artículo 1 del Código Fiscal de la Federación.

Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este código se aplicarán en su defecto y sin perjuicio alguno de lo dispuesto  por los tratados internacionales de los que México sea parte. Solo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico.

Se relacionan puesto que en todos nos mencionan que en absolutamente nadie debe estar exento de pagar impuestos, dado que al momento de pagarlos se aporta al estado en materia de seguridad, espacios públicos, entre otros, y sirve como bien y/o derecho para los ciudadanos.

PRINCIPIO DE UNIFORMIDAD DEL IMPUESTO

Todos deben ser iguales frente al pago del impuesto.

  • Artículo 31 fracción IV CPEUM.

Se debe contribuir para los gastos públicos, así como de la federación en caso de ser del distrito federal, del estado o municipio en que residan de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

  • Artículo 28 CPEUM.

En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria.

Se relacionan porque dice que debemos contribuir con el pago de impuestos de manera equitativa, y que no habrá distinciones ni exclusiones, todos son iguales ante el pago de las contribuciones según dictan las leyes, y que de igual manera quedan prohibidas las exenciones o estancos.

PRINCIPIO DE CERTIDUMBRE

Impuesto fijo y no arbitrario, la fecha de pago y cantidad debe ser clara para el contribuyente.

  • Artículo 9 de ISR.

Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obteniendo en el ejercicio la tasa del 30%.

  • Artículo 1 del Código Fiscal de la Federación.

Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este código se aplicarán en su defecto y sin perjuicio alguno de lo dispuesto  por los tratados internacionales de los que México sea parte. Solo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico.

Se relacionan porque dice que los impuestos son totalmente fijos y sin arbitrariedades,  y que los términos respectivos deben ser totalmente claros para el contribuyente para facilitar el cumplimiento de sus impuestos.

PRINCIPIO DE COMODIDAD

Todo impuesto debe pagarse en el tiempo y forma que se estipule.

  • Artículo 6 fracción I.

Si la contribución se calcula por periodos establecidos en la ley y en los casos de retención o de recaudación de contribuciones, los contribuyentes, retenedores, o las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudarlas, las enterarán a más tardar el día 17 del mes del calendario inmediato posterior al de terminación del periodo de la retención o de la recaudación respectivamente.

Se relacionan porque dice que los contribuyentes deben rendir cuentas sobre el pago de sus impuestos obligatoriamente en la fecha y forma que les sea indicada, según la ley, y que tienen  una fecha límite para ser enteradas.

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