PRINCIPIOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
antoniomata103023 de Marzo de 2012
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PRINCIPIOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La participación ciudadana en Venezuela es uno de los grandes retos que tiene nuestro país, y aunque no se encuentre la Ley de Participación Ciudadana aprobada, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) le brinda toda la legitimidad para su ejercicio.
Es de considerar que la participación ciudadana, protagónica y revolucionaria está basada en valores democráticos, humanísticos con horizonte ético-político, en búsqueda de un Estado de derecho y de justicia social, para el respeto a la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la responsabilidad social, los derechos humanos, el pluralismo, la dignidad, el reconocimiento del otro como ser humano, comprendiendo que el otro o la otra no es más que su propio espejo, es un estado constante de proyección. Por lo tanto, la participación ciudadana al ejercerse responsablemente a través del ejercicio de la contraloría social, jamás dirá algo de lo que no tenga prueba, dado que está sujeta al Estado de Derecho, sus valores individuales son sustituidos concientemente por los valores del colectivo.
El sentido de la participación ciudadana es construir el proyecto de país manifiesto en la CRBV orientado a la transformación no a la reproducción o reforma del sistema capitalista, por tanto debemos ejercer la participación ciudadana de forma crítica y autocrítica, conciente de que se está rompiendo el paradigma, cambiando un modelo de democracia representativa por un modelo de democracia participativa principalmente desde el ámbito cotidiano, dado que es en lo pequeños espacios donde se debe profundizar la democracia, en lo diferentes escenarios, como: la familia, la comunidad, el trabajo, entre otros.
En este contexto más que nunca el ejercicio de la participación ha de estar conciente y alerta de que para transformar hay que cambiar el individualismo por lo colectivo, lo competitivo por la solidaridad, el consumismo por lo recreativo, la desesperanza por la esperanza, el miedo y el terror por la fe, el desprestigio por la dignidad, la satanización del otro por el reconocimiento del otro, y el odio por el amor.
No podemos encubrir el horizonte transformando las máscaras del modelo capitalista por un modelo alternativo. El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, ha denominado este nuevo modelo como el socialismo del siglo XXI, lo que implica un cambio de paradigma que brinde legitimación de éste y contribuya en la lucha ideológica que va desde lo epistemológico, lo político, lo cultural, lo social y lo económico, y mucho más allá de lo cotidiano como el lenguaje, hasta formas de organización, entre otros.
La participación ciudadana, protagónica y revolucionaria parte de una verdadera praxis coherente con la construcción del nuevo socialismo para que no se divorcie la teoría y la práctica, por lo cual es necesario utilizar la forma de participación comprometida a través de la conformación de la Contraloría Social sustentada en la CRBV (Art.62), los Lineamientos Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 y en el Nuevo Mapa Estratégico. La contraloría social busca prevenir conflictos sociales ya que detecta problemas que puedan ser generados por las instituciones públicas, cuando pierden la direccionalidad de los programas y proyectos, los cuales pueden ser causados tanto por acción como por omisión.
La contraloría social a través de información y conocimiento de causa realiza un conjunto de acciones voluntarias para ejercer el control, la vigilancia, la supervisión y la evaluación para contribuir con la gestión gubernamental, dado que busca la democratización de los servicios, el manejo de los recursos en beneficio de la colectividad, la capacidad de respuesta y pretende evitar que los recursos sean utilizados por intereses particulares de algún grupo. También, promueve la honestidad, la transparencia, eficiencia, eficacia y confianza de la ciudadanía en el proceso revolucionario. La contraloría fortalece la democracia, generando nuevas relaciones entre el Estado y la Sociedad, brindando mayor eficiencia de la gestión y la rendición de cuentas en los diversos ámbitos local, regional y nacional.
La contraloría social ejercida de forma ética-política y humanista es el ejercicio donde el pueblo participa y forma parte de los asuntos públicos. Por lo cual, al ejercer esta forma de participación se debe estar conciente de los obstáculos y resistencias a las que la ciudadanía se enfrenta. Organizarse para romper con el silencio que se hace cómplice, y llegar no con chismes sino con pruebas a las instancias internas y de ser necesario a las externas donde están las diferentes autoridades competentes o al Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías no es tarea fácil.
Los riesgos que corren las personas que ejercen responsablemente la contraloría social son de distinto tipo, tales como: fuertes cuestionamientos por parte de las personas más cercanas, intentos de resquebrajar la moral a través de chismes, calumnias e incertidumbres dirigidas a dividir el grupo contralor y hasta incluso pueden llegar a ser víctimas de hostigamiento y persecución. Por lo tanto, la contraloría social debe basarse en sólidos principios éticos, actuar de forma transparente sin anonimatos, realizar críticas lógicas, constructivas y propositivas no simplemente ser un criticón o criticona, y sobre todo realizar actividades de manera constante, perseverante y positiva.
MEDIOS DE PARTICIPACIÓN POLITICA Y CIUDADANA
En el artículo 70 de la Carta Magna se estipularon los mecanismos que el pueblo tiene a su disposición para ejercer dicha participación y protagonismo en los ámbitos político, económico y social.
En lo político se fijaron como medios de participación la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos (cuyas decisiones son de carácter vinculante).
Mientras tanto, para las esferas económica y social se designaron las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión y las cooperativas en todas sus formas (incluyendo las de carácter financiero).
La lista se completó con las cajas de ahorro, las empresas comunitarias y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.
El mismo numeral 70 previó la creación de una ley que estableciera las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo, y el Proyecto de Ley Orgánica de Participación Ciudadana es, precisamente, el estatuto que pretende cumplir con ese mandato.
El rango de orgánico sólo le confiere la competencia de esbozar unos principios generales que luego serán desarrollados en otro cuerpo legal de carácter ordinario.
A paso de tortuga Todo borrador legal que elabora una comisión del Parlamento debe ser ratificado en dos discusiones de la plenaria.
El de Participación Ciudadana se estructuró en cinco títulos, 13 capítulos y 104 artículos que pasaron la primera prueba el 29 de noviembre de 2001.
El presidente saliente de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional de la AN, Danilo Pérez Monagas (Proyecto Venezuela), explicó que la deficiencia de ese boceto estuvo en que sólo se desarrolló la participación política y se descuidó la parte económica y social.
En los cuatro años que van desde 2001, incluyendo el presente año, sólo se aprobaron 12 artículos del informe que se introduciría en la segunda discusión.
El entrevistado recordó que el proceso se retomó en 2003, con la aplicación de algunas consultas públicas en un puñado de estados del país, y a principios de 2005, con los debates internos de la comisión.
Surge una deuda El presidente de la AN, Nicolás Maduro (MVR), así como otros diputados de las fuerzas del cambio, ha atribuido el retraso de la ley al hecho de que la Comisión de Participación Ciudadana estaba dominada por la oposición.
No obstante, el diputado de Proyecto Venezuela descartó que las diferencias ideológicas hubiesen ocasionado la demora.
Pérez Monagas comentó que a principios de 2002 la mayoría de la comisión decidió trabajar en leyes ordinarias que armonizan y articulan la participación política de los ciudadanos en la coordinación y planificación de la gestión pública.
"Yo me opuse cuando esto ocurrió porque creía que debía respetarse la pirámide de Kelsen que indica que primero está la Constitución, luego las leyes orgánicas, luego las ordinarias y después los reglamentos y ordenanzas. Consideraba que debía legislarse en atención a esto", explicó.
IMPLICACION SOCIO POLITICA
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.
Artículo 63. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas.
Artículo 66. Los electores y electoras tienen derecho a que sus representantes rindan cuentas públicas, transparentes y periódicas sobre su gestión, de acuerdo con el programa presentado.
Artículo 67. Todos
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