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Penal. OBJETO DEL DELITO


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2015  •  Ensayos  •  452 Palabras (2 Páginas)  •  171 Visitas

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SUJETO ACTIVO.

Es la persona física que comete el delito; se llama también delincuente, agente o criminal. Es conveniente afirmar que el sujeto activo es siempre una persona física, independientemente del sexo, la edad,  la nacionalidad y otras características; señala las calidades o caracteres especiales que requieren para ser sujeto activo; solo la mujer embarazada podrá ser activo de aborto procurado; únicamente del descendiente o ascendiente consanguíneo o en línea recta, los cónyuges, la concubina, el concubino, hermanos, adoptante o adoptado, pueden serlo en homicidio en razón del parentesco o relación, etcétera; nunca una persona moral o jurídica podrá ser sujeto activo de algún delito.

SUJETO PASIVO.

Es la persona física o moral sobre quien recae el daño o peligro causado por la conducta del delincuente; se denomina también victima u ofendido en cuyo caso una persona jurídica puede ser sujeto pasivo de un delito, como en los delitos patrimoniales y contra la nación, entre otros.

En principio, cualquier persona puede ser sujeto pasivo; sin embargo, dadas las características de cada delito, en algunos casos el propio tipo señala quien puede serlo y en qué circunstancias; por ejemplo el aborto, solo el producto de la concepción en  cualquier momento de la preñez puede ser sujeto pasivo.

Existen dos clasificaciones referentes al sujeto pasivo.

1.- Sujeto Pasivo Impersonal: tiene lugar cuando el delito recae en una persona jurídica o moral un ejemplo de ella son los daños a la nación.

2.- Sujeto Pasivo Personal: ocurre cuando el delito recae en una persona física un ejemplo de ello lo es las lesiones.

OBJETO DEL DELITO.

Material: es la persona o cosa sobre la cual recae directamente el daño causado por el delito cometido o el peligro en que se colocó a dicha persona o cosa.

Cuando se trata de una persona física, esta se identifica con el sujeto pasivo, de modo que en una misma figura coinciden el sujeto pasivo y el objeto material; esto ocurre con los delitos como homicidio, lesiones, difamación, violación y estupro entre otros; en estos delitos el objeto material que es la persona afectada coincide con el objeto pasivo  del delito.

Cuando el daño recae directamente en una cosa, el objeto material es la cosa afectada así según la disposición penal puede tratarse de un bien mueble o inmueble.

Jurídico: es el interés jurídicamente tutelado por la ley.

Al derecho le interesa tutelar o salvaguardar la vida de las personas; así, el legislador crea los delitos de homicidio, aborto y participación en el suicidio, homicidio en razón del parentesco o relación, con lo cual pretende proteger a vida humana; se ha cuestionado si en el producto de la concepción hay una vida que proteger, para así justificar o no la tutela penal en el aborto o su completa despenalización.

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