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Delitos Penales


Enviado por   •  22 de Enero de 2014  •  3.305 Palabras (14 Páginas)  •  834 Visitas

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1. Introducción

2. Doctrina

2.1 Evasión de Presos

2.2 Quebrantamiento de Sanción

2.3 Portación Prohibida de Armas

2.4 Disparo de Arma de Fuego

2.5 Delincuencia organizada, agrupación delictuosa y pandilla

2.6 Contra la seguridad en un centro de detención

2.7 Obstrucción de la vía publica

3. Legislación

3.1 Evasión de Presos

3.1.1 Tipo Penal, elementos, bien jurídicos y sujetos del delito.

3.1.2 Penalidad y pena media

3.2 Quebrantamiento de Sanción

3.2.1 Tipo Penal, elementos, bien jurídicos y sujetos del delito.

3.2.2 Penalidad y pena media

3.3 Portación Prohibida de Armas

3.3.1 Tipo Penal, elementos, bien jurídicos y sujetos del delito.

3.3.2 Penalidad y pena media

3.4 Disparo de Arma de Fuego

3.4.1 Tipo Penal, elementos, bien jurídicos y sujetos del delito.

3.4.2 Penalidad y pena media

3.5 Delincuencia organizada, agrupación delictuosa y pandilla

3.5.1 Tipo Penal, elementos, bien jurídicos y sujetos del delito.

3.5.2 Penalidad y pena media

3.6 Contra la seguridad en un centro de detención

3.1.1 Tipo Penal, elementos, bien jurídicos y sujetos del delito.

3.1.2 Penalidad y pena media

3.7 Obstrucción de la vía publica

3.1.1 Tipo Penal, elementos, bien jurídicos y sujetos del delito.

3.1.2 Penalidad y pena media

4. Jurisprudencias

4.1 Evasión de presos

4.2 Portación prohibida de Armas

4.3 Disparo de Arma de Fuego

4.4 Delincuencia Organizada

1. Introducción

Los delitos contra la seguridad pública es donde se ha manifestado el escenario de constantes abusos de sus tipos penales para reprimir la protesta social y a ciertos grupos sociales específicos.

Gran parte de estos delitos son cometidos por personas con carácter de servidor público, dejando de lado la seguridad de las personas.

En este trabajo se verán de manera específica cada uno de los delitos contra la seguridad pública su definición según el Código Penal de Nuevo León penalidad, sujetos y sus elementos.

2. DOCTRINA

2.1 Evasión de Presos

Se infiere que la esencia delictiva del ilícito de evasión de presos es la acción de favorecer la evasión de algún detenido, procesado o condenado, más no contempla la hipótesis de que el mismo detenido, procesado o condenado sea el agente del delito.

La evasión, fuga carcelaria o fuga de presos es la acción mediante el cual un detenido se libra de la vigilancia a la que está sometido. Cometen este delito los sentenciados o presos que quebrantan su condena, prisión, conducción o custodia, así como los que extrajeren de las cárceles o los establecimientos penales a alguna persona recluida en ellos o les proporcionasen la evasión.

La fuga de presos, cuando éstos se hallan cumpliendo condena, constituye el delito de quebrantamiento de condena; si el fugado se hallaba en libertad provisional, pierde la fianza que hubiera depositado.

La evasión puede ser individual o colectiva. En la mayoría de los casos, se realiza con ayuda de cómplices que no están internos en la prisión.

Definición legal: comete el delito de evasión de presos el que favoreciere la fuga de una o más personas que se encuentren privadas de su libertad.

2.2 Quebrantamiento de Sanción

Es frecuente que los códigos penales modernos sujeten a pena el quebrantamiento de sanción, esto es, el quebrantamiento de condena judicialmente impuesta. El CPNL lo hace a propósito de los delitos contra la seguridad pública, de un modo que no torna fácil la tarea de reconducir coherentemente las diversas hipótesis de hecho a marcos conceptuales claros y firmes.

Acto consistente en la fuga de persona que se encuentra sujeta a alguna de las sanciones privativas de la libertad o en detención o prisión preventiva.

Definición legal: al detenido que se fugue estando bajo alguna de las sanciones privativas de la libertad, o en detención o prisión preventiva, no se le contara el tiempo que pase fuera del lugar de su reclusión, ni se tendrá en cuenta la buena conducta que haya tenido antes de la fuga.

2.3 Portación Prohibida de Armas

La portación de arma de fuego es un concepto más estricto y restringido que la tenencia; ha sido definida como el hecho de disponer, en un lugar público o de acceso público, de un arma en condiciones de uso inmediato; importa llevar el arma consigo, encima, teniendo posibilidad de esgrimirla de inmediato ante cualquier circunstancia que haga necesaria su utilización.

Definición legal:

Se consideran armas:

I.- los instrumentos cortantes, punzantes o punzocortantes que por su descripción, tamaño, y la dimensión de su cacha, si la tuviera, deba estimarse potencialmente lesiva;

II.- las manoplas, macanas, hondas con pesas o puntas similares;

III.- los instrumentos laborales que por sus características puedan ser utilizados para agredir y se porten para menesteres diversos al trabajo;

IV.- las que otras leyes locales consideren como tales; y

V.-

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